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Ley de pago a 30 días: “Las pymes van a tener más capital de trabajo”

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Ministerio de Economía
POR Francisco Ibañez |

Ya aprobada y lista para ser promulgada, la ley de pago a 30 días podría traer un cambio fundamental para las pymes: asegurarles el plazo de pago -hoy incierto- y evitar el “bicicleteo”.

Esta semana se aprobó en Comisión Mixta, en el Senado y la Cámara de Diputados la ley de pago a 30 días, que beneficiará en especial a las pymes, que en la actualidad muchas veces ven diferidos los pagos de sus productos y servicios y enfrentan por lo mismo problemas de flujo de caja, que los obligan a recurrir al clásico “bicicleteo”.

La iniciativa sufrió varios cambios, incluso en su nombre, durante la tramitación. De ley “Pago Oportuno” o “Pronto Pago”, que contemplaba un máximo de 60 días, pasó a ley “Pago a 30 Días”, luego de que el Ejecutivo, acogiendo las críticas del mundo pyme, redujera el plazo de pago a la mitad. Una vez aprobada, el Ejecutivo, encabezado en esta tarea por el ministro de Economía, José Ramón Valente, se anotó un triunfo ante los emprendedores.

En PAUTA Bloomberg el fundador y director ejecutivo de Efectivo, Diego Soffia, analiza los beneficios e implicancias de la nueva ley, que ya está lista para ser promulgada.

“No se sabe a cuánto es, esa es la realidad”, afirma Soffia sobre el plazo en que las pymes reciben hoy los pagos. “Muchas veces se fijan plazos, pero te dicen ‘ya, 60 días’, pero eso significa que al día 60 uno puede levantar el teléfono y empezar a preguntar para cuándo está el pago”, cuenta.

“Hay excepciones que funcionan bastante bien, excepciones que dicen que se pueden hacer bien las cosas, pero la regla general es que los plazos no son claros y son bastante extensos”, resume Soffia.

Esta situación de demora en los pagos, explica Soffia, “Puede llegar a impedir que una pyme siga funcionando, porque se quedan sin capital de trabajo. Al final ese es el gran dilema”, dice.

“Uno de los principales aspectos positivos de que se apruebe la ley es la dinamización de la economía. Las pymes van a tener más capital de trabajo, van a poder producir más, pueden vender más”, argumenta Soffia.

“Está el tema de las ineficiencias que tenía que absorber una pyme por culpa de la gran empresa. Una gran empresa se financiaba a costo cero, la pequeña empresa tenía que salir a buscar financiamiento a un costo más alto de lo que lo podría hacer la gran empresa”, reclama Soffia.

“Hay que crear una cultura propyme, entender cómo afecta a la pyme que uno no le pague en los plazos razonables, y razonable son 30 días, no es más”, afirma Diego Soffia. “Si no se entiende esto de la cultura propyme, y cómo ayuda esto a la economía, la gran empresa puede decir ‘bueno, entonces trabajo solamente con grandes empresas, porque puedo negociar otros plazos de pago’. Entonces eso va a haber que tener ojo, va a haber que estar atento a cómo se aplica la ley y que las empresas recojan el sentido que hay atrás”, explica.

Estoy optimista porque creo que el escenario es mejor que lo que había, eso de todas maneras. Esperemos que la ley penetre en la cultura de las grandes empresas y se haga una realidad la aplicación.

Respecto del Estado como comprador, Soffia explica que también está incluido en la ley. “Las municipalidades y Salud […] son los peores pagadores del Estado. Las municipalidades mal administradas pueden pasar un año antes de que te paguen una factura”, comenta.

“Hay que agradecer a la Asech, junto a otras instituciones, que fueron las que tiraron el carro de esto”, dice Soffia. “Sin esa pega no salía nunca esta ley, que era un anhelo de hace varios años. Y desde que el Gobierno dijo ‘me voy a subir al carro de la tramitación de esta ley’, los plazos fueron razonables”, comenta.

“A mí la gran duda que me genera, y dejo la pregunta abierta, es los senadores y diputados que votaron en contra. Cuáles serán las razones de ese voto en contra, porque si bien fueron clara minoría, no deja de ser significativo que haya diez senadores que voten en contra de una ley que yo la veo por todos lados beneficiosas”, cuestiona Soffia.

Los principales puntos de la ley:

  • Plazo de pago: 30 días, a partir del mes 25 de publicada la ley en el Diario Oficial. Los dos primeros años el plazo será de 60 días. Ambos plazos son contados en días corridos.
  • Plazo de pago para el sector público: el plazo de pago es de 30 días corridos y se puede establecer un plazo de pago de hasta 60 días en caso de licitación o contratos. Comenzará a regir a partir del mes 29 de publicada la ley.
  • Plazo excepcional de pago: la ley permitirá que, en casos muy excepcionales, las partes puedan acordar un plazo de pago superior a los 30 días, cumpliendo con condiciones que incluyen, entre otros, un acuerdo por escrito que no podrá constituir un abuso para el acreedor y que deberá ser inscrito en un registro que llevará el Ministerio de Economía.
  • Emisión de la guía de despacho electrónica: la guía de despacho será obligatoria y electrónica, a partir de un año de publicada la ley.
  • Comisión moratoria: además de intereses corrientes en caso de mora, se establece el pago de una comisión fija por recuperación de pagos, equivalente al 1% del saldo insoluto adeudado.
  • Competencia desleal: el incumplimiento sistemático de los plazos dispuestos en la ley se considerará una práctica de competencia desleal.

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