Economía

Superintendente de Pensiones: irregularidades denunciadas se concentran en agentes de ventas

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POR Marcela Gómez |

La CMF suspendió a seis agentes de rentas vitalicias por la emisión adelantada de certificados de pensión. Las AFP descartan irregularidades administrativas y las aseguradoras están en silencio.

Luego de la denuncia formulada el pasado viernes por la Superintendencia de Pensiones (SP) y la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), que investigan irregularidades en los documentos exigidos al momento de conceder una jubilación, comienzan a conocerse más antecedentes sobre el caso.

Como se sabe, la fiscalización conjunta de los organismos reguladores se centra en pensiones formalizadas en los últimos cuatro años el Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (Scomp) en forma prematura; es decir, dentro de los tres días siguientes a que se envíe por carta certificada al afiliado las ofertas de pensión que recibió de AFP y compañías de seguro. Hasta ahora se trata de 1.032 casos en que se usó una copia del certificado (y no el original) para el cierre de la modalidad de pensión.

El Superintendente de Pensiones, Osvaldo Macías, precisó que hasta ahora lo que se ha detectado son adelantamientos de cierres de ofertas y no adulteraciones del certificado. “La mayor parte de los casos son de rentas vitalicias”, detalló, agregando que “los más directamente involucrados en esto son los intermediarios. La mayor parte de los cierres son de agentes de ventas, como más del doble que los asesores previsionales”.

Los agentes de venta de seguros son, de acuerdo con lo informado por la CMF, “empleados de una compañía de seguros determinada, cuya función es la venta de tales seguros”. Por ley solo pueden recibir remuneraciones de dichas compañías. Los asesores previsionales, en cambio, son gestores independientes que deben cumplir determinados requisitos para operar y reciben una comisión de quien contrata la pensión, que se descuenta de su fondo.

Los próximos pasos

La Asociación de AFP y la Asociación de Aseguradores de Chile comparten la propiedad del Scomp. El gerente general del gremio de AFP, Fernando Larraín, comentó a este medio que de acuerdo con la regulación vigente “no hubo ninguna irregularidad administrativa por parte de las AFP”.

El ejecutivo declaró que cuando se cierra la oferta de pensión se hace con el certificado de ofertas original. “En estos casos que se investigan la diferencia surgió en la carta conductora, que no es estrictamente necesaria para cerrar el proceso. La AFP revisa el documento entregado y al poner el número del documento en el sistema, la información del documento y lo que aparece en el sistema es lo mismo. En el sistema el documento original así como la copia tienen el mismo número correlativo; por lo que, en estricto rigor, la copia y el original tienen la misma información que es igual a la que está cargada en el sistema. Por eso la información entregada por la CMF y la SP mencionan que los montos de pensión, plazos y otros no tienen problemas”.

El superintendente Macías informó que se instruyó a las AFP a revisar detalladamente cada uno de los certificados de cierre para asegurar que sea el original y a reforzar sus canales de atención de público ante consultas de personas que están cerca de pensionarse. Esto, ad portas de las modificaciones de índole administrativa a la normativa sobre el Scomp, que serán publicadas en forma conjunta en los sitios web de la SP y la CMF.

Ante una consulta, el regulador dijo que es prematuro hablar de sanciones, ya que aún se está en la etapa de investigación. Por ahora se ha suspendido a nueve asesores previsionales que concentraban la mayor cantidad de cierre con copia y no originales, y esta semana podrían sumarse nuevas suspensiones.

Por otra parte, la CMF ha suspendido hasta ahora a seis agentes de venta de rentas vitalicias, relacionados con las aseguradoras Penta Vida Compañía de Seguros de Vida, Principal Compañía de Seguros de Vida Chile y Compañía Chilena Consolidada Seguros de Vida.

Todas estas situaciones, además, fueron denunciadas por la CMF ante el Ministerio Público. La investigación interna en la CMF la lleva adelante el fiscal de la Unidad de Investigación, Andrés Montes.

Los asesores previsionales son fiscalizados conjuntamente por la CMF y la SP, mientras que los agentes de venta de seguros son supervisados solo por la CMF.

“Más adelante veremos si procede formular cargos a las administradoras”, acotó Macías. Esto ya que el Scomp es una sociedad que no es fiscalizada directamente por la Superintendencia, sino que la fiscalización es a través de las AFP y compañías de seguros de vida.

Mejoras en curso

El gerente general de la Asociación de AFP también comentó que el pasado 14 de junio comunicaron oficialmente a la Superintendencia y a la CMF que habían detectado casos de cierres prematuros de pensiones. “No podemos descartar que algún asesor u otro participante del sistema también haya hecho alguna denuncia. Pero si hubo nosotros no recibimos la alerta”, dijo, en referencia a la primera denuncia registrada en el sistema de la CMF, fechada en mayo.

Añadió que también habían hecho algunas sugerencias de mejorías, “ya que el Scomp se creó hace 14 años en otro contexto tecnológico y regulatorio, por lo que parece necesario incorporar ajustes”. Por ejemplo, no existe un mecanismo de alerta para aceptaciones de ofertas menores a tres días. “Se pueden pensar varios ajustes: tal vez no es necesario tener un certificado original y una copia; ambos podrían tener número correlativos distintos, se podría exigir que los cierres de pensiones no puedan realizarse antes de cierto plazo desde que se emite el certificado. Son mejoras que hay que estudiar y de las cuales algunas ya se comenzaron a implementar producto de esta situación”, agregó.

Paralelamente, cada AFP está revisando todos los casos que ha enviado la Superintendencia para entregar la información requerida. “Son casos bajos en número respecto del grueso que procesa Scomp”, dijo Larraín. Añadió que las administradoras y el gremio “estamos muy atentos a casos en que tengamos que iniciar acciones legales si nuestros afiliados se vieron perjudicados, pero esto no es algo que se haya detectado hasta ahora”.

El ejecutivo concluyó señalando que se está trabajando en mejoras para simplificar y mejorar el certificado de ofertas que reciben las personas, para que puedan tomar la mejor decisión en algo tan complejo sicológica y financieramente como es la pensión.

El silencio de las aseguradoras

Aunque PAUTA.cl ha contactado durante varios días a la Asociación de Aseguradores de Chile (AACh) y a sus asesores comunicacionales para conocer su visión sobre el tema, hasta el cierre de este artículo no se recibió respuesta sobre el rol de las compañías en esta serie de casos denunciados por la CMF y la SP como “irregularidades”.

Tampoco han contestado oficialmente las tres aseguradoras cuyos agentes de venta fueron suspendidos de sus funciones por la CMF. Una alta ejecutiva de una de estas compañías de seguro comentó a este medio que las personas suspendidas son “externas” a esa empresa.

Las seis resoluciones que ordenan la suspensión de funciones para los agentes, emitidas por la CMF el 3 de agosto, reiteran para todos los casos que los agentes de ventas “son las personas que se dedican a la comercialización o venta de seguros por cuenta de una compañía”. En las mismas resoluciones exentas, firmadas todas por Rosario Celedón como presidenta (S) de la CMF, se establece como obligatorio para la compañía de seguros respectiva que implemente controles que impidan que las emisiones de certificados de pensión de ese agente sea cursadas, y obliga a la aseguradora a “comunicar en un lugar visible de sus oficinas y en su sitio web, la suspensión de las actividades de agente de ventas antes individualizado por las razones y el plazo [90 días] establecido en la presente Resolución”.

El cobro de la comisión

A inicios de año, la Fiscalía Nacional Económica (FNE) emitió un informe en que solicitó estudiar la estructura de los cobros de las gestiones de asesoría previsional y venta de rentas vitalicias. En su propuesta más relevante, la entidad planteó la idea de la salida de los agentes de venta de seguros del sistema.

Excluyendo los excedentes de libre disposición, el asesor previsional puede cobrar por gestionar un retiro programado como máximo el 1,2% del saldo disponible del afiliado, con un tope de UF 36; mientras que en renta vitalicia tanto el asesor previsional (en forma directa) como el agente de venta  (en forma indirecta) pueden llegar a obtener al 2% del saldo destinado a financiar esa modalidad de pensión, con un tope de UF 60.

En junio de este año, una resolución conjunta de la CMF y la SP propuso a los ministerios de Hacienda y del Trabajo la emisión de un decreto supremo para mantener los mismos cobros, por lo menos hasta 2020. Aunque “se analizó la posibilidad de establecer comisiones máximas diferenciadas entre asesores previsionales y agentes de venta de rentas vitalicias, atendidas las diferencias entre las labores que desarrolla cada uno de ellos y los gastos que deben solventar para realizar la actividad”, dice la resolución, no resulta posible efectuar ese cambio dado que la ley del sistema privado de pensiones (DL 3.500, de 1980) es inflexible sobre el tema.

Lo interesante es que los reguladores invitaron a los principales actores del sistema a enviar sus propuestas sobre un eventual cambio en la estructura de comisiones.

A continuación se reproducen los comentarios de las aseguradoras y de las AFP que enviaron propuestas, en un resumen elaborado por la CMF y la SP.