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Chilenos dueños de sus playas

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FOTO:AGENCIAUNO
POR Periodista Practicante |

La nueva Ley de Playas Abiertas acaba de entrar en vigencia este jueves 14 de febrero. En medio de la polémica del verano, ¿son fiscalizables las nuevas sanciones a quienes impidan el acceso al mar, ríos y lagos?

Solo tres semanas transcurrieron entre la aprobación, por parte del Congreso, del proyecto de ley Playas Abiertas, y la viralización a través de redes sociales de un video protagonizado por Matías Pérez, presidente de Gasco, donde se le veía expulsando a un grupo de tres mujeres de la orilla del Lago Ranco con el argumento -errado- de que ellas estaban en su propiedad.

—Yo no tenía idea de que había que pedir permiso para entrar—se escucha decir a una de las mujeres en el video que el 6 de febrero recorrió computadores y celulares en todo Chile.

—Esto es propiedad privada, ¿entiende?—le responde el abogado, quien les exige incesantemente que se retiren del lugar.

La ley no avala al abogado

Una serie de artículos legales puede explicar por qué Matías Pérez estaba equivocado:

Artículo 589 del Código Civil: “Se llaman bienes nacionales aquellos cuyo dominio pertenece a la nación toda. Si además su uso pertenece a todos los habitantes de la nación, como el de calles, plazas, puentes y caminos, el mar adyacente y sus playas, se llaman bienes nacionales de uso público o bienes públicos”.

Artículo 594 del Código Civil: “Se entiende por playa del mar la extensión de tierra que las olas bañan y desocupan alternativamente hasta donde llegan en las más altas mareas”.

Artículo 1° N° 30 del Decreto Supremo Nº 2 de 2006 del Ministerio de Defensa Nacional: “Se entiende por playa de río o lago la extensión de suelo que bañan las aguas en sus crecidas normales hasta la línea de las aguas máximas”.

Decreto Ley N° 1939 de 1977, artículo 13: “Los propietarios de terrenos colindantes con playas de mar, ríos o lagos, deberán facilitar gratuitamente el acceso a éstos para fines turísticos y de pesca cuando no existan otras vías o caminos públicos al efecto”.

Además, en el Senado el 16 de enero se aprobó el proyecto de la Ley Playas Abiertas, el cual busca asegurar el acceso libre para todos los chilenos a los balnearios del país. Quien no cumpla con esta normativa podrá recibir una multa que va desde las 10 hasta las 100 UTM, es decir, un monto similar a los $5 millones en su sanción máxima.

El 14 de febrero apareció publicada la ley el Diario Oficial, lo que marca su entrada en vigencia. “Esto es una protección para los ciudadanos y un llamado a cumplir la ley, las playas son públicas y de todos los chilenos”, expresó el ministro de Bienes Nacionales, Felipe Ward.

Se necesitan accesos

Lo ocurrido en el Lago Ranco se ha convertido en el caso símbolo para ejemplificar una situación que se viene dando en distintas partes a lo largo del país.

El ministro Felipe Ward señaló que, luego de viralizado el video y desde el 6 de diciembre, día en que comenzó la campaña “Que no te falte playa“, se han registraron un total de 531 denuncias por dificultades para acceder a playas, lagos y ríos.

El director de la facultad de Arquitectura de la Universidad Católica, Luis Eduardo Bresciani, comenta en Voces de la Gran Ciudad que la ley estipula que, aunque la playa sea pública, la gente tiene que poder llegar a esta mediante caminos. “No solo las privatizan porque se las toman, sino que además las privatizan porque impiden que la gente pueda llegar”, planteó.

La fina línea

Una duda que invade a muchos luego de saber que no existen las playas privadas, como insistentemente ha señalado el ministro Ward, es dónde comienza el espacio público y termina el terreno privado de un propietario.

Luis Eduardo Bresciani explica que, según la ley, todo el espacio que se encuentra entre el punto más alto del agua y el punto más bajo es público.

Además, Ward informó en la conferencia de prensa realizada a raíz del caso del Lago Ranco que como ministerio se van a encargar de liberar y entregar de manera electrónica la información necesaria para que los ciudadanos sepan cuándo están en un bien nacional de uso público y cuándo en una propiedad privada.

También sugirió a los propietarios de terrenos colindantes a lagos, ríos y playas que delimitaran la superficie real de sus predios por medio de rejas o cercas.

Bresciani señaló que existen tres opciones posibles para evitar que los conflictos sigan ocurriendo:

1.- Primero: el sentido común.

2.- Segundo: los propietarios conocen hasta dónde llegan los deslindes de sus terrenos, ya que se encuentran inscritos en el Conservador de Bienes Raíces, por lo cual debieran demarcarlos correctamente y no tomarse parte del lugar que no es de su propiedad. “Muchos ni siquiera ponen cercos hacia el frente, de cara a la playa, sino que por los lados para evitar el ingreso”, comenta el arquitecto.

3.- En tercer lugar, siempre existe la posibilidad de recurrir a las autoridades.

No solamente estos espacios en la tierra son públicos. Los muelles que se encuentran presentes en muchos lagos a lo largo del país también son espacios públicos, “a pesar de que los propietarios los hayan ido llenando de muros y controles como una manera de evitar que la gente se les cuele. En estricto rigor eso es ilegal”, comentó Luis Eduardo Bresciani.

Las medidas del Ejecutivo

En esta misma línea, el Ministerio de Bienes Nacionales anunció que establecerán con claridad los deslindes entre lo público y lo privado en 79 lagos de Chile. “Es una tarea bien titánica por los levantamientos topográficos que hay que hacer, pero hoy en día están los antecedentes gracias a las fotografías aéreas”, afirmó el arquitecto.  

Pero Bresciani señala que el ministerio debiera dar un paso más: invertir fondos para crear accesos y permitir la llegada de la ciudadanía a esos lugares. “El Estado perfectamente podría abrir, con bienes públicos, costaneras para caminar o andar en bici en aquellos lugares”, dijo. De este modo se podría evitar también el colapso que se produce durante el verano en muchos centros vacacionales.

¿Hay excepciones?

El 11 de febrero El Dínamo publicó una noticia que llamó la atención de muchos, sobre todo luego del revuelo que causó el video protagonizado por Matías Pérez. Se trata de una denuncia acerca de que Sebastián Piñera tramitó una concesión marítima en el Lago Caburgua en 2011, mientras encabezó su primer gobierno. 

Horas más tarde las declaraciones del ministro Ward se hicieron presentes a través de Twitter. “El decreto fue presentado el 2011 y aprobado el 2017, es decir, por el Gobierno anterior. En ese decreto se establece que esta playa es pública, tal como todas las playas de Chile”, fueron las palabras usadas por el jefe de la cartera ministerial.

El director de Arquitectura en la Universidad Católica explicó que sí existen excepciones en este tema. “Legalmente el Estado puede concesionar los bienes nacionales de uso público. Por ejemplo, las calles son bienes públicos, pero el municipio puede concesionar una parte para poner un kiosco, la gente tiene que pagar para usar ese bien, pero sigue siendo público”, describió.