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Reforma a Ley de Adopción: los desafíos que deberá enfrentar en el Senado

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POR Gladys Pierola |

Antes de comenzar su discusión en la Cámara Alta, el proyecto deberá sortear un problema de prioridades: la recargada tabla de la comisión de Constitución.

La Comisión de Constitución del Senado será la instancia encargada de continuar la tramitación de la Reforma a la Ley de Adopciones. El proyecto de ley, que en la Cámara de Diputados se abrió a la adopción homoparental, ahora tendrá que sortear el segundo paso en la Cámara Alta y no con menos dificultades: Constitución es una de las comisiones con más proyectos en tabla, lo que podría atrasar su discusión.

De hecho, la instancia que hoy lidera el senador Felipe Harboe (PPD) está revisando la modificación a la Ley Antiterrorista –iniciativa que está con suma urgencia–, el proyecto de ley que crea el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil y la propuesta que regula la protección y el tratamiento de los datos personales y crea la Agencia de Protección de Datos Personales, entre otros.

Por eso, los cálculos en el Senado pueden ser menos alentadores que en la Cámara, dejando en manos de La Moneda si se agiliza su tramitación con urgencias o no.

La propuesta que fue presentada en 2013, durante la primera administración del Presidente Sebastián Piñera, estuvo años sin movimientos, pese a que en el gobierno pasado también se le ingresaron ajustes, y solo se reactivó en junio de 2018 con una indicación sustitutiva del Ejecutivo. Por eso, tras ser aprobado por los diputados, el ministro de Justicia, Hernán Larraín, destacó que la primera etapa demoró menos de un año.

Los cambios después de dos décadas

La reforma apunta a subsanar diversos vacíos legales y deficiencias de la actual Ley de Adopción, que este 2019 cumple veinte años. Por ejemplo, entre los puntos que el Gobierno logró aprobar en la Cámara están el fortalecimiento de los organismos colaboradores acreditados, la reposición de la idea de que una madre embarazada pueda manifestar su intención de dar su hijo en adopción y que las familias de acogida puedan adoptar, entre otros avances.

Este último tema fue uno de los más celebrados por el Ejecutivo, pues hoy las familias cuidadoras tienen dificultades para adoptar directamente a los menores que acogen, terminando muchas veces en pugnas judiciales con el Servicio Nacional de Menores (Sename). 

Así, la propuesta considera que podrán postular cuando el menor que se pretende adoptar no sea el primero que cuidan bajo la modalidad de familia de acogida y que hayan estado con el menor por un plazo ininterrumpido de, a lo menos, 18 meses.

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    Sin embargo, una de las cosas que sí será debatida en la Cámara Alta es si reafirma lo aprobado en primera instancia o se retoma alguna de las indicaciones del Ejecutivo que fueron rechazadas en el punto que define el rol de un padre y una madre. 

    De hecho, el texto final dice que el objetivo de la propuesta es “velar por el interés superior del niño, niña o adolescente (NNA) adoptado, amparando su derecho a vivir y desarrollarse en el seno de una familia, cualquiera sea su composición, que le brinde afecto y le procure los cuidados tendientes a satisfacer sus necesidades espirituales y materiales, cuando ello no le pueda ser proporcionado por su familia de origen”. Esto dejó la puerta abierta para que parejas homosexuales puedan ser candidatas a procesos de adopción.

    Además, el documento aprobado por la Cámara especifica que no se podrá denegar la certificación de idoneidad por causales que constituyan discriminación arbitraria, teniendo en especial consideración motivos tales como la etnia, nacionalidad, idioma, ideología u opinión política, religión o creencia, sexo, orientación sexual, identidad de género, estado civil, edad, filiación y/o apariencia personal.

    A esto se suma la definición de los organismos acreditados para desarrollar los procesos, no solo de entidades del Estado, sino también de corporaciones sin fines de lucro privadas y extranjeras y la creación del concepto “proyecto adoptivo”, para resumir cada etapa de la postulación de los eventuales padres.

    Otro de los cambios que se propone es actualizar la diferencia de edad entre los menores y sus futuras familias. De hecho, en la ley vigente se especifica que los postulantes deben ser mayores de 25 y menores de 70 años y deben tener al menos 20 años de diferencia de edad con el menor adoptado. En la reforma, se mantiene ese mínimo, pero propone un tope: máximo de 52 años de diferencia de edad con el adoptado.  

    Además, la propuesta señala que el Servicio Nacional de Menores deberá mantener de manera actualizada los registros de personas declaradas adoptables, y de las personas que poseen certificación de contar con condiciones generales para la adopción, distinguiendo entre aquellas que tengan residencia en Chile y las que vivan en el extranjero, entre otros. 

    El texto también les da nuevas garantías a los niños, pues en cualquier etapa del proceso, tendrán derecho a que “sus opiniones sean oídas y debidamente consideradas, atendiendo a su edad y grado de madurez”. Incluso, podrán expresar su conformidad o disconformidad con la solicitud presentada por él o los interesados y manifestar, por ejemplo, si prefiere tener un padre y una madre.

    A esto se suma que los mayores de 14 años podrán solicitar al Registro Civil que le informe si su filiación es resultado de una adopción, punto esencial para quienes quieran conocer sus orígenes.

    La reforma también trata nuevas realidades y prohíbe la adopción extranjera cuando el país de residencia del menor se encuentre en conflicto bélico o afectado por un desastre natural, que impida un correcto funcionamiento de las autoridades encargadas de controlar y garantizar la adopción.