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Aguinaldo Fiestas Patrias: ¿Quién puede recibir el beneficio?

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Agencia Uno
POR Diego Zárate |

Este año las Fiestas Patrias se extenderán desde el 16 al 19 de septiembre y, tras dos años de pandemia, reabrirán las principales fondas del país

Las Fiestas Patrias 2022 se celebrarán desde este 16 hasta el 18 de septiembre. El Instituto de Previsión Social entregará nuevamente el beneficio este año.

Sus principales beneficiarios son pensionados y trabajadores del sector público. Por otro lado, los trabajadores del sector privado deberán acordar en sus contratos dicho beneficio de forma particular con las empresas.

¿Quiénes pueden recibir el Aguinaldo de Fiestas Patrias?

Pensionados y pensionadas de las siguientes instituciones:

  • Pensión Básica Solidaria de Invalidez.
  • Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Mutualidades de Empleadores.
  • Ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
  • Ley Rettig y Ley Valech.
  • Beneficiarios de Indemnizaciones del Carbón.
  • Beneficiarios del Subsidio por Discapacidad Mental.
  • AFP o compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario de Vejez o de Invalidez.
  • Las leyes de Exonerados Políticos.

Trabajadores del sector público que trabajen en las siguientes instituciones:

  • Universidades estatales.
  • Establecimientos de educación parvularia financiados por la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji).
  • Sean asistentes de la educación pública y/o profesionales de la educación que se desempeñen en establecimientos educacionales dependientes de los servicios locales de educación pública.
  • Astilleros y Maestranzas de la Armada.
  • Sectores de la Administración del Estado que hayan sido traspasados a las municipalidades.
  • Establecimientos particulares de enseñanza subvencionados por el Estado.
  • Establecimientos de Educación Técnico Profesional.
  • Instituciones reconocidas como colaboradoras del Servicio Nacional de Menores (Sename) o su continuador legal.
  • Corporaciones de Asistencia Judicial.
  • Tribunales tributarios y aduaneros.
  • Trabajadores de empresas y entidades del Estado que no negocien colectivamente.