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Fondo de Cesantía Solidario: ¿En qué casos puedo cobrarlo?

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Agencia Uno
POR Santiago Parro |

Es un beneficio para quienes no cuentan con recursos suficientes en su cuenta individual de cesantía al momento de perder su trabajo.

El Fondo de Cesantía Solidario garantiza beneficios mínimos a afiliados la Administradora de Fondos de Cesantía. Está dirigido para aquellos que que no cuentan con recursos suficientes en su cuenta individual de cesantía al momento de perder su trabajo.

También puede ser solicitado cuando se han agotado los fondos del seguro de cesantía de un trabajador.

El fondo se financia con aporte estatal y con el 0,8% de la cotización del empleador (para quienes tienen contrato indefinido). El 0,2% de la cotización del empleador (si es contrato a plazo fijo, por obra o faena).

Fondo de Cesantía Solidario: ¿En qué casos puedo cobrarlo?

Las personas pueden acceder al Fondo de Cesantía Solidario en los siguientes casos:

  • Que se encuentren cesantes al momento de la solicitud.
  • Cuyos recursos en la cuenta individual de cesantía sean insuficientes para financiar un beneficio de acuerdo con los montos y porcentajes que establece la ley.
  • Cuenten con 12 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario en los 24 meses anteriores al despido.  Las que deben estar pagadas con anterioridad al término del contrato laboral. Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o desde el último cobro del seguro hasta el mes anterior al término de la relación laboral.
  • Las tres últimas cotizaciones deben ser continuas y con el mismo empleador. 
  • Activar su cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo y aceptar las oportunidades laborales y de capacitación que esta plataforma ofrece.

Fondo de Cesantía Solidario: Revisa quienes pueden cobrarlo

Además, aquellos que no tengan derecho al seguro de cesantía pueden solicitar el subsidio de cesantía, siempre que cumplan con los requisitos.