Economía

El novedoso impuesto verde que recauda y apunta al cambio de conductas

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Los impuestos para emisiones contaminantes se establecieron en la reforma de 2014. Crédito: Pixabay
POR Marcela Gómez |

Ahora la meta fiscal es la reducción de emisiones. Y un instrumento de la nueva Reforma Tributaria consiste en la compensación con “proyectos verdes”.

En la antesala de la votación de la Reforma Tributaria en la Sala de la Cámara de Diputados, se registró un giro importante en el diseño de los impuestos verdes para fuentes fijas: la posibilidad de compensar emisiones contaminantes.

Siempre y cuando se cumplan ciertas condiciones es posible compensar, lo que hoy la ley no permite”, destacó el subsecretario de Medio Ambiente, Felipe Riesco, al explicar las indicaciones del Ejecutivo en esta materia en la Comisión de Hacienda de la Camara de Diputados.

La autoridad dijo que “desde la perspectiva ambiental, más que la recaudación nos interesa reducir emisiones”. Al respecto, el titular de Hacienda, Felipe Larraín, afirmó que si se quiere “inhibir el comportamiento contaminante hay que poner un incentivo. La recaudación no es el objetivo principal”. Detalló que esto incluso se refleja en el informe financiero de la indicación, donde se estima una recaudación inicial (US$ 51 millones anuales) que en régimen será menor (US$ 35,4 millones) al reflejar el efecto esperado tanto de las compensaciones como del cambio de comportamiento de las empresas.

“Desde la perspectiva nuestra ojalá la recaudación por este impuesto fuese cero, porque lo que aspiramos es al cambio tecnológico con el objetivo de que no se emitan contaminantes. Obviamente esto es una utopía, nunca va a llegar a ser cero, pero buscamos efectivamente a través del sistema de compensación de emisiones que no se pague el impuesto, sino que se invierta en disminuir las emisiones”, enfatizó el subsecretario Riesco.

Los cambios al impuesto

El impuesto verde, establecido en la Reforma Tributaria de 2014, ha generado una importante recaudación en materia de fuentes fijas, llegando a US$ 188 millones en la última Operación Renta. El Gobierno ahora también propuso cambiar la lógica desde la capacidad instalada al volumen de contaminantes emitidos. Así, ya no se gravará a las empresas que tengan calderas o turbinas, sino a los establecimientos que superen el umbral de emisiones de 100 toneladas anuales de material particulado o 25 mil toneladas anuales de dióxido de carbono (CO2).

Tras aprobar el procedimiento de cómo se calcula, paga y fiscaliza este tributo, la Comisión de Hacienda también respaldó la posiblidad de que las empresas afectas a este impuesto puedan compensar todo o parte de sus emisiones, para efectos de determinar el monto del impuesto a pagar.

El mecanismo de compensación se materializará mediante proyectos de reducción de emisiones del mismo contaminante, siempre que dichas reducciones sean adicionales (no asociadas al cumplimiento de ninguna obligación legal), medibles, verificables y permanentes. “Si la empresa ya tiene un plan de descontaminación, una norma de emisión o cualquier otra obligación, solo puede compensar por el adicional siempre que sea medible”, explicó el subsecretario Riesco.

Añadió que la posibilidad de compensar existe “porque hay industrias que por razones tecnológicas no pueden seguir reduciendo sus emisiones; o sea, no podrían funcionar con cero emisiones”. Las condiciones sobre cómo se harán las compensaciones, qué certificaciones que se usarán, en qué plazos, entre otros, se detallarán en un reglamento del Ministerio de Medio Ambiente una vez aprobada la ley.

El sistema en general tiene plazo de entrada en vigencia entre 2022 y 2025, lo que según explicó el ministro Larraín “permite que las empresas tengan un plazo razonable para adaptar sus procesos”. Enfatizó que las compensaciones son “contaminante a contaminante; es decir, no puede admitirse que si se emite un contaminante se busque compensar reduciendo las emisiones de otro distinto”. Esto, dijo, precisamente incentiva que se busquen alternativas tecnológicas para minimizar impactos específicos.

Impacto en comunas

La propuesta el Gobierno apunta a que los proyectos de reducción de emisiones de contaminantes locales (como material particulado, óxidos de nitrógeno, dióxido de azufre o CO2), “solo podrán ser ejecutados en la zona declarada como saturada o latente en que se generen las emisiones a compensar, o en la misma comuna en que se generen dichas emisiones en el caso de no haberse realizado la declaración de zona saturada o latente a la fecha de presentación del proyecto de reducción”.

Al respecto, el diputado Pepe Auth (Indep.) alertó que esta medida podría implicar que en comunas ya afectadas por contaminantes, como Tiltil o Quintero, las compensaciones se realicen en otros territorios sin que exista un beneficio o avance concreto a percibir por esos habitantes. Por ello, y tras un extenso debate que incluyó la eventual inconstitucionalidad de la indicación del parlamentario, se aprobó que las compensaciones deben ejecutarse en el mismo territorio comunal.

Al respecto, el subsecretario de Medio Ambiente planteó que la contaminación “no obedece a las divisiones político-administrativos del país” y recordó que hay zonas saturadas que ni siquiera tienen fuentes emisoras en su territorio.