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Augusto Iglesias: “Cada administrador del 4% podrá ofrecer hasta cinco planes”

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POR Francisco Ibañez |

El coordinador de pensiones del Gobierno detalla en PAUTA Bloomberg las claves de la Reforma Previsional presentada por Sebastián Piñera.

¿Cómo se distribuirá el 4% adicional de cotización de los trabajadores para su pensión? ¿Qué tipo de gestión podrán realizar las nuevas administradoras de esa cotización extra? ¿Habrá doble pago de comisiones?

En PAUTA Bloomberg, el coordinador de pensiones del Gobierno, Augusto Iglesias, da detalles del proyecto de reforma al sistema de pensiones, que entre otros puntos aumenta la cotización del 10% actual a un 14% del salario imponible.

Iglesias aclara las posibilidades de inversión del 4% adicional que considera el proyecto, que podrá ser administrado por las AFP o por nuevas entidades de giro único que formen las cajas de compensación, administradoras generales de fondos, aseguradoras, cooperativas de ahorro y crédito, o las mismas AFP. “Cada administrador del 4% podrá ofrecer hasta cinco de estos fondos o planes. Esos planes podrán tener sus propias reglas de inversión, que se tendrán que ceñir a un régimen de inversión […] no están sujetos a todo el conjunto de límites y reglas de diversificación que tienen los multifondos”, explica.

Cada institución propondrá las reglas de inversión de esos fondos, que deberán ser analizadas por el Consejo Técnico de Inversiones, la Superintendencia de Pensiones y el Ministerio de Hacienda. Esas entidades, denominadas Administradoras de Ahorro Complementario de Pensiones, podrán ofrecer entre una y cinco opciones con características específicas. “Estos fondos podrían ir desde instrumentos de muy bajo riesgo, como bonos soberanos de Estados triple A, o fondos de infraestructura, o cosas más novedosas como un fondo que se autoimpusiera la regla de sólo invertir en emisores que sean socialmente responsables”, complementa Iglesias.

Los grupos de trabajadores

En el proyecto se establece que grupos de trabajadores podrán negociar en forma colectiva con una administradora de ahorro complementario. Aunque existe el temor de que los sindicatos más grandes o de mejores rentas puedan obtener ventajas en los precios que convengan con esas entidades, Iglesias asegura que el objetivo es distinto: simplificar la decisión para trabajadores que en forma individual difícilmente podrán ponderar todas las alternativas o procesar toda la información y antecedentes que se requiere para tomar una buena decisión. “La idea del grupo [de trabajadores] es que ayude a tomar la decisión individual, por sobre todas las cosas”, enfatiza. Algo fundamental, considerando que pocos trabajadores cuentan con educación financiera suficiente para tomar este tipo de decisiones, algo que también se busca abordar con un porcentaje de las comisiones que las AFP deberán destinar justamente a educación financiera.

Los grupos autorizados para negociar colectivamente con las instituciones administradoras no son sólo los sindicatos, complementa Iglesias. “La autorización es amplia […] Esto significa que un grupo de trabajadores a honorarios del sector público, a través de sus respectivas asociaciones de trabajadores, podrían hacer esto. Trabajadores de pymes, a través de una asociación gremial de pymes, podrían conseguir lo mismo que se consigue a través de un sindicato en una empresa más organizada”, señala. Recalca que hay flexibilidad en la norma considerada en el proyecto de ley.

Actualmente el 55% de los cotizantes no elige ni siquiera en qué multifondo estar. Por lo mismo, escoger en qué entidad depositar el 4% y luego qué planes pueden ser idóneos para ello puede resultar muy complejo para los trabajadores. En el caso de los multifondos, los afiliados que nada deciden son derivados por defecto a uno de los multifondos, dependiendo de su edad. Iglesias valora ese mecanismo por defecto y aclara que el 4% adicional seguirá la misma línea. “Nuestro sistema le permite a quien quiere tomar decisiones, que las tome, pero a quien no quiere, o no puede o no sabe, lo pone en una línea de decisión automática que va en su beneficio. Creo que hemos logrado a lo largo del tiempo encontrar un equilibrio entre la dificultad de tomar decisiones y la libertad que queremos entregarles a las personas para que decidan”, señala. Opina que la posibilidad de decidir a través de un grupo es una valiosa herramienta adicional.

Nuevas comisiones y tope imponible

Augusto Iglesias profundiza también en las comisiones que cobrarían estas nuevas administradoras o las AFP sobre el 4% adicional, considerando que actualmente se cobra sobre el flujo (como parte del salario bruto imponible) y el 4% adicional consideraría una comisión por stock (es decir, sobre el saldo acumulado en el fondo). “Si yo le cotizo el 14% de mi salario a la AFP, me cobran una sola comisión por ese 14% […] tal como lo hacen hoy. Cuando yo cotizo el 10%, ellos hacen un cálculo de tal manera que esa comisión que me cobran cubra todos sus costos. Cuando decidan cuál es la comisión que me van a cobrar por el 14%, van a tener que ver cuál es el costo de esa administración y cuál es el nivel de precio que les permite cubrir ese costo”, explica.

Otra de las dudas que ha surgido desde el anuncio del proyecto de reforma, es si variará el tope imponible, actualmente fijado en UF 78,3. No cambiará, cuenta Iglesias. “Sobre el tope imponible está cotizando aproximadamente un 6,5% de los cotizantes […] Esta discusión del tope es relevante sólo para el segmento de más alta renta. Y ese segmento además es el que hace ahorro previsional voluntario. Probablemente lo único que obtendríamos si es que aumentáramos el tope imponible es que ese segmento dejará de hacer ahorro voluntario, sin ningún efecto importante sobre el ahorro previsional total”, dice.

Incentivos a postergar la edad de jubilación

La propuesta del Ejecutivo considera tres subsidios estatales llamados Aportes Adicionales: Mujer (cuando cotice 16 años o más), Clase Media (para hombres y mujeres que coticen 22 años o más) y Esfuerzo (50% de aumento de los aportes anteriores por cada año de postergación de la edad de jubilación). Esos tres subsidios solo se enteran a quienes reciban una pensión autofinanciada por hasta UF 25.

“Hay dos grandes incentivos para postergar la edad de pensión”, elabora Iglesias. “Los pensionados de clase media, que tengan menos de UF 25 de pensión, alrededor de $700.000, y que hayan completado al menos 16 años de cotización las mujeres y 22 los hombres, por cada uno de los años que ellos coticen adicionalmente a estos 16 o 22 años, van a recibir un aporte mensual que les pagará el Estado. Si esta cotización adicional se produce después de la edad legal [de jubilación], ese monto se aumenta en un 50%”, explica.

Hay otro incentivo para postergar la etapa de pensionado. Se trata de la posibilidad de recuperar la mitad de los ahorros extra generados por cada año de postergación de esa jubilación. “A quienes posterguen la edad de pensión más allá de la edad legal, se les va a autorizar retirar todos los años, en la fecha de su cumpleaños, todos los años que posterguen, la mitad del mayor saldo que acumulen […] un trabajador que haya cotizado por el salario mínimo […] ese trabajador, por cada año que postergue la pensión, se podrá llevar un millón de pesos libre, para el uso que quiera, en la fecha de su cumpleaños. Como se llevará solo la mitad del mayor ahorro, cuando se pensione se pensionará igual con una pensión más alta, pero además con una cantidad importante de dinero en el bolsillo. Si se pensionara cinco años después, se podrá llevar más de cinco millones de pesos de libre disposición”.

Entrevista completa

Vea la conversación completa en PAUTA Bloomberg acá: