Actualidad

Cuáles son las modificaciones de la Ley No Chat

Imagen principal
POR Santiago Parro |

Cuál es el monto de las multas para aquellas personas que no cumplan con la Ley No Chat.

Comenzó a regir la Ley No Chat en nuestro país, la que aumenta las sanciones para aquellos que estén mirando su celular o cualquier otro aparato electrónico mientras manejan un vehículo. Los conductores que no acaten la normativa se exponen a multas e incluso a la suspensión de su licencia.

Según la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (Conaset): “Conducir haciendo uso de un teléfono celular u otro aparato de telecomunicaciones sólo constituía una infracción o contravención grave, salvo que tal uso se efectúe por medio de un sistema de manos libres de acuerdo con las especificaciones que determina el reglamento”.

En septiembre de 2021 el Congreso aprobó una modificación a la Ley de Tránsito, por lo que se aumentaron las sanciones considerando esta conducta como infracción gravísima.

Es importante señalar que usar aparatos electrónicos mientras se conduce está prohibido, inclusive cuando el vehículo se detenga en una luz roja o signo pare. Si el vehículo está en marcha el uso de celular o cualquier otro artefacto electrónico es una infracción gravísima.

¿Manos libres según el reglamento?

El Diario Oficial, dice que “se entenderá por sistema de manos libres para dispositivos de telefonía móvil o cualquier otro artefacto electrónico o digital, aquel que permite al conductor utilizar dicho dispositivo o artefacto posibilitando que ambas manos se mantengan en el manubrio del vehículo o posibilitando mantener libres ambas manos si el vehículo no cuenta con manubrio; en cualquier caso, sin descuidar la conducción del vehículo”.

Además, la ubicación de los dispositivos electrónicos dentro del vehículo debe no obstaculizar la visión del panel de instrumentos del vehículo, ni la visión directa del conductor y tampoco interfiera con la seguridad de las personas en el vehículo.

No se entenderá por sistemas de “manos libres” para dispositivos:

a. Cualquier sistema de sujeción de éstos a la altura del oído del conductor. 

b. Aquellos que para su uso requieren que el conductor los sostenga con su hombro, contra su cabeza o con otras partes del cuerpo, tales como sujeto sobre sus piernas o en su muñeca. 

c. Aquellos que el conductor deba manipular con una o ambas manos, ya sea para sostener una conversación, enviar mensajería o audios o utilizar aplicaciones en dichos dispositivos o artefactos.

¿Se pueden usar aplicaciones de mapas o GPS durante la conducción?

Según Conaset, se permite el uso de aplicaciones en aparatos móviles, como por ejemplo Google Maps, Waze o cualquier otra aplicación de navegación GPS, siempre que esta acción no implique manipular el dispositivo y no interrumpa la visión del conductor.

Para utilizar las aplicaciones de georreferenciación u otras, el conductor debe programar la ruta en la aplicación antes de iniciar el viaje y con el vehículo estacionado en un lugar seguro. Durante el trayecto puede recibir instrucciones vía audio o voz.

¿Cuáles son las sanciones?

Una infracción grave en Chile corresponde a aquella que va desde 1 a 1,5 UTM. El objetivo de esta nueva norma considera como una infracción gravísima a los conductores que incurren en estas conductas, con multas entre 1,5 a 3 UTM ($80.000 – $160.000), además de la suspensión de la licencia de conducir por un plazo entre 5 a 45 días, el cual puede ser aumentado de 45 a 90 días en caso de reincidencia.