Corte de Santiago rechaza recurso de amparo de Manuel Monsalve y mantiene su prisión preventiva
La sentencia unánime consideró que el “amparo no es la vía para recurrir de la resolución del tribunal de garantía y descartó actuar arbitrario en la decisión del tribunal de primera instancia”.
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó este miércoles el recurso de amparo presentado por la defensa del exsubsecretario del Interior, Manuel Monsalve, quien buscaba dejar la prisión preventiva en el Anexo Penitenciario Capitán Yáber, donde permanece hace 160 en prisión preventiva imputado por los delitos de abuso sexual y violación.
La defensa, encabezada por el defensor público Víctor Providel, sostuvo que la prisión preventiva, ratificada por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago el pasado 2 de abril, carece de fundamentos suficientes y vulnera los derechos constitucionales de Monsalve.
Corte de Santiago rechaza recurso de amparo de Manuel Monsalve y mantiene su prisión preventiva
El recurso de amparo, que fue admitido a trámite por la Corte Suprema el 24 de abril tras un rechazo inicial, solicitaba reemplazar la reclusión por medidas alternativas como arresto domiciliario total o parcial, prohibición de acercarse a la víctima y arraigo nacional.
Sin embargo, la exautoridad del Gobierno deberá permanecer en el Anexo Capitán Yáber, luego de que la Novena Sala del tribunal -integrada por el ministro Hernán Crisosto, la ministra Maritza Villadangos y la abogada (i) María Fernanda Vásquez- determinara en una sentencia unánime que “el amparo no es la vía para recurrir de la resolución del tribunal de garantía y descartó actuar arbitrario en la decisión del tribunal de primera instancia”.
Monsalve, formalizado por delitos de carácter sexual, ha estado en el centro de la controversia desde que se iniciaron las investigaciones en su contra. En ese sentido, la prisión preventiva fue decretada considerando la gravedad de los cargos y el riesgo para la seguridad de la víctima.
Sin embargo, la defensa argumenta que no existen antecedentes nuevos que justifiquen mantener privada de libertad, destacando que las medidas cautelares propuestas son suficientes para garantizar el desarrollo del proceso judicial.