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Superintendencia de Pensiones enfrenta demandas de AFP por cambio en criterio sobre cotizaciones impagas

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POR María Alejandra Gallardo Contreras |

Tras su renovación en el cargo, Osvaldo Macías deberá encarar en tribunales las acciones legales presentadas por tres AFP, que acusan a la entidad de afectar su derecho de propiedad al modificar un criterio histórico sobre el destino de reajustes e intereses por pagos previsionales atrasados.

La Superintendencia de Pensiones enfrenta un conflicto judicial con tres AFP, Habitat, Cuprum y Planvital, que buscan anular oficios administrativos que modificaron un criterio vigente por décadas sobre los pagos atrasados de cotizaciones.

Las acciones legales se presentaron entre mayo y junio de este año, y apuntan a revertir los efectos de los oficios Ordinario N° 22.230 y Ordinario N° 351, dictados por el regulador previsional.

Tres AFP llevan al regulador a tribunales por cambio de criterio

El primero en presentar la demanda fue Planvital ante el 22° Juzgado Civil de Santiago. Posteriormente, Habitat y Cuprum lo hicieron en conjunto ante el 17° Juzgado Civil.

La interpretación de la Superintendencia que desató el conflicto

El oficio más controvertido, emitido en noviembre de 2022, determinó que, en casos de pagos atrasados de cotizaciones, las AFP solo pueden recibir como beneficio adicional el cobro de costas, quedando los reajustes e intereses en favor del afiliado.

Esta reinterpretación ha sido considerada por las administradoras como un perjuicio económico.

En su demanda conjunta, Habitat y Cuprum argumentaron que esta medida impide que las AFP compensen el detrimento que implica administrar cotizaciones que no fueron ingresadas oportunamente.

“Al percibir reajustes e intereses, las AFPs no se enriquecen ni se benefician, sino que resarcen el perjuicio”, explicaron.

Corte de Apelaciones dio la razón a las AFP, pero la Suprema revocó

La disputa ya tuvo una primera revisión judicial. La Corte de Apelaciones de Santiago acogió los recursos de protección presentados por las AFP y anuló los actos impugnados.

En su fallo, el tribunal criticó la interpretación “estrictamente literal” de la Superintendencia y sostuvo que los reajustes e intereses por cotizaciones adicionales también pertenecen a las AFP, al formar parte del valor de su comisión.

Sin embargo, la Corte Suprema revocó ese fallo, sin pronunciarse sobre el fondo del asunto. El máximo tribunal sostuvo que la acción de protección no era el mecanismo adecuado para resolver una controversia jurídica de esta naturaleza, señalando que el conflicto debía dirimirse por otras vías legales.

La defensa de la Superintendencia: actuamos conforme a la ley

Esta semana, la Superintendencia respondió formalmente a ambas demandas. Frente a las acusaciones de Habitat y Cuprum, sostuvo que el cambio no fue arbitrario ni implicó despojo alguno, ya que “ha sido la ley la que ha establecido tal cambio”, y que su actuar está en línea con la Constitución y sus atribuciones legales.

En relación con la demanda de Planvital, argumentó que la AFP erró al judicializar la actuación del regulador, dado que los oficios emitidos no presentan ilegalidades y se enmarcan en el ejercicio legítimo de las facultades que le otorgan la ley y la Constitución.

Finalmente, la Superintendencia defendió que sus interpretaciones buscan resguardar el derecho de propiedad de los afiliados sobre el total de sus cotizaciones, incluidos los intereses y reajustes por mora, y que no existe extralimitación ni vicio de forma en los actos administrativos cuestionados.