Fiscal nacional reconoce “responsabilidad institucional” tras absolución de imputados en caso SQM
Ángel Valencia afirmó que “casos como este la Fiscalía suele tener mejor disposición a presentar la nulidad”.
El fiscal nacional Ángel Valencia se refirió por primera vez al polémica veredicto del caso SQM, que hace una semana absolvió a los 11 imputados tras más de una década de investigación y casi tres años de juicio.
Mientras se leía el fallo, las magistradas cuestionaron el actuar del Ministerio Público. Señalaron que la causa se extendió de forma “excesiva” y que vulneró el derecho de los acusados a ser juzgados en un plazo razonable.
Aunque la sentencia generó duros cuestionamientos, la Fiscalía Nacional guardó silencio en un primer momento. Quien salió a responder fue la fiscal regional de Valparaíso, Claudia Perivancich, a cargo de la investigación del caso.
“Hay responsabilidades institucionales”
Este miércoles el fiscal nacional reconoció que recibieron el veredicto con “bastante frustración“.
En ese sentido reconoció que “aquí por supuesto, hay responsabilidades institucionales, hay sentimientos o preocupaciones institucionales, pero esa es una causa que está pendiente, a lo menos judicialmente, legalmente”.
“Ya el tribunal manifestó que la sentencia la va a notificar a los intervinientes en agosto del próximo año. En ese momento la Fiscalía va a poder apreciar si procede o no procede la interposición de un recurso, aunque generalmente en casos como este la Fiscalía suele tener mejor disposición a presentar la nulidad”, agregó.
Junto con ello, la máxima autoridad del Ministerio Público afirmó “todos los juicios, particularmente uno como este, van a ser objeto de análisis interno por parte del Ministerio Público porque siempre las cosas se pueden hacer mejor (…) Pero ahora puedo mencionar que es llamativo cómo se interpreta la garantía sobre duración del plazo razonable de una investigación”.
“De acuerdo a la jurisprudencia europea, y a la jurisprudencia interamericana, al momento de apreciar si hay o no razonabilidad en el plazo, no solo se tiene que considerar la actividad de la Fiscalía, se considera también la actividad del tribunal”, añadió.
En tanto, comentó que “pareciera que solo se hiciera alusión a la actividad de la Fiscalía y que el tribunal se desentendiera de sus propias decisiones y de la forma en como esas decisiones pudieran haber impactado en la ordenación del juicio. El tribunal, que reprocha a la Fiscalía por la duración excesiva, señala que los fundamentos de esa afirmación nos los va a comunicar en agosto próximo”.