¿Qué es el estado de catástrofe? En qué consiste, cuándo se decreta y qué medidas permite
Esta medida busca facilitar la respuesta del Estado ante emergencias que ponen en riesgo a la población, permitiendo adoptar acciones extraordinarias para proteger a las personas, resguardar el orden público y coordinar los recursos públicos.
El Presidente José Antonio Kast decretó este lunes 20 de julio estado de catástrofe para la Región de Coquimbo y la Provincia del Huasco, en la Región de Atacama, como respuesta a los graves efectos del sistema frontal que afecta a la zona centro-norte del país.
La medida busca fortalecer la coordinación de la emergencia y entregar mayores atribuciones a las autoridades para enfrentar la contingencia.
Las claves del estado de catástrofe y sus efectos
El estado de catástrofe es uno de los estados de excepción constitucional contemplados en Chile, que puede ser decretado por el Presidente de la República frente a calamidades públicas, como terremotos, incendios forestales, inundaciones o sistemas frontales de gran magnitud.
Durante este lunes 20 de julio el Presidente José Antonio Kast decretó estado de catástrofe para la Región de Coquimbo y en la Provincia Del Huasco, por el sistema frontal que afecta al país.
¿Qué es el estado de catástrofe?
Su objetivo principal es entregar mayores herramientas a las autoridades para enfrentar una emergencia que supera las capacidades habituales del Estado. Esto puede suceder frente a distintos desastres naturales.
La iniciativa tiene una duración inicial de hasta 90 días, aunque puede ser prorrogada si las circunstancias lo requieren.
¿Qué significa una calamidad pública?
En términos generales se refiere a eventos que generan un grave daño o riesgo para la población, afectando a la infraestructura, los servicios básicos o el funcionamiento normal del país y requiere una respuesta extraordinaria del Estado.
En Chile, el estado de catástrofe ha sido utilizado tras grandes terremotos, incendios forestales, inundaciones y durante la pandemia de COVID-19.
¿Qué facultades obtiene el Gobierno?
Una vez decretado, el Presidente designa un jefe de la Defensa Nacional para la zona afectada, quien coordina las acciones de las Fuerzas Armadas en apoyo de las autoridades civiles.
Para el actual estado de catástrofe el presidente, José Antonio Kast, designó como jefe de Defensa Nacional en la provincia del Huasco al General de Brigada del Ejército Claudio Paredes Araneda.
Además, en la Región de Coquimbo, el Gobierno designó al General de Brigada del Ejército Eugenio Ribba Thormann.
Entre las principales facultades que permite esta medida, se encuentran:
- Restringir la libertad de desplazamiento y reunión cuando sea necesario para proteger la población.
- Controlar el acceso a determinadas zonas.
- Coordinar el despliegue de las Fuerzas Armadas.
- Adoptar medidas para garantizar el abastecimientos de bienes esenciales.
- Establecer limitaciones al ejercicio del derecho de propiedad cuando la emergencia lo haga indispensable.
- Proteger infraestructura crítica y mantener el orden público en coordinación con las policías.
Estas atribuciones deben aplicarse únicamente cuando sean necesarias para enfrentar la emergencia.
¿Quién puede decretarlo?
Solo puede ser decretado por el Presidente de la República mediante un decreto supremo que establece el territorio afectado y las medidas que comenzarán a regir.
Si la medida se extiende por más de 90 días, el Ejecutivo necesita la aprobación del Congreso Nacional para mantenerla vigente.
¿Qué cambia para la ciudadanía?
Dependiendo de la magnitud de la emergencia, las autoridades pueden establecer cierres preventivos de rutas, evacuaciones obligatorias y controles de accesos.
Además, el estado de catástrofe permite agilizar la coordinación entre organismos públicos, municipios, Fuerzas Armadas, Carabineros, Bomberos y equipos de emergencia, facilitando la entrega de ayuda humanitaria, el rescate de personas y la recuperación de las zonas afectadas.
¿En qué se diferencia de otros estados de excepción?
La constitución contempla cuatro estados de excepción constitucional:
- Estado de asamblea: se aplica en caso de guerra exterior.
- Estado de sitio: se aplica en caso de guerra interna o grave conmoción interior.
- Estado de emergencia: se aplica cuando existe una grave alteración del orden público o grave daño para la seguridad de la Nación.
- Estado de catástrofe: destinado exclusivamente a enfrentar calamidades, principalmente desastres naturales.
Cada uno tiene requisitos, facultades y límites, pero todos buscan entregar herramientas extraordinarias al Estado para responder frente a distintos tipos de emergencias.