Correa Sutil sobre la megarreforma: “Se puede promulgar toda la ley salvo los artículos que están cuestionados”
El abogado y exministro del Tribunal Constitucional explicó el alcance de los requerimientos presentados por la oposición contra la megarreforma. Aseguró que la impugnación no busca detener el proyecto, defendió que la invariabilidad tributaria es incompatible con la democracia y detalló cómo será el proceso que seguirá el TC.
En Pauta de Análisis de Radio Pauta conversamos con el abogado y exministro del Tribunal Constitucional, Jorge Correa Sutil, quien explicó el alcance de los requerimientos que la oposición presentará contra la megarreforma.
El jurista aclaró que la acción constitucional no pretende frenar la totalidad del proyecto, sino cuestionar disposiciones específicas, entre ellas la invariabilidad tributaria.
Correa Sutil defiende el requerimiento contra la invariabilidad tributaria
En ese contexto, afirmó que el avance de la reforma no depende del resultado del Tribunal Constitucional. “Se puede promulgar toda la ley salvo los artículos que están cuestionados”, sostuvo, al explicar que el Ejecutivo puede avanzar con el resto del proyecto mientras el TC resuelve las normas impugnadas.
Correa Sutil añadió que, si el Tribunal acoge el requerimiento, los artículos objetados quedarán fuera de la ley. En cambio, si la impugnación es rechazada, el proyecto podrá promulgarse íntegramente.
“Una ley invariable es contraria a la democracia”
El abogado explicó que el requerimiento que patrocina se concentra en la invariabilidad tributaria y no en el resto de la reforma. A su juicio, el problema no radica en si la norma dura diez, quince o veinticinco años, sino en que limita la capacidad de futuros congresos para modificar la legislación.
“Cualquier ley que resulte invariable en el tiempo (…) nosotros sostenemos que eso es contrario a la democracia, porque hace imposible la alternancia al poder”, afirmó.
También diferenció esa figura de los contratos de largo plazo. Explicó que los gobiernos pueden celebrar contratos que excedan su período, pero insistió en que una ley no puede quedar inmune a futuras modificaciones por decisión de nuevas mayorías.
Respecto de los antecedentes históricos, rechazó que existan precedentes equivalentes en democracia y sostuvo que los principales casos de invariabilidad corresponden a normas dictadas durante el régimen militar, las que posteriormente fueron modificadas o derogadas por gobiernos democráticos.
El rol del Tribunal Constitucional
Correa Sutil también abordó las críticas que históricamente ha recibido el Tribunal Constitucional. Reconoció que en algunos momentos el organismo interpretó la Constitución más allá de su texto, aunque consideró injusto definirlo como una “tercera Cámara”.
Finalmente, explicó que, una vez declarado admisible el requerimiento, el Tribunal Constitucional dispone de 20 días para dictar sentencia. En ese período, el Gobierno y ambas cámaras del Congreso podrán presentar sus argumentos antes de que el organismo adopte una decisión definitiva sobre los artículos impugnados.