¿Cuáles son los tres requerimientos que la oposición llevó al TC contra la megarreforma?
El Tribunal Constitucional declaró admisibles los tres requerimientos presentados por grupos de senadores y diputados contra distintas normas del Plan de Reconstrucción Nacional. Las acciones cuestionan materias tributarias y ambientales, las que ahora serán analizadas por el pleno del organismo.
El Tribunal Constitucional (TC) informó este jueves que declaró admisible y admitió a tramitación los tres requerimientos de inconstitucionalidad presentados por parlamentarios de oposición respecto a la megarreforma.
Las presentaciones fueron acumuladas en una sola causa debido a que impugnan distintas disposiciones del mismo proyecto. Ahora el TC deberá resolver si las normas cuestionadas se ajustan o no a la Constitución antes de que la iniciativa sea promulgada.
¿Qué cuestiona el primer requerimiento presentado por los senadores?
El primer requerimiento se concentra en las normas que regulan las compensaciones económicas para los titulares de proyectos de inversión cuando una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) es invalidada mediante una sentencia firme.
El grupo de senadores solicita al Tribunal Constitucional revisar los artículos 12 y 13 del proyecto, porque considera que el mecanismo permite indemnizar a las empresas sin establecer previamente que el Estado haya actuado de manera negligente o haya incurrido en una falta de servicio.
Además, advierten que la iniciativa entrega la determinación del monto de la indemnización a un tribunal arbitral con un plazo acotado para resolver y que, al mismo tiempo, elimina la posibilidad de exigir responsabilidades al funcionario público que hubiese originado el daño.
A juicio de los parlamentarios, estas disposiciones afectan principios constitucionales como la igualdad ante la ley, el debido proceso, la protección del medioambiente y las reglas sobre responsabilidad estatal.
Como consecuencia, también solicitan que, si el Tribunal Constitucional invalida esas normas, extienda esa decisión a los artículos 14, 15 y 16 por estimar que forman parte del mismo sistema jurídico.
El segundo requerimiento pone el foco en la estabilidad tributaria para las inversiones
El segundo requerimiento busca que el Tribunal Constitucional revise las disposiciones que crean un régimen de invariabilidad tributaria para determinados proyectos de inversión de gran tamaño.
Los senadores sostienen que los artículos 29 y 38 impedirían modificar durante 10, 15 o hasta 20 años las condiciones tributarias aplicables a inversiones superiores a US$50 millones, lo que, según argumentan, limita la capacidad de futuras mayorías parlamentarias para definir la política fiscal del país.
En esta oportunidad, el requerimiento no se basa en derechos fundamentales específicos, sino en el principio democrático consagrado en la Constitución. Según los parlamentarios, ninguna ley debiera restringir durante décadas la posibilidad de que el Congreso legisle sobre materias tributarias.
Diputados reúnen ambos cuestionamientos y agregan un nuevo argumento
La tercera acción fue presentada por un grupo de diputados y combina las objeciones planteadas en los dos requerimientos anteriores.
Por una parte, vuelve a cuestionar el sistema de indemnizaciones asociado a las Resoluciones de Calificación Ambiental anuladas, incorporando un argumento adicional: los requirentes estiman que el tribunal arbitral contemplado en el proyecto asumiría funciones que la Constitución reserva a los tribunales de justicia.
Además, impugna nuevamente la invariabilidad tributaria prevista para grandes inversiones, aunque añade otros fundamentos constitucionales relacionados con el derecho a sufragio y el principio de igualdad en la distribución de las cargas públicas, además del principio democrático.
¿Qué significa que el TC los haya declarado admisibles y cuáles son los plazos?
Que el Tribunal Constitucional haya declarado admisibles los requerimientos no significa que haya acogido los reclamos ni que las normas sean inconstitucionales.
La resolución únicamente confirma que las presentaciones cumplen los requisitos legales para ser revisadas. Tras esta etapa, el Presidente de la República, el Senado y la Cámara de Diputadas y Diputados disponen de cinco días corridos para presentar sus argumentos.
Posteriormente, el TC realizará una audiencia pública el miércoles 12 de agosto, mientras que el jueves 13 de agosto escuchará los alegatos de las partes. Finalizadas esas instancias, el pleno del Tribunal deberá dictar sentencia y resolver si mantiene o elimina las disposiciones impugnadas del proyecto de ley.