Corte de Valparaíso rechaza amparos por traslado de tres reos a la cárcel de Talca
Los fallos fueron unánimes y descartaron que Gendarmería actuara de forma ilegal o arbitraria. La institución justificó la medida por la sobrepoblación del penal porteño.
La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó los tres recursos de amparo que buscaban revertir el traslado de reos desde el Complejo Penitenciario de Valparaíso al Complejo Penitenciario de Talca, en la región del Maule.
Las resoluciones se dictaron este martes 1 de septiembre en fallos unánimes de la Tercera, Cuarta y Quinta Salas del tribunal de alzada.
En todas se desestimó la procedencia de las acciones constitucionales, luego de descartar un actuar arbitrario o ilegal de Gendarmería que afectara la libertad personal o la seguridad individual de los amparados.
¿Qué alegaron las defensas de los internos?
Los abogados cuestionaron el traslado y pidieron que los reclusos volvieran al establecimiento de origen. Entre sus argumentos invocaron los efectos de la medida sobre el arraigo familiar de los internos.
La Quinta Sala respondió que esa garantía “no reviste un carácter absoluto y debe ponderarse frente a las exigencias de seguridad, clasificación y gestión de la sobrepoblación penitenciaria que informan la decisión de traslado”.
En la misma línea, la Tercera Sala señaló que las circunstancias personales y familiares planteadas, aunque atendibles, no permiten establecer que haya existido ilegalidad en la actuación reclamada.
¿Por qué Gendarmería trasladó a los reos?
Al informar a la Corte, Gendarmería explicó que los traslados respondían a razones de descongestión y mejoramiento de las condiciones de habitabilidad del Complejo Penitenciario de Valparaíso.
El recinto tiene una capacidad de diseño de 1.919 plazas y registra una población penal superior a 3.500 internos. La institución también consideró antecedentes de conducta y segmentación de los reclusos para definir el cambio de penal.
¿Qué resolvió el tribunal?
La Cuarta Sala estableció que no se advierte la existencia de un acto ilegal que pueda afectar la seguridad individual del amparado, porque la resolución que dispuso el traslado estaba suficientemente fundada en los hechos y en el derecho.
El mismo fallo agregó que corresponde a Gendarmería determinar la unidad penal y el módulo donde los internos cumplen sus penas. La Tercera Sala complementó que la medida fue dispuesta por la autoridad competente.