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Venta de bonos de isapres: desde diciembre la cédula permitirá resolver fallas en la lectura de huellas

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POR María Alejandra Gallardo Contreras |

Una nueva instrucción de la Superintendencia de Salud busca evitar que los afiliados pierdan sus horas médicas por problemas de identificación. Las aseguradoras deberán emitir el bono si fallan tanto el sistema biométrico como su alternativa.

Una falla en el reconocimiento de la huella digital no podrá impedir la compra de un bono electrónico de isapre. Desde el 1 de diciembre, las aseguradoras deberán emitirlo con la cédula de identidad o sus elementos de verificación cuando tampoco funcione el mecanismo alternativo de identificación.

La medida forma parte de la Circular IF/N°534 de la Superintendencia de Salud y busca evitar retrasos, trámites adicionales y pérdida de horas médicas por dificultades en estos sistemas.

Qué cambia para comprar un bono electrónico

En 2024, el organismo ya había instruido a las isapres a contar con una alternativa a la lectura de la huella. Sin embargo, una revisión de sus procedimientos y de casos particulares mostró que persistían obstáculos cuando ninguna de las dos opciones permitía reconocer al beneficiario.

Ante esa situación, la nueva norma establece que la identidad podrá verificarse mediante la cédula, su número de documento o el código QR. El mecanismo auxiliar, además, deberá estar disponible de forma permanente y ser suficiente por sí solo para identificar a la persona.

Las soluciones deberán aplicarse después de la atención

Las isapres podrán realizar gestiones administrativas para corregir la dificultad y evitar que se repita, pero deberán hacerlo después de la atención médica. Tampoco podrán exigir que el afiliado acredite una enfermedad o una situación particular como requisito para venderle el bono.

Si el problema es permanente, por edad, salud o características físicas, la solución también deberá serlo. Entre las alternativas figura liberar la huella del sistema. Si el impedimento es temporal, la medida podrá durar mientras persista.

Cada decisión deberá notificarse por escrito, con sus fundamentos y la posibilidad de reclamar ante la Superintendencia de Salud.

Las aseguradoras también tendrán que registrar los casos, sus causas y las soluciones aplicadas, además de contar con un protocolo interno disponible para fiscalización.

La circular refuerza, asimismo, las obligaciones sobre protección de datos personales: contratar proveedores externos para operar los sistemas no exime a las isapres de responsabilidad por el tratamiento de esa información.