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Hasta 5 años: entró en vigencia ley que castiga a quienes causen daños graves a medios de transporte

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Agencia Uno
POR Equipo Radio Pauta |

La normativa se publicó en el Diario oficial el sábado 5 de agosto e incluye también a los bienes e infraestructura relacionados con el transporte.

Ya entró en vigencia la Ley N°21.587, la cual endurece las sanciones por daños en los medios de transporte público de pasajeros. La normativa se publicó en el Diario oficial el sábado 5 de agosto e incluye también a los bienes e infraestructura relacionados con el transporte.

¿Cuáles son las penas?

Quienes atenten contra un vehículo motorizado, se encuentre o no en circulación, se le castigará con una pena de presidio menor en su grado medio (541 días a 3 años y un día).

Además, se indica que si a consecuencia del atentado muere o se lesiona alguna persona, se aplicarán las penas a aquellos delitos, aumentadas en un grado.

También se modificó el artículo 485 del Código Penal con el objetivo de endurecer las penas por daños a medios de transporte público.

“Serán castigados con la pena de reclusión menor en sus grados medio a máximo y multa de once a veinte unidades tributarias mensuales, los que causaren daño cuyo importe exceda de cuarenta unidades tributarias mensuales”, indica el artículo.