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Libertad condicional: Aróstica zanja el debate y se declara inconstitucional exigir arrepentimiento

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Agencia Uno
POR Juan Manuel |

El Tribunal Constitucional rechazó dos de los tres requerimientos de Chile Vamos. El voto del presidente del tribunal fue clave para dirimir el asunto e impugnar uno de los artículos de la ley.

La nueva ley sobre libertades condicionales era una deuda que arrastraba el Congreso desde el año 2012. El asunto, alertado por varias organizaciones de la sociedad civil y por la Corte Suprema, llegó a su fin este año. Su ausencia incluso motivó a que diputados de oposición impulsaran una acusación constitucional contra tres ministros de la sala penal del máximo tribunal del país.

El texto legal tuvo que llegar hasta el Tribunal Constitucional luego de que parlamentarios de Chile Vamos presentaran tres requerimientos para impugnar la nueva ley. La arremetida de Chile Vamos, que lideró la UDI y RN, se basaba en que a juicio de los parlamentarios era incostitucional exigir más requisitos a los condenados por delitos de lesa humanidad para acceder al beneficio de la libertad condicional.

Al respecto, la ley establecía que una persona condenada por un delito común podía solicitar la libertad condicional si cumplía la mitad de la pena. Y respecto de los delitos de lesa humanidad, la iniciativa establecía que el condenado debía cumplir dos tercios de la pena, “haber colaborado sustancialmente al esclarecimiento del delito” y haber manifestado su “arrepentimiento mediante una declaración pública”.

El resultado del TC fue claro. De forma unánime el tribunal determinó que la ley en general sí era constitucional. Los reparos estuvieron puestos en el requisito del arrepentimiento. En ese punto, los 10 ministros estuvieron por quitar la palabra arrepentimiento. Sin embargo, cinco de ellos Gonzalo García, Domingo Hernández, María Luisa Brahm, Nelson Pozo y María Pía Silva querían frasear el artículo de otra forma y otros cinco magistrados Iván Aróstica, Juan José Romero, Cristián Letelier, José Ignacio Vásquez y Miguel Ángel Fernández eran partidiarios de declarar inconstitucional el artículo completo.

Al haber empate, dirimió Aróstica, quien la semana pasada además fue agredido tras salir de la sede del TC justo cuando se realizaban alegatos por esta materia.

La ley salió del TC sin el requisito del arrepentimiento.

Miradas contrapuestas

El abogado socialista Enrique Aldunate, quien a su vez alegó en nombre del Senado ante el TC, asegura a PAUTA que la decisión del TC “es una buena noticia porque refleja que casi la totalidad de la ley pasó el test de constitucionalidad”. 

Aldunate agrega que “estos requisitos, que son más exigentes, vienen a solucionar un vacío que se arrastró por años en la legislación chilena”.

Desde la vereda contraria, el senador UDI Juan Antonio Coloma cree que quedó “con un sabor amargo por lo resuelto”. En conversación con Pauta Final, de radio PAUTA, sostiene que las cosas son como son, para eso sirven los tribunales y ojalá que esto ayude a aclarar los casos en que estas libertades proceden”.

El senador resiente especialmente que haya salido ileso el principio de irretroactividad de la ley; es decir, que esta nueva norma pueda aplicarse para los futuros condenados así como también para las personas que ya están cumpliendo sus penas. “Son requisitos más exigentes, aunque creo que va más allá de lo que el derecho plantea. No me gusta que se cambien las reglas del juego, que retroactivamente se modifiquen las circunstancias en la que se otorgan o no ciertos beneficios”, opina el parlamentario.

Con todo, una vez que se promulgue la ley, los jueces de Corte de Apelaciones y los ministros de la Corte Suprema podrán comenzar a aplicar estos nuevos requisitos.

El periodista de PAUTA Juan Manuel Ojeda comenta cuáles son las implicancias de este veredicto del TC: