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Bono Invierno 2024: descubre el monto, fechas de pago y requisitos del beneficio

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Agencia Uno
POR Santiago Parro |

El bono se pagará junto con la pensión de mayo y no requiere postulación, pero se debe cumplir con ciertos requisitos.

Para impulsar la economía individual, el Instituto de Previsión Social (IPS) está organizando la distribución del Bono Invierno 2024, una ayuda financiera estatal destinada a personas mayores de 65 años que cumplan con ciertos criterios.

Este apoyo financiero, que ha sido incrementado en su cuantía, está diseñado específicamente para los adultos mayores y se otorga anualmente

¿Cuál es el monto del Bono Invierno 2024?

Las personas beneficiadas con el Bono Invierno 2024 recibirán $77.982 y la ayuda vendrá incluida en el pago de la pensión del próximo mes de mayo.

Quienes cobren la jubilación de manera presencial tendrán que presentar su cédula de identidad para retirar el dinero en el lugar habitual de pago.


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¿Cuándo pagan el Bono Invierno 2024?

Desde el 2 de mayo, con el comienzo del pago del Bono de Invierno 2024, podrás revisar si recibes este beneficio junto a tu pensión.

Anualmente el pago del beneficio a los pensionados se realiza en mayo. Para este año, será desde le próximo jueves 2 de mayo luego del feriado irrenunciable del Día del Trabajador.

Para realizar la consulta de tu liquidación de pago, puedes visitar ips.gob.cl o chileatiende.cl.

Bono Invierno 2024: fecha, monto y requisitos del beneficio

Estos son los requisitos para obtener el Bono Invierno 2024:

  • Pensionados cuya pensión sea de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez.
  • Los pensionados deben ser parte de: Instituto de Previsión Social, Instituto de Seguridad Laboral, Cajas de Previsión (Dipreca y Capredena) y Mutualidades de Empleadores.
  • Pensionados del Sistema de Pensiones de Vejez (1980) que se encuentren recibiendo un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.
  • Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (PGU), siempre que no tuvieran derecho a otra pensión en algún régimen previsional.
  • Pensionados de algún régimen previsional que, adicionalmente, se encuentren recibiendo una PGU y cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.

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