Primarias 2025: cuándo se dan a conocer los vocales de mesa
Este próximo 29 de junio se realizarán las elecciones primarias del pacto Unidad por Chile.
Las elecciones primarias presidenciales 2025 están a la vuelta de la esquina. Las votaciones definirán al candidato único del oficialismo del pacto Unidad por Chile.
Esta vez, el voto será voluntario para quienes estén habilitados para sufragar. Mientras que para aquellos que estén afiliados en los partidos integrantes del pacto deberán votar de forma obligatoria.
¿Cuándo se darán a conocer los vocales de mesa para estas Primarias 2025?
De acuerdo con la información proporcionada por el Servicio Electoral (Servel), la lista oficial de vocales de mesa será publicada en su página web el próximo sábado 7 de junio.
Tras esta publicación, se enviará una carta certificada a cada vocal y a los miembros de los Colegios Escrutadores para informarles sobre su nombramiento. Esta carta incluirá detalles sobre las fechas, horas y el lugar de constitución, así como información sobre el funcionamiento y los nombres de los demás participantes.
Los seleccionados que no puedan desempeñar esta función podrán presentar una excusa ante la Junta Electoral.
¿Quiénes se puede excusar de ser vocal de mesa en estas Elecciones Primarias 2025?
Según la Ley 18.700, las personas que salgan designadas como vocales de mesa, pueden excusarse si es que cumplen con las siguientes causas:
- Haber sido designados miembros del colegio escrutador.
- Estar fuera del país o residir en una localidad a más de 300 kilómetros de distancia, o en un lugar sin comunicaciones adecuadas.
- Tener más de 70 años.
- Estar física o mentalmente incapacitados para ejercer la función, lo que debe ser respaldado por un certificado médico.
- Realizar labores en establecimientos hospitalarios durante los días en que funcionen las mesas receptoras.
- Ser personas gestantes durante todo el período de embarazo, con la acreditación correspondiente de un establecimiento de salud o un certificado médico.
- Ser padre o madre de un hijo o hija menor de dos años en el día de la elección. Si ninguno de los padres tiene el cuidado personal, quien lo tenga podrá excusarse, siempre que lo acredite adecuadamente.
- Cuidar a un adulto mayor en situación de dependencia o a una persona con discapacidad durante los días de las elecciones.