Dato en Pauta

Elecciones Primarias Presidenciales: ¿Funcionarán los malls en día de votaciones?

Imagen principal
POR Javier Sepúlveda Rojas |

Además, las autoridades confirmaron que los trabajadores tendrán un permiso de tres horas para sufragar.

Este domingo se realizarán las Elecciones Primarias Presidenciales, votación en la que los ciudadanos decidirán si Carolina Tohá (SD), Gonzalo Winter (FA), Jaime Mulet (FRSV) o Jeannette Jara (PC), será la persona que represente al oficialismo en la elecciones de noviembre de este año.

Ese día será feriado, pero no irrenunciable, por lo que muchos comercios podrán funcionar, aunque una de las interrogantes gira entorno a los malls, complejo que abarca muchos establecimientos comerciales.

¿Funcionarán los malls durante las elecciones del 29 de junio?

El Ministerio de Trabajo, en conjunto con la Dirección del Trabajo, informaron que los malls y stripcenters administrados por una “sola razón social, o personalidad jurídica, deberán permanecer cerrados el día domingo por corresponder a un feriado legal y obligatorio para sus trabajadores”.

El resto del comercio, en el que se incluyen a supermercados, grandes tiendas y otros locales no regidos por la situación legal ya descrita, podrán funcionar sin inconvenientes.

Además, confirmaron que ese día los trabajadores tendrán un permiso por tres horas para votar, y que los trabajadores designados como vocal de mesa podrán cumplir el rol sin ningún riesgo a que les disminuyan sus remuneraciones.

Fiscalización durante votaciones

La Dirección del Trabajo confirmó que durante este fin de semana estará fiscalizando vía telefónica sobre las denuncias recibidas en el Canal de Atención Telefónica (CAT) -600 450 4000-  de 09:00 a 14:00, para ambos días.

Las materias fiscalizables son las siguientes:

1.- No otorgamiento de feriado legal y obligatorio para los trabajadores comprendidos en el numeral 7 del artículo 38 del Código del Trabajo, en aquellos casos en que presten servicios en centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica.

– Multas de entre 3 ($206.355) y 60 UTM ($4.127.100) UTM (*), dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.

2.- No otorgamiento de permiso laboral a los trabajadores designados como vocales de Mesas Receptoras de Sufragios, miembros de Colegios Escrutadores o delegados de la Junta Electoral, para quienes los días de la elección no constituyen feriado legal.

– Multas de entre 3 ($206.355) y 60 ($4.127.100) UTM, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.

3.- No otorgamiento de permiso por 3 horas a trabajadores para sufragar.

– Multas de entre 3 ($206.355) y 60 ($4.127.100) UTM, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.