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¿Cuáles son las excusas para no votar en el Plebiscito de Salida del 4 de septiembre?

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Agencia Uno
POR Santiago Parro |

El Plebiscito de Salida será el 4 de septiembre y la votación es de carácter obligatoria, por lo cual se espera una masiva concurrencia. 

El Plebiscito de Salida será el 4 de septiembre y la votación es de carácter obligatoria, por lo cual se espera una masiva concurrencia. 

En la papeleta existirán dos opciones, Apruebo o Rechazo. La cual definirá si los ciudadanos están de acuerdo o en desacuerdo con el texto propuesto por la Convención. 

El documento esta conformado por 178 páginas, 388 artículos y 11 capítulos y que será votado en una instancia única y obligatoria en el mes de septiembre.

¿Cómo puedo excusarme de ir a votar?

A casi un mes de las votaciones son muchos los reticentes a acudir a ejercer su derecho, es por esto por lo que existen diferentes excusas para no asistir.

La normativa electoral vigente no establece un periodo de excusas como tal para el Plebiscito de Salida, sin embargo, no existirán multas para aquellos que no puedan sufragar por los siguientes motivos:

  • Enfermedad.
  • Ausencia del país.
  • Encontrarse el día del plebiscito en un lugar situado a más de 200 kilómetros de su domicilio electoral.
  • Por algún otro impedimento grave, que sea debidamente comprobado ante el juez competente, quién revisará la prueba de acuerdo con las reglas de la sana crítica.

Si no se cumple con la obligación de ir a votar se deberá acreditar la inasistencia ante el Juzgado de Policía Local cuando sea notificado posteriormente al plebiscito, la notificación llegará al domicilio electoral que se encuentre registrado.