Economía

Las AFP deberán compensar retornos negativos e incluir afiliados en sus directorios

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El ministro de Hacienda, Ignacio Briones, el asesor presidencial en pensiones, Augusto Iglesias, y la ministra del Trabajo, María José Zaldívar. Crédito: Agencia Uno
POR Marcela Gómez |

Proyecto propone que las administradoras sólo podrán votar por candidatos a directores en las S.A. donde invierten de una lista propuesta por la Comisión de Usuarios.

El proyecto de ley de reforma previsional anunciado la noche del 15 de enero por el Presidente Sebastián Piñera incluye un conjunto de cambios en la estructura de la industria de administradoras de fondos de pensiones, modificando la relación entre rentabilidad y comisiones -cuando las primeras sean negativas- y sumando a un representante de los afiliados en los directorios de las mismas AFP, aun cuando no sean accionistas de esta empresa, entre otros anuncios.

Una de las medidas con alcance más masivo para los cotizantes establece que las administradoras tendrán que devolver a las cuentas de capitalización individual de los trabajadores una parte de las comisiones cobradas cuando la rentabilidad del fondo sea negativa en términos reales -esto es, descontando la inflación- durante un año calendario.

Esta fórmula ya había sido propuesta en 2014 por la industria -en concreto, por AFP Habitat-, planteando bonificar a sus cotizantes un porcentaje idéntico al que perdieron en rentabilidad. Por ejemplo, si el fondo caía 10% en doce meses, se ofrecía reponer el 10% de la comisión que se pagó durante ese período.

Según las estadísticas de la Superintendencia de Pensiones, desde 2005 a la fecha los fondos de pensiones han cerrado con rentabilidades reales negativas en cuatro años: 2008, 2011, 2016 y 2018.

A nivel de inversiones, el Presidente Piñera propuso también que las AFP no cobren comisiones por las inversiones que realizan en fondos mutuos nacionales. De acuerdo con la cifras de la misma Superintendencia de Pensiones, los fondos mutuos locales representan apenas el 0,4% de la inversión total del sistema (US$ 859 millones sobre casi US$ 215.000 millones).

Relacionado con este tema, el proyecto de ley propone también reducir el límite máximo de las comisiones que se pueden cargar al fondo de pensiones hasta 1,25 veces el promedio de las referencias internacionales. Y, adicionalmente, que las comisiones de intermediación con cargo a los fondos se informen en las cartolas y el sitio web de la AFP respectiva.

Un último punto en esta materia es que se obliga a las AFP a cubrir el gasto de la cuota mortuoria de los afiliados fallecidos fuera del Pilar Solidario que no tengan saldo suficiente en su cuenta de capitalización individual y que hayan pagado al menos un número determinado de años de cotizaciones.

Empoderamiento a afiliados

Uno de los frentes más amplios que incluye la reforma es la mayor participación de los afiliados en las decisiones de las administradoras.

Un punto que probablemente abra algo de polémica -al menos desde el ámbito del principio de “una acción un voto” que rige en la elección de directores en las sociedades anónimas- es la inclusión de un afiliado en el directorio de cada administradora. En concreto, se propone que uno de los directores autónomos que tenga cada AFP sea un afiliado con al menos 10 años de afiliación en el sistema y cinco de cotizaciones en la respectiva AFP. Se establece, además, que los candidatos a director deberán ser escogidos por un proceso de selección formal.

Adicionalmente, cada AFP creará un “comité de afiliados” -que ya operan en algunas compañías, como AFP Cuprum-, cuyos integrantes serán escogidos por los propios afiliados por medio de votación electrónica. Y un tercer cambio establece una nueva estructura en la entidad regulatoria, ya que crea la Intendencia de Protección de Afiliados, la que dependerá orgánicamente de la Superintendencia de Pensiones.

Pero tal vez uno de los pasos más audaces -aunque ya se había incluido en la propuesta de reforma de pensiones de 2017- tiene que ver con que la iniciativa del Ejecutivo plantea que las AFP sólo podrán votar por candidatos a directores en las sociedades anónimas donde inviertan los fondos de pensiones, de una terna o quina que les proponga la Comisión de Usuarios del Sistema de Pensiones, que utilizará un proceso formal de selección. Esto representa un cambio copernicano en cuanto al proceso actual que siguen los directores elegidos con los votos de las AFP en las grandes empresas chilenas y representa un desafío importante en cuanto a la idoneidad de la fórmula con que se escogen estos candidatos.

Consejo consultivo

El proyecto del Gobierno plantea nuevas tareas al Consejo Consultivo Previsional. A sus actuales funciones se le encargaran otras adicionales, como revisar periódicamente el impacto de los cambios en las tendencias demográficas, económicas y del mercado laboral sobre los resultados esperados del sistema previsional, y las de proponer los ajustes que sean necesarios a sus parámetros con el objeto de evitar un deterioro de los beneficios, incluyendo eventuales nuevos parámetros para poder acogerse a una pensión contributiva para las generaciones más jóvenes de trabajadores y para las futuras generaciones que están por incorporarse al Sistema Previsional Mixto.

“Además, el Consejo Consultivo Previsional deberá, en conjunto con la Superintendencia de Pensiones y la Comisión del Mercado Financiero, revisar periódicamente las tablas de expectativas de vida utilizadas para los propósitos del sistema previsional, y proponer los cambios a las mismas que sean necesarios, incluyendo nuevos parámetros para poder acogerse a una pensión contributiva a los trabajadores más jóvenes y a las futuras generaciones que están por incorporarse al Sistema Previsional Mixto”, dice el sitio web de la reforma de pensiones creado por el Gobierno.