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Exfiscal de S. de Pensiones cuestiona fallo que acepta el retiro de fondos previsionales

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Agencia Uno
POR Francisca Vargas |

Andrés Culagovski advierte que si la Suprema coincide con la reciente resolución, pondría en entredicho el sistema de seguridad social.

“En fallo dividido, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Carlos Carrillo González, Isabel Salas Castro y el abogado integrante Abel Bravo Bravo– estableció el actuar arbitrario e ilegal de la recurrida, al negar la restitución íntegra de los fondos, infringiendo el derecho de propiedad garantizado por la Constitución”. Así comienza la inédita resolución de la Corte de Apelaciones de Talca, que obliga a AFP Provida a restituir la totalidad de sus fondos previsionales a uno de sus afiliados pese a lo que está normado por el Decreto Ley (DL) 3.500, de 1980.

Esto, como respuesta a la estrategia del movimiento No+AFP de incentivar la presentación de una serie de recursos en diversas regiones para pedir el retiro de la totalidad de los fondos. Por el momento todos habían sido rechazados. Sin embargo, la Corte de Apelaciones de Talca tuvo argumentos diferentes. 

“(Lo que dijo la Corte) es que la seguridad social, que está en la Constitución, está en contradicción con el derecho de propiedad. Y la seguridad social por definición es un derecho y no una obligación para las personas”, resume el exfiscal de la Superintendencia de Pensiones y abogado de Abdala&CiaAndrés Culagovski. En conversación con PAUTA Bloomberg, de Radio PAUTA, el experto plantea que “es bien curioso el argumento de la corte: reconoce que hay un derecho a la seguridad social, pero no es una obligación para las personas, es una obligación para el Estado. Por lo tanto, (dice la corte), a las personas no se les puede obligar a enterar fondos para la seguridad social”. El problema es que con esa mirada los magistrados “se están saltando una parte de la Constitución”, que establece que “se pueden establecer cotizaciones obligatorias.

A juicio del especialista, lo que corte “dice en el fondo es que el DL 3.500 es inconstitucional. Ese es ya un primer argumento complejo, que es difícil que sea sostenido”.

¿Sienta precedentes?

Aunque AFP Provida no ha anunciado las acciones que tomará frente al fallo, adelantó que está estudiando las alternativas disponibles. Una de ellas es acudir a la Corte Suprema.

Según Culagovski, si la instancia da la razón al afiliado el escenario para el sistema social local podría cambiar drásticamente. “Eso significaría que no puede haber un sistema de seguridad social, es un retroceso de cientos de años”.

En cualquier caso, recuerda, ya antes tanto el TC como la Corte Suprema han denegado solicitudes similares presentadas ante la justicia. “Hay argumentos [de la Corte de Apelaciones de Talca] que son bastante contradictorios con fallos anteriores”, más allá de que Chile no tenga el mismo esquema de jurisprudencia de otros países, como Estados Unidos, agrega.

¿Mayor libertad para retirar fondos?

El retiro anticipado de los fondos ha sido uno de los temas de discusión en torno a la reforma previsional. A pesar de que el proyecto que actualmente se discute plantea que esto sea posible para quienes padecen una enfermedad terminal a través del ajuste a las tablas de mortalidad, no son pocos quienes plantean que esto podría suponer una mayor permisibilidad en decisiones futuras.

“¿Qué pasa si es que esto se convierte en ley? ¿A quién beneficia?: a quienes han podido acumular una cantidad de dinero. Y después, ¿quién va a tener que asumir los costos de las personas?: el Estado, pero para estos efectos no existe, porque somos todos nosotros quienes lo construimos a través de los impuestos”, subraya el exfiscal de la Superintendencia de Pensiones.

Revise la entrevista completa con Andrés Culagovski en PAUTA Bloomberg: