Economía

Subsidio Especial de Arriendo: mañana termina el plazo para postular

El beneficio tiene como fin entregar hasta $250 mil para el pago de una vivienda durante tres meses.

Link para postular Subsidio Especial de Arriendo

Pauta

Por Benjamín San Martín y Diego Zárate Vargas

Jueves 29 de julio de 2021

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El Gobierno ha anunciado el nuevo Subsidio de Arriendo Especial Clase Media, con el fin de ayudar a las personas que han disminuido considerablemente sus ingresos y se encuentren arrendando una vivienda en la actualidad.

¿De qué consta el beneficio?

Según informó el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, este subsidio consiste en una ayuda de hasta 250 mil pesos, durantes tres meses para arriendos que vayan desde los 250 mil pesos hasta los 600 mil pesos. La intención es llegar a 50 mil familias y lograr hasta un 70% de cobertura del arriendo.

¿Cómo se realiza el pago?

Mediante una transferencia directa al arrendador, al cual se le cancelarán los tres meses de una sola vez. Ejemplo, si el beneficio lo ayuda con 200 mil pesos mensuales, se le depositarán al arrendador los $600 mil correspondientes a los tres meses.

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¿Cuáles son las fechas de postulación?

El cuarto proceso de postulaciones finaliza este 30 de julio.

¿Cuáles son los requisitos?

Es necesario acreditar la cesantía o la disminución de por lo menos el 30% de los ingresos económicos.

Si la causa de la solicitud es por cesantía, es necesario presentar el finiquito del contrato de trabajo con fecha posterior al 1 de marzo del año 2020 y el certificado de pagos de cotizaciones previsionales de su AFP correspondiente, donde se compruebe la cesantía.

Por otro lado, si el beneficio se pide debido a una disminución de al menos el 30% de los ingresos económicos, será necesario acreditar esto con uno de los siguiente documentos:

  • Informe emitido por el Servicio de Impuestos Internos respecto de los seis últimos meses de boletas de honorarios.
  • Tres liquidaciones de sueldo o boletas de honorarios en que conste la disminución de los ingresos.
  • Certificado de Pagos de Cotizaciones Previsionales o el de pagos de Cotizaciones en FONASA en que conste la disminución de los ingresos.
  • Modificación del contrato de trabajo en que conste la disminución de los ingresos.
  • Si los ingresos no se pueden acreditar de una de las formas antes señaladas, para certificar su disminución se podrá presentar un informe social de una entidad o servicio público, como municipalidad, que dé cuenta de la situación socioeconómica actual del postulante y de la disminución de sus ingresos.
  • Cualquier otro documento en el que conste de manera fehaciente la modificación de las condiciones laborales.

En el caso de los adultos mayores que estén jubilados, no necesitarán acreditar cesantía o disminución de ingresos. Sólo deberán presentar el comprobante del pago de pensión de vejez.

Además, si el postulante cuenta con Registro Social de Hogares (RSH), debe declarar Núcleo Familiar de acuerdo a la información que dicho registro indica. En casos de no contar con RSH, el postulante deberá declarar el Núcleo Familiar con el que postula al beneficio, el cual debe indicar el nombre, número de su cédula de identidad, edad y parentesco. Es importante tener en cuenta que en este caso los ingresos anteriores a la rebaja del 30% o a la cesantía no pueden superar los 2 millones de pesos.

Un punto importante es tener los antecedentes que acrediten el actual arriendo de una vivienda, y para ello es necesario:

  • Presentar un contrato de arrendamiento firmado ante Notario Público, o un contrato simple firmado por las partes al cual se deberá adjuntar declaración jurada simple del arrendatario y del arrendador dando fe de la veracidad del contrato, con fecha hasta anterior a la publicación en el Diario Oficial de la resolución que autoriza el presente llamado, por hasta $600.000, en el cual conste la dirección de la vivienda y la individualización del arrendatario y del arrendador (nombre y Rut de ambos). El arrendatario puede corresponder a alguno de los integrantes del Núcleo Familiar declarado.
  • Completar en la plataforma el número de rol de avalúo.
  • Declaración jurada por el arrendador otorgada, mediante formato tipo aportado por el Minvu, en la que junto con manifestar que es dueño de la vivienda, que ésta cuenta con Recepción Municipal y que no se encuentra sujeta a embargo, se compromete a participar en el marco de este Llamado y mantener el arriendo por todo el tiempo cubierto por el subsidio (hasta el pago de la última cuota). El Serviu podrá solicitar antecedentes adicionales que permitan verificar la veracidad de las declaraciones. En caso de comprobarse por parte del Serviu, falsedad en la declaración jurada, el arrendador incurrirá en las penas del Artículo 210 del Código Penal.
  • Llenar en su postulación los datos de la cuenta de depósito al arrendador.

¿Cómo se postula?

La solicitud del beneficio se realiza de manera online a través de la página web del MINVU, y entrando en la sección llamada Subsidio de Arriendo Especial Clase Media.

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