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Desde derecho al ocio hasta neurodivergencia: los artículos que aprueba la Convención

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Agencia Uno
POR Paul Follert |

En el Pleno alcanzan el cuórum requerido de dos tercios una serie de artículos donde se incluyen materias relacionadas con la libertad de prensa y derechos culturales.

Las redacciones originales no convencieron al Pleno de la Convención Constitucional y fueron rechazadas, pero este miércoles 16 de marzo tuvieron una nueva oportunidad. Las normas de la comisión de Sistemas de Conocimiento que habían sido rechazadas en las votaciones en general y particular volvieron con una nueva redacción.

Las normas contenidas en dos documentos denominados “Informe de Reemplazo” e “Informe de segundas propuestas” fueron sometidas a un nuevo debate y votación en el Pleno. En ellas se abordaban temas como el derecho a la comunicación; la concentración de los medios; los derechos culturales; entre otros. 

Los dos primeros artículos en votarse lograron superar el cuórum de dos tercios y se incorporaron al borrador de nueva Constitución. En particular, el primero de ellos señala que “toda persona, individual o colectivamente, tiene derecho a producir información y a participar equitativamente en la comunicación social”. Además, se reconoce el derecho a “fundar y mantener medios de comunicación e información”.

El segundo artículo en aprobarse se refiere a la concentración de los medios, sobre la cual establece que el “Estado impedirá la concentración de la propiedad de los medios de comunicación e información. En ningún caso se podrá establecer el monopolio estatal sobre ellos. Corresponderá a la ley el resguardo de este precepto”.

Distinta suerte tuvo la propuesta que buscaba que el Estado garantizara el derecho de los pueblos originarios a desarrollar medios de comunicación e información “preferentemente en sus propias lenguas”, lo cual fue rechazado por 36 votos en contra, 92 a favor y 23 abstenciones. Por lo tanto, deberá volver a la comisión. 

No así el primer inciso del mismo artículo, el cual fue aprobado por dos tercios y fija que el Estado “fomenta la creación de medios de comunicación e información y su desarrollo a nivel regional, local y comunitario”.

Respecto de la libertad de prensa, el Pleno aprobó el artículo donde se establece que el Estado “debe respetar la libertad de prensa, promover el pluralismo de los medios de comunicación y la diversidad de información”. Además, se agrega la prohibición de la censura previa.

Asimismo, se votó toda una propuesta nueva sobre derechos culturales. En ese contexto, se aprobó una serie artículos donde se establecen derechos como participar libremente en la vida cultural; “derecho a la identidad cultural, a conocer y educarse en las diversas culturas, así como a expresarse en el idioma o lengua propios”; la “no discriminación arbitraria de las diversas cosmovisiones que componen la interculturalidad del país”; entre otros.

Otra de las normas que concitó gran apoyo, y que se aprobó por 109 votos a favor, fue el derecho al ocio. En concreto, en el artículo se lee que todas las personas “tienen derecho al descanso, al ocio y a disfrutar el tiempo libre”.

También llegaron a la meta una serie de propuestas sobre los derechos digitales, con lo cual quedó establecido la obligación del Estado de “superar las brechas de acceso, uso y participación en el espacio digital, sus dispositivos e infraestructuras”, así como también garantizar el derecho a participar de un espacio digital libre de violencia.

Finalmente, una de las normas más innovadoras fue la incorporación al borrador constitucional del artículo referido a la neurodiversidad. En este se señala que el Estado “reconoce la neurodiversidad y garantiza a las personas neurodivergentes su derecho a una vida autónoma, a desarrollar libremente su personalidad e identidad, a ejercer su capacidad jurídica y los derechos, individuales y colectivos, reconocidos en esta Constitución y los tratados e instrumentos internacionales de Derechos Humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”.

Vuelven a la comisión

Peor suerte tuvieron otros artículos que deberán volver a la comisión para ser reformulados una última vez. Es el caso del artículo que buscaba garantizar el derecho a “acceder a la educación mediática con enfoque de género y derechos humanos, con el fin de garantizar la formación de una ciudadanía activa, crítica e informada”.

Mismo destino tendrá la norma que buscaba establecer “la protección y seguridad de las fuentes de información, los periodistas y de quienes ejercen la labor de comunicar”, la cual volverá a ser revisada por la comisión. 

Respecto de temas culturales, también deberán volver los artículos referidos al reconocimiento del “valor de las culturas comunitarias”; la “identidad e integridad cultural”, el arte callejero, derecho al cuerpo y los principios de bioética. Lo mismo ocurrió con el inciso donde se señala que el “Estado garantiza los recursos para hacer efectiva la actividad cultural y artística”.