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El “gran acuerdo” que viabiliza un nuevo sistema político se aprueba y será zanjado por el Pleno

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Agencia Uno
POR Sofia del |

La propuesta incluye reelección presidencial, voto voluntario para jóvenes de 16 y 17 años, y una Cámara de Regiones con atribuciones acotadas.

Aunque los integrantes de la Comisión de Sistema Político que participaron en el “Gran Acuerdo” sabían que contaban con los votos necesarios, la principal tarea era ratificarlo en particular sin mayores sorpresas. Y eso fue lo que pasó.

Con 17 votos a favor, cinco en contra (Fuad Chahin, Renato Garín y parte de la derecha) y tres abstenciones, la propuesta que trata materias como la composición del Congreso y la estructura del Poder Ejecutivo avanzó esta valla convencional.

Y a pesar de que todavía quedan elementos por zanjar -el viernes 1 de abril será la última sesión para votar los artículos propuestos que fueron rechazados en el Pleno-, el esqueleto de cómo se estructurarían los poderes Ejecutivo y Legislativo ya se empieza a vislumbrar. Esto, si se proyecta la votación de este miércoles 30 al Pleno, instancia donde se requiere de 2/3 para que pase al borrador final del texto constitucional. 

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Respecto de algunas indicaciones provenientes de los convencionales de derecha, las cuales buscaban, por ejemplo, mantener el Senado como segunda cámara pero con modificaciones, o proponían la figura de un vicepresidente, todas fueron rechazadas. Por lo tanto, la votación fue en bloque: los colectivos que suscribieron el “acuerdo” no se salieron de la pauta. 

Se elimina el Senado 

La propuesta para el Poder Legislativo elimina la palabra Senado y la reemplaza por un Congreso de Diputadas y Diputados, y una Cámara de las Regiones.

En cuanto al Congreso de Diputados -instancia donde recaería el grueso de la legislación, por ser la cámara de representación política-, se define como un “órgano deliberativo, paritario y plurinacional”, y estará integrado por un número no menor a 155 miembros. Dentro de sus atribuciones figuran algunas como fiscalizar los actos del Gobierno; otorgar su acuerdo para que el Presidente de la República pueda ausentarse del país por más de treinta días; conocer de las contiendas de competencia que se susciten entre las autoridades políticas o administrativas y los tribunales superiores de justicia; entre otras.

La Cámara de las Regiones, en tanto, es descrita como “un órgano deliberativo, paritario y plurinacional de representación regional encargado de concurrir a la formación de las leyes de acuerdo regional y de ejercer las demás facultades encomendadas por esta Constitución”. 

¿Cuáles son las materias en las que puede intervenir esta Cámara? La ley anual de Presupuesto; el sistema electoral; la división político-administrativa; reformas constitucionales sobre Ejecutivo y Legislativo y reformas sobre órganos como la Contraloría y el Servicio Electoral (Servel), entre otras.

El Congreso de Diputadas y Diputados y la Cámara de las Regiones se renovarán en su totalidad cada cuatro años.

Jefe de Estado y Gobierno 

Tras distintos diseños y ecuaciones -como primer ministro y vicepresidente, entre otros-, finalmente el “acuerdo” determinó que el Gobierno y la administración del Estado corresponden al Presidente de la República, quien ejerce la jefatura de Estado y la jefatura de Gobierno. Además, se acordó que el período presidencial dure cuatro años, con posibilidad de reelección por una sola vez, sea o no de forma inmediata.

Dentro de sus facultades estaría nombrar y remover a los ministros de Estado, subsecretarios, conducir las relaciones exteriores, suscribir y ratificar los tratados, convenios o acuerdos internacionales, nombrar y remover a embajadores, declarar los estados de excepción constitucional en los casos y formas que se señalan en la Constitución y la ley, ejercer permanentemente la jefatura suprema de las Fuerzas Armadas, disponerlas, organizarlas y distribuirlas para su desarrollo y empleo conjunto, entre otras medidas. 

Sistema electoral 

“Para las elecciones populares, la ley creará un sistema electoral conforme a los principios de igualdad sustantiva, paridad, alternabilidad de género” dice parte de la norma propuesta.

Respecto del voto, se indica que “el sufragio será universal, igualitario, libre, directo, secreto y obligatorio para las personas que hayan cumplido 18 años. Su ejercicio constituye un derecho y un deber cívico.” Pero una de las novedades de esta normativa es que incluye que “el sufragio será facultativo (opcional) para las personas de dieciséis y diecisiete años de edad”. 

También se establecerían escaños reservados “para los pueblos y naciones indígenas en los órganos colegiados de representación popular a nivel nacional, regional y local, cuando corresponda y en proporción a la población indígena dentro del territorio electoral respectivo, aplicando criterios de paridad en sus resultados”.