Actualidad

Corte Suprema responde a dichos de Boric sobre caso Mateluna: “La facultad de conocer de las causas pertenece a los tribunales”

Imagen principal
Agencia Uno
POR Manuel Izquierdo |

Citando la Constitución, el pleno del máximo tribunal recalcó que “ni el Presidente ni el Congreso pueden, en caso alguno, ejercer funciones judiciales, avocarse a causas pendientes, revisar los fundamentos o contenido de sus resoluciones o hacer revivir procesos fenecidos”.

Este lunes 2 de enero, en el marco de su visita a Brasil, el Presidente Gabriel Boric explicó las razones que lo llevaron a conceder el indulto al exfrentista Jorge Mateluna, condenado a 16 años de prisión luego de robar una sucursal bancaria en 2013. 

El Mandatario sostuvo que “tengo la más profunda convicción de que en el juicio a Jorge Mateluna hubo irregularidades, y una valoración de la prueba que no estuvo a la altura de la justicia”. Y recalcó que está convencido “de la inocencia de Jorge. Por eso hemos llevado adelante este indulto”.

Durante esta jornada, el pleno de la Corte Suprema se reunió en forma extraordinaria y emitió una declaración en que recordó que la facultad de juzgar corresponde a los tribunales de justicia.

“Atendidas las expresiones efectuadas por el Presidente de la República […] en que cuestiona los fundamentos y la regularidad de un proceso judicial afinado (caso Mateluna), la Corte Suprema se ve en la necesidad de recordar lo dispuesto en el inciso 1° del artículo 76 de la Constitución Política de la República”, señalaron.

Citando a la Carta Fundamental, afirmaron que “la facultad de conocer de las causas civiles y criminales, de resolverlas y de hacer ejecutar lo juzgado, pertenece exclusivamente a los tribunales establecidos por la ley”.

“Ni el Presidente de la República ni el Congreso pueden, en caso alguno, ejercer funciones judiciales, avocarse a causas pendientes, revisar los fundamentos o contenido de sus resoluciones o hacer revivir procesos fenecidos”, agregaron.

El pleno del máximo tribunal explicó que “se previene que el Ministro señor Llanos estuvo por no emitir declaración pública, sin perjuicio de hacer presente en forma privada al Presidente de la República la inconveniencia de efectuar las expresiones que fueron reproducidas por los medios de prensa respecto de las actuaciones de este Poder del Estado”.

Revise la declaración completa de la Corte Suprema: 

Corte Suprema responde a dichos de Boric sobre caso Mateluna: “La facultad de conocer de las causas pertenece a los tribunales”