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Entra en vigencia la ley que regula los vapeadores en Chile: conoce sus principales medidas y dónde ya no se pueden usar

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POR Sofía Cereceda Sotta |

Lo que hace la nueva normativa es asimilar los cigarrillos electrónicos con productos de tabaco, ya que “ambos tienen impactos negativos en la salud”.

Durante la jornada de este martes autoridades de salud presentaron las nuevas advertencias sanitarias para productos de tabaco y vapeo que comenzarán a regir a partir de hoy en el país.

Con lo anterior, “entra en vigencia una nueva ley, la ley 21.642, que lo que hace es que asimila los dispositivos de vapeo -que técnicamente son conocidos como los sistemas electrónicos de administración con nicotina y sin nicotina-, con productos de tabaco, homologando su regulación”, explicó la ministra (s) de Salud, Andrea Albagli.

Las nuevas regulaciones de la Ley de Tabaco y Dispositivos Electrónicos, que amplían las restricciones sanitarias a los vaporizadores, sus accesorios y líquidos y que ya comenzaron a implementarse fueron presentadas por Albagli, junto al representante de OPS/OMS en Chile, Giovanni Escalante, y directora de Senda, Natalia Riffo.

Según explicó la ministra (s) se homologa la regulación de los vapeadores con el tabaco, ya que “ambos tienen cosas en común”: “Si bien los dispositivos de vapeo no tienen tabaco, eso no quiere decir que no compartan la característica más importante con el tabaco, que es que son altamente nocivos para la salud”, sostuvo la autoridad.

Agregó que “tanto el tabaco como los dispositivos de vapeo con y sin nicotina tienen impactos negativos en la salud y además hay otras formas de las cuales no son independientes”.

Lo anterior, ya que según detalló, “hay abundante evidencia que demuestra que es muy frecuente su uso dual, es decir, uso paralelo tanto de tabaco como de dispositivos electrónicos de vapeo”.

Asimismo afirmó que “hay una escalada en el consumo, siendo ya así demostrado por la evidencia que sobre todo los adolescentes que utilizan dispositivos de vapeo luego tienen mayores probabilidades de iniciar la conducta de consumo de tabaco”.

Las medidas de la nueva ley

Según precisó Albagli, los elementos más importantes de esta ley “es que prohíbe la venta, la distribución o la entrega gratuita de cualquier dispositivo de vapeo a menores de 18 años, también prohíbe la venta de productos de vapeo en un radio de 100 metros alrededor de los establecimientos educacionales, prohíbe su consumo en todos los lugares donde ya se encuentra prohibido el consumo de tabaco”.

Junto con ello, la ministra (s), estableció que adicionalmente “entran en vigor las advertencias sanitarias para los productos de vapeo y sus accesorios”.

Además, señaló que “la ley regula su publicidad, algo que entrará en vigencia cuando los reglamentos asociados ya estén correctamente formalizados en todos sus actos administrativos”.

Posteriormente, Albagli fue consultada sobre los problemas de salud que genera el vapeo y señaló que “el uso de dispositivos electrónicos implica la inhalación de aerosoles, que son tóxicos” que “tienen efectos que son cancerígenos y por ende aumenta el riesgo de enfermedades respiratorias”.

En tanto estableció que su consumo, “aumenta el riesgo de generar enfermedades cardiovasculares” y estableció que “un elemento muy importante es que la mayoría de los dispositivos de vapeo contienen nicotina, que es una sustancia altamente adictiva, que por ende aumenta las probabilidades de futuras adicciones”.

Por último, aseguró que “cuando se consume, sobre todo durante la adolescencia, puede generar trastornos del aprendizaje, trastornos de la conducta, del control de impulso y también del ánimo. Y es por eso que es muy importante que, sobre todo en la etapa de la adolescencia, no se usen dispositivos de vapeo y es por eso que lo que hace la ley es que prohíbe su venta para menores de 18 años”.