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¿Es necesario proteger legal y constitucionalmente nuestro cerebro?

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Gerd Altmann, Pixabay
POR Marcela Gómez |

No hay consenso entre especialistas sobre si se justifica legislar para resguardar la actividad neuronal y evitar que futuras tecnologías accedan a nuestra mente. Pero dos proyectos avanza con rapidez en el Congreso.

No una, sino dos iniciativas -presentadas simultáneamente el 7 de octubre de 2020 por el mismo grupo transversal de senadores- buscan proteger nuestro cerebro y su actividad de eventuales intromisiones tecnológicas.

Los senadores Guido Girardi (PPD), Carolina Goic (DC), Francisco Chahuán (RN), Juan Antonio Coloma (UDI) y Alfonso De Urresti (PS) son los autores de una reforma constitucional para incorporar entre las garantías de la Carta Magna la protección de la integridad mental frente al avance de las neurotecnologías; y también un proyecto de ley que busca hacer operativo ese futuro mandato constitucional, proponiendo cómo proteger una nueva etapa de los derechos humanos, los “neuroderechos”, ante la amenaza de intervención tecnológica no consentida.

Ambas iniciativas se debatieron con entusiasmo en el seno de la Comisión Desafíos del Futuro del Senado. Contó con la opinión de científicos y expertos nacionales e invitados extranjeros. Entre ellos estuvieron el principal impulsor de este tema a nivel global, el neurobiólogo de la Universidad de Columbia Rafael Yuste; y el actor y director de cine Werner Herzog, quien realiza un documental sobre neurociencia y los países pioneros en establecer neuroderechos. Chile, por cierto, sería el primero y eso ha animado el debate a nivel científico.

Entre abril y mayo, a poco de iniciarse el proceso para escribir una nueva Constitución, el Gobierno le puso suma urgencia a la reforma constitucional (que fue aprobada en forma unánime en el Senado) y luego la elevó a discusión inmediata cuando el texto llegó a la Cámara de Diputados. Allí la idea de legislar recibió 143 votos a favor y está siendo revisada en particular en la Comisión de Ciencias.

En tanto, el proyecto de ley asociado enfrenta su discusión en particular en el Senado, que ya visó la idea de legislar sobre cinco neuroderechos: a la identidad personal, al libre albedrío, a la privacidad mental, al acceso equitativo a tecnologías que aumenten la capacidad cognitiva y a ser protegido contra los sesgos de los algoritmos.

¿Está desprotegido el cerebro o en riesgo ante las nuevas tecnologías? ¿Es mejor adelantarse y generar un marco legal que pueda evitar daños a futuro? Desde distintas perspectivas, una experta en derecho y tecnología, un neurocientífico, un especialista en filosofía de la mente y un investigador en neurosicología abordan este tema.

Chile, pionero ante los riesgos

Abrir un debate para incluir los neuroderechos en la Constitución es un “esfuerzo pionero” que está realizando Chile, y lo está haciendo con “un alto estándar jurídico y científico, con un espíritu colaborativo y transdisciplinario”. Así lo afirma el director del Centro de Investigación en Neuropsicología y Neurociencias Cognitivas de la Universidad Católica del Maule, Boris Lucero.

Destaca que las neurotecnologías están teniendo un vertiginoso desarrollo y estima que Chile “está siendo previsor” al anticipar normativas para proteger a las personas, “sobre todo ante la posibilidad tecnológica real de que exista un hackeo a los cerebros”. Otro riesgo que avizora se relaciona con los intereses comerciales de empresas para utilizar la neurotecnología, “incluso con la intención de aumentar las capacidades naturales del sistema nervioso del ser humano”, algo que podría prestarse a un mal uso que debe prevenirse.

A su juicio, si bien estas posibilidades no son “tan visibles todavía para el público en nuestro país”, hoy se está en un punto de inflexión. Hay tecnologías más accesibles, más empresas empujando estos desarrollos, una mayor diversidad en la oferta y también en los usos, los que incluyen investigación, neurofeedback, interfaces cerebro-computador y control de dispositivos, entre otros.

“Es difícil poder prever hoy por anticipado todas las potenciales características, funcionalidades y aplicaciones que pueda llegar a tener este tipo de neurotecnologías a futuro”, advierte. Por ello, estima que legislar al respecto es conveniente. Además, porque abre espacio a otros temas relacionados, como la protección de los datos personales (incluyendo los neurodatos) frente a los algoritmos que capturan información sobre la conducta y fisiología de las personas que participan en plataformas en internet y redes sociales.

¿Leer la mente? No todavía

“Toda mi carrera científica en neurofisiología la he dedicado a extraer o introducir señales en el cerebro para lograr efectos terapéuticos. Desde esa experiencia, encuentro casi de ciencia ficción preocuparse de legislar en función de proteger exclusivamente la información del cerebro”. Así reacciona el profesor del Departamento de Neurociencias y director de Investigación de la Facultad de Medicina de la Universidad de ChileRómulo Fuentes, cuya investigación sobre la neuromodulación de la médula espinal como terapia para el Párkinson es objeto de estudio y ensayos clínicos en distintos países.

“Entiendo que haya científicos y también público general con posiciones distintas. La propuesta tiene elementos valiosos y novedosos que vale la pena discutir; por ejemplo, lo que se refiere a inteligencia artificial y algoritmos”, dice. Pero agrega que hoy “aún sabemos muy poco del cerebro y de su codificación. Creo que no estamos cerca de lograr en la vida diaria lo que se dice [por ejemplo, leer o hackear cerebros]. No existe la capacidad científica de leer la mente: existe la capacidad limitada de hacer predicciones del comportamiento o la percepción a partir de señales cerebrales en condiciones extremadamente controladas”.

El investigador expresa su extrañeza de que exista un esfuerzo de legislar “suponiendo que una inteligencia artificial va a leer nuestros pensamientos y nos podría manipular, cuando en la vida real no contamos con tratamientos robustos para condiciones como el Alzhéimer o Párkinson, por citar dos enfermedades neurodegenerativas que no tienen cura“. Y advierte que lo que hoy existe a nivel experimental o clínico ya se realiza bajo estrictas normas, como ocurre con los enfermos de Párkinson que reciben implantes cerebrales para tratar los síntomas motores “protegidos por la legislación local, a la par con los estándares internacionales”.

Un segundo aspecto que le genera recelo es el enfoque “casi de culto” hacia el cerebro. “Si bien es un órgano muy importante, es parte de un cuerpo y no se puede separar de él. Sabemos que el comportamiento motor es operado directamente por el cerebro, pero este está alojado en un organismo con otros sistemas, incluido un sistema nervioso entérico, sistemas hormonales, etcétera, con los cuales interactúa de una forma compleja para finalmente generar el comportamiento”.

Por eso, dice, las legislaciones que hoy existen protegen al ser humano en su integridad, como un todo, no como órganos o sistemas separados. Y recuerda que en cualquier órgano o parte del cuerpo, “incluso en un pelo o una célula de piel, hay gran cantidad de información sensible, sin ir más lejos, tu ADN”.

Legislar sobre algo que no existe

En el ámbito jurídico hay discrepancias sobre la necesidad de legislar sobre neuroderechos, debido a que la Constitución ya protege el derecho a la vida e integridad física y síquica de las personas.

Entre quienes estiman que legislar no se justifica está la doctora en derecho e investigadora del Centro de Derecho Informático de la Universidad de Chile Danielle Zaror Miralles. Ha centrado su carrera en los temas de derecho y tecnología. “Tanto la reforma constitucional como el proyecto de ley apuntan en lo fundamental a evitar la posibilidad de invasiones no consentidas a la privacidad mental, que no existen en Chile y no se ha probado que existan en ninguna otra parte del mundo”, plantea. Añade que tampoco se definen los organismos públicos responsables de cautelar que ello no ocurra, cómo van a fiscalizar ni tampoco quiénes son los sujetos que deberán cumplir estas leyes.

“Que se trate de un proceso legislativo pionero no parece una justificación suficiente, porque parece imposible destinar recursos públicos a prevenir conductas inexistentes y se arriesga a rigidizar una visión que podría ser superada por el avance tecnológico”, dice. En esto, recuerda que la Ley de Delitos Informáticos se aprobó en 1993, cuando ni siquiera había internet ni computadores en forma masiva en Chile, por lo que quedó obsoleta antes de producir efecto. “Lo que legitima las leyes son sus resultados”, advierte.

A su juicio, el argumento para legislar descansa en los riesgos que podrían generarse si situaciones de laboratorio, aisladas y específicas, se masificaran y salieran del ámbito científico o académico, donde se desarrollan bajo una estricta regulación. “Quizá lo más valioso de esta discusión es que levanta una alerta sobre la metodología existente para hacer ciencia y tecnología, porque las universidades tienen mayores estándares de transparencia, control y trazabilidad que las empresas privadas”, afirma.

Definir mejor el problema

El sicólogo y doctor en filosofía Pablo López-Silva, académico de la Universidad de Valparaíso, se ha especializado en filosofía de la mente. Desde esa óptica, admite que si bien hay quienes consideran que los riegos expuestos “no son realistas y nunca van a pasar”, es bastante probable que empiecen a masificarse tecnologías de acceso a datos neuronales. “Hay una amenaza real. Si estos dispositivos pueden ser hackeados, eso genera una necesidad práctica de proteger a personas de potenciales crímenes de quienes se apoderen de estos datos”, opina.

Sin embargo, desde el punto de vista filosófico estima que hay dificultades en la forma en que se está legislando. “No soy mis datos neuronales, soy mucho más que eso; pero aquello que yo soy está constituido por la actividad de mi cerebro”, afirma. Sostiene que la legislación que se adopte tiene que ser suficientemente clara para distinguir términos como neuronal, mental y sicológico, “que no son sinónimos”.

Alerta que al ignorar diferencias conceptuales se podrían confundir procesos distintos, como por ejemplo la falta de consentimiento ante una invasión a datos neuronales y eventual daño sicológico al afectado. Incluso es posible que, inadvertidamente, se pueda llegar a limitar el desarrollo de la neurociencia de uso terapéutico.

Junto con mayor precisión conceptual, plantea que se requiere una visión más amplia. “El gran problema de la neurociencia actual es que no puede reducir la complejidad de la experiencia consciente a lo que ocurre en el cerebro. Hay que ampliar el marco antropológico de estas leyes: en vez de centrarlo en el cerebro, hay que hacerlo en las personas”, propone.