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Control preventivo del TC: el nudo en la discusión que viene para su reforma

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Agencia Uno
POR Ana María |

El grado de atribuciones con que cuenta el Tribunal Constitucional es lo principal que, hasta ahora, divide a los parlamentarios del oficialismo y la oposición. Pero sí hay consenso en otros puntos.

Aunque aún no hay proyecto de ley, ya se han producido las primeras conversaciones entre parlamentarios de la oposición y el oficialismo con el Gobierno en torno a lo que podría ser la reforma al Tribunal Constitucional (TC), contemplada en el programa de Sebastián Piñera.

Se trata de acercamientos preliminares para abordar el tema con el ministro de Justicia, Hernán Larraín,y en los que ya es posible visibilizar consenso en varios puntos, como el cambio en el sistema de nombramiento de los ministros del TC, así como una diferencia clave que será la piedra de tope de ambos sectores políticos en la discusión: si eliminar, como quiere parte de la oposición, el control preventivo obligatorio de las leyes o conservar la atribución del Tribunal Constitucional, en el caso del oficialismo.

“Lo importante es dónde está la discusión del fondo y el hueso es si debe haber o no control del tribunal sobre la legislación”, dice el senador Andrés Allamand (RN), miembro de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia.

Fue el propio Presidente Piñera quien, el pasado 1 de marzo, anunció que el Gobierno contempla en 2019 una reforma al TC. Lo comunicó minutos después de que el presidente de la Corte Suprema, Haroldo Brito, formulara una serie de críticas al rol del Tribunal Constitucional en su discurso en la inauguración del Año Judicial 2019: explicitó que había un “estado de tensión” entre el Poder Judicial y el organismo que preside Iván Aróstica y llamó a “observar rigurosamente los límites insalvables de las distintas competencias”. 

Esa vez, Brito se centró en dos puntos: en los fallos cruzados que hubo en 2018 de la Suprema con Tribunal Constitucional, entre ellos cuando el TC declaró inaplicables las normas del Código del Trabajo sobre justicia laboral, y al retraso que significa para los tribunales los recursos de inaplicabilidad que acoge el TC y que implican la paralización de causas de derechos humanos en un promedio de 238 días.

El Poder Judicial, sin embargo, no es la única institución que ha entrado en conflicto con las atribuciones del TC; parte del Congreso también, como cuando el tribunal eliminó las facultades sansonatorias al Sernac y, en el caso del aborto en tres causales, declaró inconstitucional el reglamento de objeción de conciencia.

Lo ocurrido con el Sernac es uno de los ejemplos que toma el senador PPD e integrante de la Comisión de Constitución, Felipe Harboe, para explicar el conflicto con el TC. De hecho, el año pasado él también presentó una reforma destinada a terminar con el control preventivo obligatorio y que prohíbe que se haga ese control sin previo requerimiento de los parlamentarios.

“En el caso del Sernac, los ministros debieron haber revisado ‘el 24%’ del proyecto, pero se arrogaron la facultad de revisar ‘el 60%’. Entonces, cuando ellos califican qué es orgánico constitucional y qué no, es un abuso y van más allá de sus atribuciones”, explica Harboe.

Allamand (RN) no coincide en este punto: “En relación a la existencia y roles del Tribunal Constitucional, hay dos visiones encontradas: hay algunos que sostienen que, y me incluyo en ese grupo, que el TC debe tener un rol de contralor de la tarea legislativa para asegurarse que los proyectos de ley en definitiva se ajusten a la Constitución”.

Y añade: “El fundamento de la democracia constitucional es que las leyes tienen que ajustarse a la Constitución, pero la pregunta es la siguiente: ¿qué pasa si un Congreso por una mayoría, que puede ser amplia o muy pequeña, promulga una ley que es derechamente contraria a la Constitución? ¿Cómo se resuelve ese problema? Nosotros pensamos que tiene que haber un tribunal que sea capaz decir en ese minuto que esa legislación no se ajusta a lo que señala la Constitución”.

Harboe reconoce que este “es el punto en que no nos hemos puesto de acuerdo”. Y explica que, de eliminarse este control, puede ocurrir que si un tribunal representa alguna norma de un proyecto que haya sido despachado por el Congreso, “lo que debería ocurrir es que el TC lo envíe al Parlamento para que lo corrija y no que lo modifique, como fue el caso del aborto o del Sernac”.

“Cuando se trata de un control obligatorio, no hay problema, se puede hacer. Eso ni siquiera está en discusión. Tal como son los tribunales más prestigiosos del mundo. El año pasado estuvo en Chile un ministro del Tribual Constitucional alemán que les dio clases a estos ministros [los chilenos]. Les dijo: La democracia es como un partido de fútbol: juegan el parlamento y el gobierno, Y el TC es el juez del partido: solo arbitra”.

Los puntos en común

En lo que sí hay convergencia es en que se debe modificar el sistema de nombramientos de los 10 integrantes del TC. Actualmente, tres son designados por el Presidente de la República, tres por el Pleno de la Corte Suprema (en votación secreta); dos por el Senado y dos por la Cámara de Diputados.

“La verdad es que este procedimiento de nombramiento tanto en la Cámara como en el Senado no ha tenido los elementos de apertura, participación y conocimiento que corresponde para una iniciativa de esta naturaleza. En otros países, el escrutinio que se hace a sus miembros es absolutamente a fondo. Hasta le revisan las notas que tuvieron en la universidad y cualquier persona que haya tenido alguna conducta incorrecta en su vida profesional, queda inmediatamente descartada”, dice Allamand.

En tanto, el grupo de abogados constitucionalistas, liderados por el abogado Gastón Gómez, que en paralelo está trabajando en un proyecto para modernizar el TC que pretenden entregar en mayo a La Moneda y el Congreso, han observado con especial atención el sistema de designaciones que Estados Unidos tiene para la Corte Suprema.

Otro punto en común, y que también está contenido en el programa de Piñera, es la eliminación del voto dirimente que hoy tiene el presidente del TC en caso de empate. Para ello se han analizado fórmulas como bajar el número de ministros de 10 a nueve (para que sean número impar) o eliminar la norma.

Harboe agrega otro punto donde dice que hay consenso: en la posibilidad de remoción de sus ministros. “No me parece que en una democracia consolidada tengamos autoridades que son inamovibles”.