Economía

Cómo las AFP pagarán a quienes retiren dinero de sus fondos

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Las personas podrán retirar ahorros durante un año desde que se publica la ley. Crédito: Agencia Uno
POR Marcela Gómez |

Dónde llenar la solicitud, qué hacer si no tiene una cuenta bancaria o si prefiere decidir más adelante. Revise las respuestas a estas y otras dudas de la “operación retiro”.

Dos oficios con instrucciones a las AFP sobre cómo y en qué plazos debe concretarse el retiro anticipado de fondos por parte de los cotizantes emitió la Superintendencia de Pensiones (SP). Las gestoras tiene plazo hasta el 28 de julio para formular comentarios a las normas.

El regulador instruye paso a paso cómo deberá desarrollarse la inédita “operación retiro”, desde la primera comunicación a los afiliados hasta los detalles de cómo se dará este proceso durante los 365 días que estará disponible para quienes tengan ahorros en las AFP.

Primera comunicación

Entre este viernes 24 y el lunes 27 de julio los afiliados deben recibir de su AFP, preferentemente vía email, información sobre el monto máximo (en pesos y en valor cuota) que podrían retirar. Ese valor en pesos es referencial, ya que podría variar al momento del retiro debido a que las cuotas de los fondos se valorizan a diario.

La comunicación deberá incluir el porcentaje que representa el retiro máximo permitido respecto del total acumulado en su cuenta. También detallará el procedimiento para el retiro y pago, enfatizando la necesidad de privilegir canales electrónicos para mantener los resguardos sanitarios en el contexto de pandemia.

Quiénes pueden retirar 

Tienen derecho a retirar parcialmente sus fondos los afiliados nacionales y extranjeros que tengan saldos en sus cuentas de capitalización individual obligatoria y también quienes coticen en forma voluntaria. Si tienen ambos tipos de cuentas, el retiro se calcula sumando ambos saldos. 

La ley también llega a los pensionados. Podrán retirar fondos los jubilados por renta temporal o retiro programado por vejez o invalidez, y los beneficiarios de pensión de sobrevivencia bajo la modalidad de renta temporal o retiro programado. En este segundo caso, el retiro deberá efectuarse desde el capital necesario para financiar cada una de las pensiones de sobrevivencia del afiliado causante.

El retiro parcial de fondos no aplica ni a los pensionados por renta vitalicia (pagadas por compañías de seguros de vida) ni del sistema antiguo de cajas.

Llene su solicitud

Existirá un formato único de solicitud para todas las AFP, que estará disponible en un sitio web que deberá estar operativo para el público cuando la nueva ley se publique en el Diario Oficial. A esta plataforma se podrá acceder desde el sitio de cada AFP.

El solicitante deberá ingresar sus datos personales y de contacto (correo electrónico, celular u otro), además de elegir la modalidad de pago: transferencia a una cuenta de ahorro voluntario (Cuenta 2), depósito en una cuenta bancaria o en una cuenta de provisión de fondos en cajas de compensación cuyo titular sea exclusivamente el afiliado.

Quienes no posean estas cuentas recibirán el pago mediante un vale vista nominativo que debe ser cobrado en una entidad financiera. Las AFP no entregarán dinero en efectivo.

Lo que se tiene que elegir

El sistema le presentará a afiliado el monto máximo posible de retirar, en cuotas y en pesos (referenciales), separados por tipo de fondo. Si la persona tiene sus ahorros en dos tipos de fondo, el retiro provendrá de ambos en forma proporcional.

Se ofrecerá la opción de retirar el máximo permitido y la opción de un retiro parcial. En este último caso, y dado que existe un año plazo para concretar el retiro, el solicitante podrá efectuar nuevos retiros hasta completar el máximo.

La aplicación deberá entregar un comprobante al afiliado donde conste la fecha de la solicitud, el monto en cuotas solicitado y la fecha para los respectivos pagos. Debido a la fluctuación del valor de la cuota, el monto a retirar puede variar desde la fecha de la solicitud hasta que se transfiere a la cuenta personal o se emite el vale vista.

La AFP deberá validar el documento de identidad del solicitante y notificarle que ha recibido la solicitud de retiro al medio de contacto que registró. El estado del trámite podrá ser monitoreado remotamente por el afiliado. 

En un plazo máximo de dos días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud de retiro, las AFP deberán responder si la acepta o rechaza (y en este caso, explicar las razones; por ejemplo, no estar afiliado, no tener saldo o manifestar otra causa), dice la Superintendencia de Pensiones.

Alerta de menor pensión

Cuando el solicitante llene el formulario, el sistema presentará en forma automática una alerta que advertirá al afiliado sobre el impacto negativo del retiro en su pensión.

En el caso de los pensionados, recibirán mensajes personalizados. Aquellos por retiro programado serán informados que el monto de su pensión se recalculará cuando corresponda, considerando el menor saldo en su cuenta, y que si retiran todos sus ahorros podrían quedarse sin pensión de no tener acceso a beneficios del Pilar Solidario.

A los pensionados por renta temporal se les informará que el monto del retiro afectará el próximo cálculo de anualidad y, dependiendo del caso, podría quedar algunos meses sin pensión, previo al inicio del pago de su renta vitalicia.

Cómo se paga

El 50% del retiro aceptado se pagará entre cuatro y 10 días hábiles desde que se presenta la solicitud ante la AFP, y el 50% restante en un máximo de 30 días hábiles desde la fecha de pago del primer retiro. Cada pago tendrá un límite de UF 75 ($ 2,1 millones aproximadamente) y estará libre de impuestos.

Para determinar el monto en pesos a entregar, las AFP deberán considerar el valor cuota del día anteprecedente al del pago (dos días antes). El pago del retiro desde la cuenta individual tendrá prioridad respecto de todo otro pago o cargo.

Si se elige el depósito en la cuenta de ahorro voluntario (Cuenta 2), podrán usarse cuentas existentes o que se abran en forma inmediata para ese propósito, incluyendo personas que no están afiliadas al sistema de AFP (como los beneficiarios de pensiones de sobrevivencia).

En las transferencias a la Cuenta 2, la AFP deberá registrar dicho monto en un subsaldo, sin cobro de comisión ni impuestos. Por defecto, dice la superintendencia, las cuentas voluntarias que se abran deberán hacerlo en los mismos tipos de fondos en que se encuentre la cuenta obligatoria.

Cambios de fondo o de AFP

Existe plena libertad para cambiarse de fondo, pero si solicita transferir sus ahorros a otro fondo y ese cambio no se ha concretado cuando pide retirar dineros de su cuenta, el traspaso de fondo quedará suspendido hasta que se pague el retiro.

Una vez pagada la primera cuota del retiro, no se admitirán solicitudes de cambio de fondo mientras no esté disponible el pago de la segunda cuota, siempre que dicho pago deba realizarse en los siguientes 10 días hábiles.

Las solicitudes de cambio de AFP se suspenderán cuando el afiliado solicite el retiro de fondos y se reactivarán cuando se pague la segunda cuota. Esto será comunicado al afiliado cuando llene su solicitud de retiro.

Dónde buscar información

Cada AFP implementará en su web un minisitio que contendrá, al menos, la reforma constitucional aprobada, un conjunto de preguntas y respuestas en lenguaje claro sobre el tema. Además, deberán habilitar una aplicación informática que permita ingresar la solicitud de retiro, consultar la AFP de afiliación y resolver las consultas y reclamos que puedan surgir.

La Superintendencia de Pensiones también instruyó la realización de campañas de información masivas, el reforzamiento de servicios de atención telefónica y la optimización de la capacidad de atención presencial.