El jueves 18 de marzo fue un día importante para los 11.464 trabajadores y trabajadoras que recibieron el pago de su postulación al subsidio al empleo de la Línea Protege, según cifras del Ministerio del Trabajo.
El beneficio otorga un subsidio mensual de $200.000 a los trabajadores que tengan el cuidado de niños y niñas menores de 2 años, y que no tengan garantizado el derecho a sala cuna por parte de su empleador. Este monto se entrega durante tres meses por cada menor que el trabajador tenga a su cuidado, pero está sujeto a una extensión hasta de seis meses.
El proceso de postulaciones para el Subsidio Protege ya se encuentra disponible y se mantendrá hasta el 20 de agosto. Aquellos que hayan postulado hasta el 20 de julio, comenzarán a recibir sus pagos este miércoles 11.
El aporte está destinado para todos los nuevos trabajadores que hayan iniciado contratos entre mayo y octubre del 2021 y podrán obtener hasta 420 mil pesos en total.
Subsidio al Nuevo Empleo 2021: quiénes pueden postular y cuándo hacerlo
En primer lugar, es necesario que el postulante se encuentre actualmente trabajando, ya sea de forma presencial o en modalidad de teletrabajo.
Además, debe cumplir con el siguiente mínimo de cotizaciones:
- Trabajadores dependientes: tener cuatro cotizaciones (salud y AFP) pagadas en los últimos 12 meses previos a la postulación. Una de estas cuatro cotizaciones debe ser del mes previo a la postulación.
- Trabajadores independientes: haber cotizado como independiente en la última operación renta (2020) con aporte de cotizaciones total o parcial, o bien cumplir con cuatro cotizaciones (salud y AFP) en los últimos 12 meses, con el último mes cotizado previo a la postulación.
La solicitud se realiza de manera online en la página web del Subsidio al Empleo.
Si postuló antes del 20 julio:
- Primer pago: 11 de agosto o al siguiente día hábil bancario
- Segundo pago: 11 de septiembre o al siguiente día hábil bancario
- Tercer pago: 11 de octubre o al siguiente día hábil bancario
Este beneficio se entrega por tres meses desde la fecha de postulación inicial y puede ser renovado hasta por tres meses más dependiendo de la situación sanitaria.
Quienes postulen hasta el 20 de agosto:
- Primer pago: 11 de septiembre o al siguiente día hábil bancario
- Segundo pago: 11 de octubre o al siguiente día hábil bancario
- Tercer pago: 11 de noviembre o al siguiente día hábil bancario

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Es importante saber que el beneficio excluye a las personas que:
- Estén utilizando los beneficios de la Ley de Crianza Protegida (Licencia Médica Preventiva Parental – Suspensión por Motivo de Cuidado).
- Se encuentren con licencias prenatal, posnatal y posnatal parental.
- Se encuentren con sus contratos suspendidos por Ley de Protección al Empleo o Crianza Protegida al momento de la postulación.
- Se encuentre usando el permiso y licencia médica por enfermedad grave del niño menor de un año.
- Se encuentren haciendo uso del permiso y licencia médica por Ley Sanna.
- Estén suspendidas por Ley de Protección del Empleo.
- Están contratadas por una empresa que esté obligada a entregar beneficio de sala cuna, por tener contratadas a 20 o más mujeres.
- Sean funcionarios en instituciones del sector público.
La suspensión del beneficio se puede realizar si el trabajador no haya declarado y realizado el pago de cotizaciones más de dos meses consecutivos, durante los meses que reciba el subsidio, o que el trabajador beneficiario haya sido suspendido según las disposiciones de la Ley de Protección del Empleo.
Por otra parte, el beneficio se puede finalizar anticipadamente si:
- El menor cumple 2 años.
- Se termina cuando el postulante accede a cualquiera de los beneficios de la Ley de Crianza Protegida.
- Fallece el trabajador beneficiario.
- Fallece el niño o niña menor de 2 años.
- Tiene licencias por prenatal y posnatal.

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