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¿Qué propuestas se han aprobado por la Comisión de Expertos en temas de seguridad social?

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POR Andres Sepúlveda |

Se establece que el Estado es quien garantiza el acceso a prestaciones básicas de salud y pensiones, resguardando la libertad de acción entre actores públicos y privados. Hasta ahora no se han fijado cotizaciones obligatorias, dándoles al legislador la posibilidad de establecerlas.

La Comisión de Expertos está a contrarreloj para concluir con su mandato legal de entregar su propuesta en el plazo del 6 de junio. Por eso nuestra edición de esta semana del Constitucheck, de Watchdog PAUTA, quiso investigar sobre cuáles han sido las principales propuestas ya se han aprobado en materia de seguridad social.

En la décima sesión ordinaria efectuada por la Comisión el pasado 3 de abril se debatieron y votaron en general varias iniciativas constitucionales sobre este tema. Y este jueves 18 de mayo, la subcomisión IV sobre los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales atendió una serie de enmiendas que significaron modificaciones al numeral 20, donde se consagra el derecho a la seguridad social.

Los comisionados definieron que el Estado sería quien garantiza el acceso a prestaciones básicas y uniformes establecidas por la ley, resguardando a las personas de las contingencias de vejez, discapacidad, muerte, enfermedad, embarazo, maternidad, desempleo, seguridad y salud en el trabajo, sin perjuicio del establecimiento de otras contingencias por ley. Además, definieron que el legislador podrá establecer cotizaciones obligatorias. Los recursos con que se financie la seguridad social solo podrán destinarse al financiamiento y administración de sus prestaciones. Además, el Estado supervigilará el adecuado ejercicio del derecho a la seguridad social. Y finalmente, en el documento se señala que las leyes que regulen el ejercicio de este derecho serán aprobadas por la mayoría de los diputados y senadores en ejercicio.

Bettina Horst, comisionada experta patrocinada por la Unión Demócrata Independiente (UDI) y miembro de la Subcomisión IV sobre los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales, comentó que ya se concluyó la votación sobre todos los temas relacionados con derechos, incluyendo los aspectos de seguridad social, salud y educación, entre otros. Y aunque todavía se trabaja en unificar el texto, existe una versión pública disponible.

“En materia de seguridad social, en salud, ya quedó zanjado de que no habrán cotizaciones previsionales en esta etapa. Por lo menos uno esperaría ir a una segunda etapa, una etapa del Consejo Constitucional que asume el 7 de junio, en la que se establezca la posibilidad de poder fijar cotizaciones obligatorias, pero que esa fijación de cotizaciones obligatorias esté acompañada de la libertad de elección, que la persona pueda elegir el destino a esa cotización”, aseguró la comisionada.

Respecto de la seguridad social, Horst señaló que ella queda reconocida como un derecho que abarca una amplia gama de políticas públicas. Esta incorpora distintos aspectos, como el seguro de desempleo, la cobertura para accidentes y enfermedades laborales, y el sistema de pensiones, cada uno con su propio funcionamiento único.

La comisionada enfatizó que cada una de estas áreas de la seguridad social representa derechos y programas diferentes, todos abordados desde la perspectiva de la seguridad social. Señaló que lo aprobado hasta ahora garantiza la libertad de elección de las personas en cuanto a su proveedor de servicios en el ámbito de la seguridad social. No se hace distinción entre las pensiones y el resto de los servicios de seguridad social, permitiendo la elección entre proveedores estatales y privados.

Sin embargo, Horst advirtió que es crucial comprender los detalles específicos de cada área, ya que las prestaciones pueden variar considerablemente. Por ejemplo, el seguro de desempleo actualmente solo tiene un proveedor, lo cual podría llevar a cuestionamientos sobre la libertad de elección. En realidad, este fondo es licitado, lo que demuestra que los detalles de cada subcomponente de la seguridad social son únicos y distintos.

Hugo Cifuentes, abogado y académico de la Pontificia Universidad Católica de Chile, analizó las propuestas realizadas hasta ahora por la Comisión Experta, planteando que la seguridad social debe ser reconocida como un derecho humano y que la responsabilidad de garantizar este derecho recae en el Estado. Según Cifuentes, es vital que el Estado garantice prestaciones uniformes, mínimas y básicas en todos los ámbitos de la seguridad social para todas las personas en el territorio nacional.

Además, Cifuentes defendió la idea de que la seguridad social deba adherir a principios específicos, aunque no necesariamente escritos. Estos incluyen universalidad; esto es que debe alcanzar a todas las personas y proporcionar todas las prestaciones; y solidaridad, que implica que debe haber una contribución colectiva al financiamiento.

El académico de la Universidad Católica abogó por una prestación uniforme, integral y acorde a las posibilidades económicas del Estado. También mencionó la importancia de la oportunidad de la prestación de seguridad social, señalando que un sistema de seguridad social que prolonga las esperas no es útil para las personas. El académico sostuvo que los desafíos actuales para la comisión de expertos incluyen la forma del texto constitucional, el papel de la subsidiariedad, la financiación y la participación de los privados en el sistema.

Siguiendo los desafíos que se enfrentarán tras el comienzo del proceso que liderarán los consejeros constitucionales, Horst señaló que el tema que necesariamente va a surgir -porque no quedó zanjado en la primera etapa de la comisión experta- es precisamente la libertad de elección en el destino de las cotizaciones de salud.

Horst enfatizó que el Consejo Constitucional debiera incorporar nuevamente la posibilidad de poder establecer cotizaciones en materia de salud, pero obviamente debiera incorporarlo con un resguardo en la libertad de elección del destino a esas cotizaciones por parte de las personas.