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A tres años de la ley de Acoso Callejero, ¿cuánto se ha avanzado?

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Agencia Uno
POR Isidora Paúl |

“Pese a que hay avances, todavía hay una brecha gigante entre lo que es aceptable y lo inaceptable en esta materia”, señaló la exministra de la Mujer, Isabel Plá.

Este miércoles se conmemora un nuevo Día Internacional de la Mujer. En 2019, en el gobierno de Sebastián Piñera, se impulsó la ley de acoso callejero que buscaba sancionar este tipo de actos. Según una encuesta realizada por el Observatorio Contra el Acoso Callejero en Chile (OCAC), un 85% de las mujeres manifiesta haber sido víctima de este delito. Los espacios donde ocurren estas agresiones son las plazas, calles y parques, y cerca de un tercio en algún medio de transportes.

Según publicó La Tercera, desde que se aprobó esta ley, el Ministerio Público ha recibido 3.794 denuncias por este delito, en las cuales 279 terminaron con una sentencia condenatoria. Si se revisa por años, en 2019 ingresaron 297 denuncias por acoso callejero; en 2020 fueron 975; en 2021 la cifra creció a 1.285, y 2022 un poco más de 1.247.

En conversación con Radio Pauta la ministra de la Mujer de esa época, Isabel Plá, indicó que “se tipificó un hecho que era naturalizado, y socialmente dejó de ser normal, y pasa a ser penado, pasa a formalizarse. Hay muchos delitos que están tipificados y son muy difíciles de comprobar: el abuso por ejemplo. Ha habido avances muy importantes, pero todavía hay una brecha muy grande entre lo aceptable o inaceptable”.

Para la extitular, de esa cartera las cifras de denuncias “me reafirman lo correcto que fue impulsar esta norma“.

Según la ley, existen dos tipos de actos que definen el acoso callejero. En primer lugar, actos de carácter verbal o ejecutados por medio de gestos. En ese caso, la pena es de multa de una a tres unidades tributarias mensuales (UTM).

Por otro lado, están las conductas consistentes en acercamientos o persecuciones, o actos de exhibicionismo obsceno o de contenido sexual explícito. En cualquiera de esos casos se impone la pena de prisión en su grado medio a máximo (21 días a 60 días de prisión) y multa de cinco a diez unidades tributarias mensuales (UTM).

A pesar de estas definiciones y sanciones, hay una realidad presente: ante estos delitos es muy complejo identificar al imputado, al acosador.

Catalina Ortúzar, socióloga y directora de estudios del Observatorio de Datos y Estadísticas de Género e Interseccionales, sostuvo a Radio Pauta que “al igual que los delitos sexuales, donde la cifra negra es enorme, a pesar de que existe la instancia donde uno podría denunciar, las denuncias siempre son mucho menores, y seguramente es peor en acoso sexual callejero, porque no se considera todavía delito, no es algo tan grave”. 

En esa línea, agregó que “es un avance, pero también es súper difícil denunciar alguien que te grite en la calle. En ese sentido, sería un avance simbólico, para que el victimario lo piense dos veces. Expone el derecho de las mujeres a caminar más tranquilos por la calle”. 

En este 8M desde el Centro de Estudios Públicos lanzarán el libro: Disparidad sobre la lupa: una radiografía sobre las brechas de género, en donde en uno de sus capítulos aborda el acoso callejero y cómo la mujer se desplaza diferente dentro de la ciudad.

De acuerdo al estudio, los hombres tienen trayectorias más bien lineales (de la casa al trabajo), y en el caso de las mujeres es de múltiples trayectorias. Generalmente las mujeres son las que más ocupan el transporte público y quienes más sufren acoso.

Ante los cuestionamientos por la dificultad para perseguir este tipo de delitos, la exministra de la mujer sostuvo que “para evaluar una norma es mucho más importante que si se puede probar o no, es valorar que una acción que se perpetraba todos los días, que te marcaba la vida, pasó al Código Penal, al catálogo de delitos sexuales”.

Pese a que hay avances, todavía hay una brecha gigante entre lo que es aceptable y lo inaceptable en esta materia”, agregó.