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Arturo Alessandri C.: “El secreto profesional es una de las bases del Estado de Derecho”

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POR Josefina Ríos |

El presidente del Colegio de Abogados defiende el secreto profesional como un derecho de los clientes que comparten información sensible y relevante con su abogado, incluidas las empresas en que trabajan.

El 12 de octubre de 2018, la fiscal Ana María Aldana y un equipo de policías de la PDI ingresaron a las oficinas de Liliana Valdenegro, Marcelo Aguilar y Rodrigo Sánchez, todos abogados internos de la empresa Enap, para incautar documentos, antecedentes y computadores en el marco de las diligencias por la investigación penal en el caso de contaminación de las comunas de Quintero y Puchuncaví. El episodio generó la indignación de los abogados, quienes acusaron al Ministerio Público de violar el secreto profesional. Además de emprender acciones legales para revertir la medida de la fiscal, los aludidos interpusieron un amparo profesional en el Colegio de abogados el 7 de noviembre pasado, y fue acogido por la entidad el 15 de ese mismo mes. 

“Al fiscal nacional, Jorge Abott, no le gustó que acogiéramos el amparo y en una actividad académica en la cual yo también participaba, criticó la medida adoptada por el colegio. Esta polémica ha continuado porque luego salió una resolución judicial pidiéndole a la fiscalía que devolviera la documentación y los antecedentes a los abogados de Enap”, explica Arturo Alessandri, presidente del Colegio de Abogados. Agrega que todo este caso ha motivado un intercambio epistolar con el fiscal  Xavier Armendáriz sobre la pertinencia y alcances del secreto profesional entre estos profesionales.

En esta entrevista, Alessandri defiende la decisión del Colegio de Abogados y asegura que “el secreto profesional es una de las bases del Estado de Derecho, porque lo que hace el secreto profesional, más que proteger al abogado, es proteger al cliente en la información sensible y profesional que comparte con su defensor”. 

-Los fiscales han puesto en la información el acento sobre qué es susceptible de ser resguardado por el secreto profesional y qué no. Con todo, resulta bastante complicado establecer cuál es la frontera entre información sensible de la empresa sujeta a ser investigada dentro de un proceso judicial y aquella que se restringe al campo de la defensa propia de ella. ¿Cómo se define este límite en el caso de los abogados de las empresas?

“Se acabaría el secreto profesional si dejamos al criterio de un fiscal la facultad de determinar qué antecedentes o documentos pueden incautarse y cuáles no, porque eso significaría un atentado contra la esencia del secreto profesional. Nosotros sostenemos, porque así lo dice nuestro código de ética y porque el secreto está reconocido a nivel constitucional y legal, que es el derecho a la defensa, que no hay diferencia entre el abogado que ejerce libremente del que ejerce en una empresa, en la medida en que ese abogado que está trabajando en la empresa ejerza como tal. O sea, no es cualquier abogado, porque hay abogados que hoy en día trabajan en distintas áreas gerenciales”.

-Pero en este caso estamos hablando del equipo de fiscales de una empresa…

“Exactamente, esos abogados están protegidos por el secreto profesional y no hay ninguna diferencia con aquel abogado que lo hace en forma libre. Insisto, el tema de fondo y la tesis del fiscal Armendáriz, nosotros la cuestionamos y controvertimos porque eso significaría el fin del secreto profesional y eso queda al criterio de un fiscal qué cosa incautarse y qué no”.

-Por eso le pregunto, ¿cómo podemos determinar qué se puede incautar y qué no, en el sentido de qué es información de la empresa y cuál es material para la defensa de esta misma?

“Es que no pueden ni deben incautar nada. Ninguna información ni documentación que esté en la oficina del abogado de la empresa puede ser incautada, porque en este caso el cliente es la empresa y toda la información en la oficina o en los computadores de ese o esos abogados, por tanto, pertenece a la empresa y a esta se le debe el secreto profesional”.

-O sea, si la fiscalía necesita información relativa a la empresa investigada, ¿debe solicitarla a otra áreas de la oficina?

“Lógico, se puede pedir información y antecedentes a todas las áreas, salvo al abogado. Ese es el límite de lo que puede incautar un fiscal y es eso precisamente lo que muchos fiscales no entienden, porque a ellos lo único que les interesa es incautar todo. Y bueno, mirado desde el punto de vista de ellos, ellos quieren investigar, pero resulta que hay límites y uno de esos límites es precisamente el secreto profesional”.

-De todas maneras, existen causales específicas para romper este secreto profesional.

“Si el abogado, por ejemplo, es sorprendido cometiendo un delito o siendo parte de un grupo de personas que están delinquiendo, obviamente que ese abogado no tiene secreto profesional respecto de lo que pueda tener en su computador. Sin embargo, generalmente, los conflictos que hemos visto en el Colegio de Abogados son actuaciones de fiscales que van más allá de lo prudente y, según nosotros, más allá de lo legal. Esas actuaciones tienen relación con fiscales que deciden llevarse el computador completo de un abogado. Ahora existen reglas en lo que el abogado o el cliente puede consentir en que sea incautado, pero es el abogado y en última instancia el cliente quien puede renunciar al secreto profesional. Este es un tema muy delicado y en el que el Colegio de Abogados va a dar la pelea hasta el final”.

-En el caso particular de Enap, el Juzgado de Garantía de Quintero si bien falló a favor de los abogados de la empresa Enap y la sentencia estableció que la fiscalía debe devolver los documentos en un lapso de 30 días, la misma sentencia permite a los fiscales conservar el contenido de la información incautada a través de copias sin ningún tipo de restricción. Para efectos prácticos esto también violaría el secreto profesional, ¿o no?

“Sí, y pienso que eso es un error. Es una resolución errada, porque allí hay un atentado contra el secreto profesional. Nosotros no estamos contentos con esa resolución y nos parece que vulnera abiertamente la esencia de la reserva y la confidencialidad de los antecedentes que está en manos de los abogados”.

-El fiscal Armendáriz pone en duda que sea el Colegio de Abogados la instancia pertinente para discutir las actuaciones profesionales de los fiscales, pues la ley establece procedimientos claros para ello.

“Esa es la opinión de los fiscales en general. Nosotros naturalmente sabemos que nuestras resoluciones en estos temas no son vinculantes, porque efectivamente muchos temas se resuelven a través de los tribunales de justicia. Pero por algo existe el amparo profesional en el Colegio de Abogados y se da cuando todos los medios y recursos se han agotado y el abogado sostiene que le están impidiendo la defensa de su cliente. Para eso existe el amparo profesional, que es un tema ético que nosotros hacemos presente a los tribunales, a la Corte de Apelaciones y a la Corte Suprema. Lo que vayan a hacer los jueces con este reclamo obviamente no depende de nosotros, pero nosotros sostenemos que para el colegio este es un tema sumamente importante y vamos a seguir insistiendo en que hay instancias donde los tribunales deben proteger el secreto profesional”. 

-¿No cree que esta insistencia por parte del colegio puede ser interpretada por los tribunales como presión indebida por parte de ustedes?

“Nuestro deber como Colegio es representarle a la autoridad el error. En esta materia nosotros no vamos a bajar los brazos nunca. Entonces aunque nuestro reclamo no es vinculante, tenemos el deber ético de hacer presente esto a todas las instancias y autoridades pertinentes. Es nuestro deber hacerlo porque el secreto profesional está concebido en la Constitución y en las leyes en favor de los clientes: el abogado puede ser llamado a declarar y no está obligado a entregar esos antecedente. Entonces esto es una materia que en un Estado de Derecho es muy importante. Asimismo, hay fiscales que han hecho uso y abuso de sus facultades, que por lo demás son enormes. Lo que nosotros queremos es ir estableciendo gradualmente en los tribunales y en la profesión que hay límites”.

-¿Pero usted cree que amerita una reforma a la legislación vigente relativa a las facultades de los fiscales?

“Sí. Pienso que este es un tema que merece discutirse y a nosotros nos interesaría mucho aportar. Tengo entendido que en el Ministerio de Justicia ya hay estudios para modificar algunas normas”.

-¿Y ustedes se han acercado al ministerio para presentar sus posturas?

“Lo vamos a hacer este año. Es una de las cosas que tenemos pendientes y creemos que es una materia muy delicada y cada día están los tribunales teniendo una visión que a nuestro juicio no siempre es la correcta”.

La polémica por la “emocracia”

Durante los últimos días, otra polémica relativa al Colegio de Abogados se ha tomado las páginas de opinión del diario El Mercurio. Se trata de la sesión extrordinaria realizada a mediados de enero en la instancia presidida por Alessandri, donde se establecieron cuotas para favorecer la participación femmenina en el mecanismo eleccionario para el consejo que dirige esa entidad gremial. Así, se acordó que un 40% de los cargos están reservados para mujeres. El abogado Jorge Correa Sutil puso en duda el mecanismo: en una columna en ese periódico calificó el sistema como “emocracia”, pues privilegia las emociones por sobre la igualdad de voto cimiento indispensable, a su juicio, para la democracia.

-¿Qué le parece la postura del abogado Jorge Correa?

“Este fue un tema muy discutido en el colegio. Dedicamos varias sesiones y finalmente llegamos a una solución de consenso, con voto contrario de los abogados Jorge Correa y Luis Ortiz. Y bien, aquí se trata de una apuesta a una discriminación positiva temporal. Creemos que hay una subrepresentación femenina en el consejo del colegio que se debe subsanar”.

-Es curioso, porque hay muchas abogadas e incluso en las facultades de Derecho predominan las mujeres. ¿Qué pasa que este gran número de profesionales no se logra representar en ese órgano?

“El punto es ese: se reciben más mujeres que hombres y muchas abogadas han hecho el punto de que esto no se ve representado en el consejo del colegio. Sus planteamientos son muy légitimos y por eso decidimos dar cabida a ellos y dar un paso audaz. Es primera vez que se establece un mecanismo de este tipo, que pasa del 50% 50% de candidatos a 40% 60% de los cupos, siendo los primeros asegurados para mujeres aun cuando obtengan menos votos que un candidato hombre de su misma lista. Esto, obviamente, significa intervenir los resultados”.

-Eso es precisamente lo que pone en tela de juicio Jorge Correa.

“Es un tema debatido, pero en definitiva nosotros sostenemos que excepcionalmente vamos a establecer este mecanismo por las próximas dos elecciones. La idea es atraer a todas esas mujeres de todas las edades que quieren participar en la dirigencia del Colegio, para que ingresen al colegio y participen. Ahora, si no tenemos éxito, a partir de 2023 reevaluaremos la medida y estableceremos cuotas acorde con la proporcionalidad de mujeres que estén inscritas en esta entidad. Como decía, es una apuesta y ojalá que lleguen muchas mujeres a inscribirse, es una señal potente. Estamos optimistas y esperamos que esta ayuda temporal surta efecto”.