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Crimen de Ámbar: los factores detrás de la libertad de Hugo Bustamante

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Agencia Uno
POR Ana María |

Penalistas explican que la ley que regía al momento en que salió de la cárcel permitía la opción de una salida anticipada.

Junto con la conmoción pública que provocó el asesinato de Ámbar Cornejo (16) en Villa Alemana, la pregunta que ha rondado desde el 7 de agosto, cuando su cadáver fue encontrado en el patio de la casa del conviviente de su madre, es por qué Hugo Bustamante se encontraba en libertad condicional pese a sus antecedentes: estaba condenado por los crímenes de su expareja y su hijo de 9 años, perpetrados en 2005.

Bustamante, quien enfrenta su formalización por parte de la Fiscalía de Villa Alemana como el principal sospechoso del crimen de Ámbar Cornejo, salió en libertad condicional en 2016. La decisión la tomó una comisión de jueces, pese a que el informe de Gendarmería no lo recomendaba como apto para dejar la cárcel.

En medio de la conmoción, el diputado Andrés Longton (RN) anunció que un grupo de parlamentarios presentará una acusación constitucional por notable abandono de deberes en contra la magistrada Silvana Donoso, quien presidió la Comisión de Libertad Condicional que resolvió la salida anticipada de Bustamante.

Para la profesora del Departamento de Derecho Penal de la Pontificia Universidad Católica de Chile (PUC) María Elena Santibáñez, la acción de los legisladores es un despropósito.

“Me parece absolutamente reprochable y equivocado. Obedece a una accionar claramente populista y el daño que se hace es tremendo. La jueza es una persona que ha sido reconocida por los fallos en que ha considerado perspectiva de género, muy querida por las académicas que abogamos por consideraciones de género en las resoluciones y una mirada más bien sistémica”, dijo en entrevista con Pauta en Desarrollo, de Radio PAUTA.

El abogado penalista Matías Künsemüller catalogó la propuesta parlamentaria como “una locura”.

Los informes de Gendarmería

Hugo Bustamante obtuvo la libertad condicional pese a dos hechos. El primero: no había cumplido aún la mitad de su pena. El segundo, y más relevante pues es justamente el foco por el que ha sido cuestionada la Comisión de Libertad Condicional que le dio el visto bueno, es que la obtuvo aunque el informe de Gendarmería no lo recomendara.

“La verdad es que esos informes no permitían tampoco establecer alguna distinción, porque generalmente venían con la misma frase asociada a este sujeto, de tal manera que los jueces no tenían forma de hacer la distinción respecto de qué casos realmente no era aconsejable la libertad condicional, porque no traía un pronunciamiento especializado sobre la materia”, planteó Santibáñez.

Sin embargo, el punto que destacaron tanto Künsemüller como Santibáñez es que la legislación sobre libertades condicionales que regía en 2016, cuando Bustamente fue dejado en libertad, lo permitía. Es algo que, tras una modificación del Decreto Ley 321 que regula las libertades condicionales, ya no sería posible.

El cambio principal entre una ley y otra es que actualmente se debe requerir informes de Gendarmería. Además, se establecieron nuevos requisitos para quienes postulan y una mayor especialización de los profesionales que emiten los informes. “Si hoy ocurriera lo mismo, esta persona no habría obtenido la libertad condicional”, señaló la abogada.

Por ello, que Bustamante haya estado fuera de la cárcel a agosto de 2020, ahora que se le imputa el crimen de Ámbar, se debe a la ley que regía en 2016, año en que además quedaron en libertad condicional cerca de 800 internos.

Así, para Santibáñez el caso de Bustamante “solo nos demuestra las falencias que existían en esta ley al momento es que se le concedió la libertad condicional que, además, tenía una norma que permitía que a las personas que hubiesen sido condenadas a penas mayores de 20 años, se les pudiese otorgar la libertad condicional a los 10 años y quedaba, inmediatamente, fijada en 20 años la duración total de la pena”.

La abogada agregó que para esa época, fueron muchos los casos en que, contrario a lo que ocurrió con Bustamante, tenían informes favorables, por lo que eso era bastante común para la concesión.

El criterio de la Suprema

Pero hay otro factor que incidió: el criterio de la Corte Suprema, que entendía la libertad condicional como un derecho para los condenados y no un beneficio.

En ese sentido, María Elena Santibáñez dijo que lo único que hizo la jueza Donoso “fue aplicar la ley vigente en ese momento. El problema tenía que ver con eso. No falló en contra de la ley, pues era una ley que no consideraba esos elementos. Y eso fue señalado en diversas ocasiones por la Corte Suprema en recursos de amparo, respecto de que la libertad condicional era un derecho y no un beneficio. Así es que poco margen existía”.

Por ello, el penalista Matías Künsemüller señaló en Un Día Perfecto, de Radio PAUTA, que no necesariamente es el sistema el que falló. Pero agregó otro punto: las condiciones de los penales chilenos y su sobrepoblación: “Si no tuviéramos este instinto tan común de llenar las cárceles, a lo mejor este sujeto nunca habría salido. Entonces, el tema es mucho más complejo que enfocarse solo en este caso y acusar constitucionalmente a una jueza o a una comisión”.

Y añadió que la idea es que una persona no salga a la calle de un día para otro. “En la práctica, una persona que está en libertad condicional debe estar sujeto al control permanente de un delegado de libertad condicional. Esto tiene mucho sentido, porque una persona que va a terminar de cumplir su condena no debe salir de un día para otro sin haber tenido contacto con el extramuro en 30 años. Entonces, lo que se hace es ir preparando a una persona que ha cumplido ciertas condiciones”.

“Yo no me cierro que a lo mejor este sujeto sí debiera haber continuado cumpliendo su pena en la cárcel. Sin embargo, volvemos a un problema que dice relación con la forma y los estándares de la cárcel. Porque es un lugar donde la gente va a estar encerrada, es insalubre e indigna. Por lo tanto, mientras más seguimos llenándola, parece que se torna también necesario sacar gente y una de las vías en la libertad condicional”, puntualizó.

Escuche la entrevista con la abogada María Elena Santibáñez en Pauta en Desarrollo

Revise la entrevista con Matías Künsemüller en Un Día Perfecto