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Corte de La Haya: “No hay duda de que el Silala es un curso de agua internacional”

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Agencia Uno
POR Manuel Izquierdo |

El litigio comenzó hace seis años, luego de que el expresidente boliviano, Evo Morales, acusara que Chile “robaba” recursos del río.

A las 11:00 horas de este jueves 1 de diciembre, comenzó en La Haya la lectura del fallo del conflicto limítrofe que enfrenta a Chile y Bolivia por el uso de las aguas del río Silala. El litigio comenzó hace seis años, durante el segundo gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet, en respuesta a las declaraciones del entonces mandatario boliviano, Evo Morales, que acusó a Chile de robar recursos del curso de agua.

Nuestro país solicitó a la Corte Internacional de Justicia de La Haya que declare al Silala como río internacional, que Chile tiene derecho a uso razonable de sus aguas y que Bolivia mantenga su cauce libre de contaminación.

El veredicto -leído por la presidenta de la Corte de La Haya, Joan Donoghue– fue escuchado con atención desde La Moneda por el Presidente Gabriel Boric y los líderes de poderes del Estado, pero también desde Países Bajos, lugar al que viajaron la agente Ximena Fuentes y la coagente Carolina Valdivia.

Corte de La Haya: “No hay duda de que el Silala es un curso de agua internacional”

El fallo del tribunal sostiene que “la Corte constata que Bolivia reconoce que las aguas del Silala se clasifican como curso de agua internacional. También constata que mantiene que las características únicas del rio deben tenerse en cuenta a la hora de aplicar las normas del derecho internacional consuetudinario”.

“En vista de que las partes están de acuerdo en que el río Silala es un curso de agua internacional y la aplicabilidad del derecho internacional la Corte constata que la conclusión A de Chile queda sin objeto y por tanto la Corte no necesita tomar una decisión […]. No hay duda respecto a que el Silala es un curso de agua internacional”, agrega.

Sobre el uso razonable de las aguas, la sentencia apunta que “durante el procedimiento quedó claro que las partes concuerdan que en ese principio se aplica a toda el agua del Silala, independiente de su característica natural o artificial y que las partes acuerdan que tienen derecho al uso equitativo y razonable según el derecho internacional consuetudinario”.

En relación al derecho actual de uso de las aguas del río, “la Corte constata que las partes se han puesto de acuerdo en esta conclusión”, por lo que omitió referirse a eso.

El tribunal tampoco se refirió a la obligación de Bolivia de evitar la contaminación del cauce, ya que “las partes han concordado en cuanto al fondo de la alegación de Chile. Así pues, concluye que la alegación ya no tiene objeto y que no debe pronunciarse sobre ella”.

Escuche el comentario del analista internacional Libardo Buitrago en Radio PAUTA: