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Ley requisa: la iniciativa que permitiría la recuperación de inmuebles y terrenos abandonados

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Agencia Uno
POR Francisco Gomez |

Según explicaron quienes impulsan la iniciativa, la idea de la normativa es que los municipios dispongan de la propiedad hasta que la situación de seguridad haya sido controlada o hasta que el Concejo Municipal lo estime”.

Ante el grave incremento de campamentos, terrenos y casas tomadas en nuestro país, los impulsores de la iniciativa, liderados por el diputado Gonzalo Winter, explicaron que con la Ley Requisas “el municipio dispondrá de la propiedad hasta que la situación de seguridad haya sido controlada o hasta que el Concejo Municipal lo estime”.

El impulsor de la iniciativa, el diputado Winter, dijo que este proyecto busca que “el municipio pueda ocupar el inmueble hasta que el dueño no aparezca. Entonces donde había una casa narco, no solamente se saque a los narcos, sino que además se pueda poner una junta de vecinos, un puesto de vigilancia, y que sea finalmente la sociedad la que vaya ocupando los espacios”.

Ley requisa: la iniciativa que permitiría la recuperación de inmuebles y terrenos abandonados

El abogado Gabriel Palma, socio del estudio jurídico Palma, dijo a radio Pauta que “si bien la idea puede ser de algún interés por la necesidad práctica de enfrentar las crecientes tomas de terreno y ocupaciones violentas, es importante que este tuviese una regulación tanto o más estricta que la propia expropiación”.

Agregó que “de subsanarse los problemas jurídicos que se ven a esta propuesta, recordemos que habría que contemplar un precio justo a modo de renta de arrendamiento mientras el inmueble sea utilizado por la municipalidad correspondiente”.

Los alcaldes de Cerro Navia, Independencia, Melipilla, San Miguel, Pudahuel, Santiago y Estación Central, han pedido al Congreso tramitar y agilizar este proyecto de ley. El edil de esa comuna, Felipe Muñoz, explicó que por ejemplo en su zona hay un terreno abandonado de 25 mil metros cuadrados en avenida Pajaritos”.

“Es un sitio privado, que nos genera mucha complejidad y, sin embargo, hoy día a través de este proyecto nos entrega mayor cantidad de herramientas para poder intervenir en este sector”, señaló.

El abogado penalista Juan Carlos Manríquez, sostuvo en radio Pauta que “países como Alemania, Francia y España han aplicado la ley de extinción de dominio de bienes asociados al crimen organizado, mientras que en Holanda si hay bienes raíces desocupados, incluso no destinados a actividades ilícitas, el Estado advierte a los dueños que esa propiedad no está cumpliendo una función social.”

“Después de un tiempo, incluso puede pedírselos forzosamente para destinarlos a arriendos sociales o cubrir necesidades de vivienda”. Agregó que “la ley de requisa sería más bien un mix de ambas soluciones que hay en el derecho comparado”, agregó.

El alcalde de Cerro Navia, Mauro Tamayo (IND), explicó que la medida apunta a poder modificar la ley de rentas municipales para facilitar y confiscar “terrenos, casas o pequeños condominios”. Agregó que la idea es que exista “un sistema simplificado, rápido, y que permita atacar espacios que hoy están siendo ocupados para el delito”, afirmó.

Para el abogado Ulda Figueroa, coordinador del Área Justicia del Centro de Estudios Justicia y Sociedad UC, “más allá de la propuesta concreta de la cual solo sabemos ciertos anuncios generales, es muy valorable el planteamiento que realiza en materia de promoción de intervenciones de carácter urbano, como estrategias para la prevención de los delitos”.

En diálogo con Radio Pauta agregó que “posiblemente el proyecto tenga aspectos mejorables en cuanto a los mecanismos jurídicos, que permitan que esto se pueda hacer sin transgredir el derecho a la propiedad de los dueños de los inmuebles, pero es una idea que debe ser impulsada”.

Sin embargo, el abogado Palma cree que “una ley como la llamada ´Ley Requisa´ podría considerarse como una especie de expropiación temporal, entrando en conflicto con garantías constitucionales como el derecho de propiedad de privados o del propio Fisco, al limitar el mismo a través de un acto administrativo”.

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