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Expertos tildan de “curiosa” la exigencia de declarar impuestos por ganancias vía apuestas online

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POR Manuel Izquierdo |

En conversación con Radio Pauta, abogados cuestionaron que “a pesar de ser una actividad tildada de ‘ilícita’ por parte del SII, se exija la obligación de declarar las rentas que provengan de ella” e insistieron en la necesidad de una ley que regule las casas de apuestas virtuales.

“Ilícitas”. Así declaró el Servicio de Impuestos Internos (SII) a las plataformas digitales de apuestas de origen extranjero que operan en Chile. Además, resolvió que las personas naturales que perciban ganancias o aumentos patrimoniales derivados de las apuestas digitales deberán declarar esos ingresos en la Operación Renta.

En el marco del lanzamiento de la versión 2023 de este proceso, la subdirectora de fiscalización del SII, Carolina Saravia, explicó que en los formularios de renta hay códigos especiales para declarar aumentos esporádicos de patrimonio, así como los ingresos percibidos de fuentes extranjeras, como el caso de la mayoría de las casas de apuestas online.

El abogado Gonzalo Polanco, director del Centro de Estudios Tributarios de la Universidad de Chile, recordó que para que se tenga que pagar impuestos en nuestro país debe haber renta, y “este es un concepto amplio que no distingue de dónde vienen las utilidades”. En conversación con Radio Pauta señaló que “llama la atención que incluso cuando son actividades que no están reguladas ni autorizadas, deben ser declaradas, y eso resulta lógico porque de otra forma sería un incentivo para que las personas trataran de obtener utilidades mediante actividades ilícitas”.

El SII informó que en el caso de las personas que pueden haber obtenido un aumento de su patrimonio producto de las apuestas, debieran haberlo declarado en el minuto que la obtuvieron en el formulario 50 como renta esporádica, con una tasa del 25%.

Luego, deben declarar el total de las rentas que obtuvieron el 2022 producto de los juegos en estas plataformas, pudiendo usar como crédito el impuesto pagado el año pasado. Quienes no declaren estas rentas estarán en una situación de incumplimiento.

La abogada María Soledad Diharasarri, socia del estudio Palma, comentó a Radio Pauta que “es necesaria una ley que entre a regular especialmente estas plataformas, los servicios que ofrecen, la interacción con los consumidores, entre otras cosas. Y que en el tiempo intermedio en que se tramite, pareciera prudente que cumplan con obligaciones tributarias”. Agregó que, en todo caso, “parece curioso que a pesar de ser una actividad tildada de ‘ilícita’ por parte del SII, se exija la obligación de declarar las rentas que provengan de ella”.

En tanto, la presidenta de la Asociación de Casinos de Juegos, Cecilia Valdés, sostuvo en diálogo con Radio Pauta que “la transformación digital es un hecho y el juego en línea es parte de la irrupción del entretenimiento virtual por eso es urgente una ley”. Además, añadió que “la normativa se debe traducir en una cancha pareja para que todos compitan en igualdad de condiciones”.  

Se trata de una actividad que no está regulada en Chile. Hay dos proyectos de ley en el Congreso que están relacionados con las plataformas de apuestas online. El diputado de la UDI, Marco Sulantay, promovió una de estas iniciativas, que hoy está en discusión en la comisión de Deportes. El parlamentario dijo a Radio Pauta que la norma “prohíbe que esas plataformas tengan relaciones comerciales con clubes deportivos y asociaciones en general”.

La segunda, que regula la presencia de las plataformas, está en la comisión de Economía y se vota el próximo 4 de abril.  

El parlamentario descartó que la resolución del SII sea una suerte de “perdonazo” y explicó que “con esto trata de ordenar un tema que estaba en la nebulosa”.

El proyecto del parlamentario gremialista establece multas entre 500 y 2 mil UF, además de la eventual pérdida de la personalidad jurídica para aquellos clubes que persistan en acordar con casas de apuestas online. Otro de los requisitos establece que, una vez sea promulgada, existan 12 meses de plazo para finiquitar los contratos ya firmados con este tipo de empresas.

Escuche la Crónica Diaria de Gabriela Valenzuela: