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Comisión de Sistemas de Justicia aprueba eliminar la figura del fiscal nacional

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Fiscalía de Chile
POR Isidora Paúl |

La propuesta que se discutirá en el Pleno incluye la transformación del Ministerio Público, con nuevos cargos.

La Comisión de Sistemas de Justicia de la Convención Constitucional aprobó que la dirección del Ministerio Público esté a cargo de un Consejo Superior, eliminando así la figura del fiscal nacional. Fueron 13 votos a favor los que le dieron la victoria a la propuesta formulada por los convencionales Daniel Bravo (Pueblo Constituyente), Vanessa Hoppe (MSC), Mauricio Daza (INN), Tomás Laibe (Colectivo Socialista) y el aymara Luis Jiménez (Pueblos Originarios).

La instancia revisa la conformación de una serie de instituciones del Estado. Entre sus propuestas se cuentan la transformación de Poder Judicial al Sistema Nacional de Justicia, o la incorporación del principio de pluralismo jurídico. Ambas ideas superaron la fase del Pleno y están incorporadas en el borrador de la nueva Constitución.

Ahora, aún en etapa de comisión, la mayoría está modificando otras entidades autónomas del Estado; en este caso, la Fiscalía. El articulado que se presentará al Pleno quedó escrito de la siguiente forma:

Artículo 5.- Dirección del Ministerio Público. La dirección superior del Ministerio Público reside en un Consejo Superior, órgano colegiado, paritario, que designará de entre sus miembros a un presidente y a un director ejecutivo.

También se aprobó en la discusión que los fiscales regionales tengan un periodo de cuatro años, cesando de sus cargos al cumplir los 70 años. 

Artículo 9.-De la Fiscalía Regional. Existirá una Fiscalía Regional en cada región del país, sin perjuicio que la ley podrá establecer más de una por región.

Las y los fiscales regionales deberán haberse desempeñado como fiscales adjuntos durante cinco o más años, no haber ejercido como fiscal regional, haber aprobado cursos de formación especializada y poseer las demás calidades que establezca la ley.

Durarán cuatro años y una vez concluida su labor, podrán retornar a la función que ejercían en el Ministerio Público. No podrán ser reelectos ni postular nuevamente a fiscal regional.

La composición y atribuciones del consejo

Son siete integrantes los que conformarían esta agrupación, todos elegidos “democráticamente” por sus pares. Los fiscales escogerían a tres miembros, los funcionarios del Ministerio Público a uno, y un Consejo Plurinacional optaría por otros tres a partir de ternas elaboradas por el Consejo de Alta Dirección Pública. Su duración sería de cuatro años sin posibilidad de reelección, con la condición de no haber desempeñado cargos de elección popular ni haber sido candidatos a ellos, así como tampoco haber desarrollado funciones en el Gobierno o Administración del Estado. 

Entre sus atribuciones se encuentran las de supervigilancia de la política de persecución penal adoptada por el Comité de Ministerio Público, evaluar y calificar el desempeño de los funcionarios, ejercer la potestad disciplinaria respecto de los funcionarios, “en conformidad a la ley”, así como definir las necesidades presupuestarias, entre otras.

El coordinador de la comisión, Christian Viera (FA), aseguró que “lo que cambia es la estructura de la autoridad, que de una autoridad unipersonal pasa a ser una autoridad colegiada. Cuando hay más voces de discernimiento, permite más puntos de vista. Lo que favorece la virtuosidad de la colegialidad es los puntos de vista que permiten ser complementados y ser discutidos. Enhorabuena que los procesos de toma de decisión avancen hacia la colegialidad y no a la unipersonalidad”. 

Distinta fue la apreciación de la convencional republicana Ruth Hurtado, quien pplanteó que la idea es una burocratización. “Las decisiones se diluyen, después no hay a quién pedirle responsabilidades y eso es preocupante”, comentó. 

Los convencionales descartaron propuestas

El 28 de diciembre del 2021, la Asociación Nacional de Fiscales (ANF) presentó un informe a la Convención Constitucional con propuestas en esta materia. Dentro de ellas se desarrollaban iniciativas relacionadas con los atributos, funciones y organización del Ministerio Público. La gran mayoría se asociaban con proposiciones que aludían al cargo del fiscal nacional, que podría ser eliminado si se aprueba en el Pleno. Algunas de las indicaciones se relacionaban con su designación por el Presidente de la República con acuerdo de la mayoría absoluta de los miembros del Poder Legislativo en ejercicio y la remoción del fiscal por parte de la Corte Suprema. En la misma línea, se planteaba un Consejo General de Fiscales, compuesto por el fiscal nacional, los fiscales regionales, los fiscales supraterritoriales especializados y el pPresidente de la Asociación Nacional de Fiscales.

El lunes 14 de marzo, el fiscal de Valparaíso, Maximiliano Krause, comentó al diaro El Mercurio su apoyo frente al reemplazo de la figura el fiscal nacional por un órgano colegiado. La ANF criticó los comentarios, afirmando que esa opinión no representaba al gremio. En un comunicado de prensa indicaron que “los fiscales creemos que la conducción superior de una institución de las características del Ministerio Público, requiere necesariamente de una autoridad unipersonal, con una suficiente concentración de poder y responsabilidades que permita entregar las condiciones óptimas para que los sunalternos puedan ejercer sus funciones de investigación y persecución penal. Por lo mismo, no apoyamos que exista un entre colegiado que se encargue de la dirección superior de la institución, cuestión que podría disgregar las obligaciones y con ello las responsabilidades”. 

El “Consejo Superior”

Uno de los siete integrantes que tendría el nuevo “Consejo Superior” del Ministerio Público ejercerá como “presidente”. Su función sería la de dirigir las sesiones ordinarias y extraordinarias de la entidad, representando a la institución ante los demás órganos del Estado. 

A esa estructura se sumaría -si todo esto es aprobado por el Pleno- un “Comité del Ministerio Público”, conformado por el presidente del Consejo Superior y los fiscales regionales. En el artículo aprbado por la Comisión de Sistemas de Justicia se indica que este comité “deberá fijar la política de persecución penal y los criterios de actuación para el cumplimiento de dichos objetivos, debiendo siempre velar por la transparencia y objetividad, resguardando los intereses de la sociedad y el respeto de los derechos humanos”.