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Banco Central: propuesta al Pleno plantea siete consejeros y coordinación con el Gobierno

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Agencia Uno
POR Isidora Paúl |

“Es una autonomía con letra chica”, cuestionan desde la derecha. Quienes apoyan la norma dicen que no hay riesgo de politización.

La comisión de Sistemas de Justicia de la Convención Constitucional despachó al Pleno los ocho artículos referidos a la estructura y atribuciones del Banco Central, una de las materias que más interés concita entre economistas y personas vinculadas al mercado financiero. La razón es que a nivel transversal se considera que preservar la autonomía y facultades del organismo es clave para la estabilidad económica del país.

Y aunque las normas deberán conseguir 103 votos para sumarse a la propuesta constitucional que se plebiscitará, la redacción no dejó conformes a todos. De partida, porque la autonomía del organismo, demandada incluso por una Iniciativa Popular de Norma que logró 30 mil patrocinios -a juicio de algunos convencionales de derecha- quedó solo “en el papel”. Esto, porque si bien el texto señala que “el Banco Central es un órgano autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio”, en la práctica otras disposiciones estarían limitando dicha autonomía.

Un ejemplo. Si bien se mantiene la actual misión del Banco Central de velar por la estabilidad de los precios y el normal funcionamiento de los pagos internos y externos, se establece que esto se hará “en coordinación con las principales orientaciones de política económica definidas con el Gobierno“. Aunque hoy existe coordinación en la práctica, según algunos la norma puede leerse como que el BC debe supeditarse a los objetivos del Gobierno.

Un segundo tema que generó preocupación es la posibilidad que los consejeros del ente monetario puedan ser destituidos por el pleno de la Corte Suprema ante incumplimientos graves de sus funciones, a solicitud de la mayoría del Consejo o de un tercio de los congresistas. En la actualidad, solo pueden ser destituidos por el Presidente de la República, en acuerdo con el Senado, si se trata de quien encabeza la entidad.

Un tema que sí fue valorado como clave para la autonomía del organismo emisor fue que se mantuvieron normas muy similares a las actuales en cuanto a la prohibición de financiamiento al Fisco, incluyendo sus empresas y organismos relacionados. Aunque a diferencia de como establece hoy su Ley Orgánica Constitucional (LOC), ahora esa prohibición no se levanta en caso de guerra o peligro de guerra.

Consejo paritario y territorial

Otro de los temas que llamó la atención se relaciona con los cambios en la composición del Consejo del Banco Central. Si hoy está integrado por cinco miembros, sobre la base de sus competencias técnicas, y son designados por el Presidente de la República y ratificados por el Senado, ahora serán siete integrantes, elegidos por la mayoría de los integrantes del Congreso a partir de ternas propuestas por el Consejo de la Alta Dirección Pública.

Se agrega que los consejeros, además de su comprobada idoneidad y trayectoria en materias que ve el Banco Central, serán designados bajo los criterios de paridad de género y representación territorial.

Se establece, además, que no podrán ser nominados quienes en los 18 meses anteriores “hayan participado en la propiedad o ejercido como director, gerente o ejecutivo principal de una empresa bancaria, administradora de fondos, o cualquiera otra que preste servicios de intermediación financiera”. Regirá la misma prohibición al cesar en sus cargos.

En cuanto a la elección del presidente del Banco Central, ya no será elegido por el Presidente de la República, sino que será el mismo Consejo el que tome la decisión. 

¿Avance o retroceso?

Las propuestas sobre coordinación con el Ejecutivo y destitución de consejeros llevaron a algunos convencionales a poner en duda la verdadera autonomía del organismo. El convencional Ruggero Cozzi (RN) mostró su descontento con los artículos aprobados, indicando que “hay riesgo de politizar el Consejo del Banco Central. Es una autonomía con letra chica. Esa autonomía no está garantizada, existe un alto riesgo de que esa autonomía sea politizada en el futuro”. 

Distinta fue la apreciación del convencional Andrés Cruz (Colectivo Socialista), quien sostuvo que los artículos aprobados no constituyen un cambio radical respecto de lo ya existente y descartó el riesgo de politización. “La ley orgánica existente contempla un mecanismo [de destitución] y lo único que hace la norma es elevarlo a categoría constitucional”, afirmó. Añadió que “no pueden haber autoridades respecto de las cuales no se pueda hacer efectiva la responsabilidad, dentro de la institucionalidad vigente. Pasar desde la discrecionalidad a la arbitrariedad, y eso en materia política y con las consecuencias que pueden tener las decisiones de los consejeros del Banco Central, es sencillamente inadmisible en una democracia”.