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La ley de 1887 que podría cambiar el panorama electoral en EE. UU.

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POR Fernanda Monasterio |

En caso de no haber un resultado claro el 14 de diciembre, una normativa con más de 130 años podría dar un giro a la reñida elección presidencial.

¿Quién será el cuadragésimosexto presidente de Estados Unidos? La pregunta comenzó este martes 3 de noviembre y sigue sin tener una respuesta a firme.

Porque aunque los votantes acudieron a las urnas el día que establece la ley electoral estadounidense -formalmente es el martes siguiente al primer lunes de noviembre-, los resultados no se conocerán hasta que termine el recuento de votos. Un proceso que podría extenderse por días e incluso semanas, luego de lo cual los electores representantes de cada estado votarán por quién asumirá la jefatura de la Casa Blanca.

Con esto entra en escena una ley que existe en Estados Unidos desde 1887 y que pone en manos de cada estado la “determinación final” de cualquier disputa electoral dentro de ese mismo estado, bajo circunstancias específicas.

Votación a distancia

En medio de la pandemia del Covid-19, la cantidad de votantes que decidieron ejercer su derecho de forma anticipada o por correo aumentó, lo cual trajo consigo varias complejidades. Entre ellas, que los resultados tarden aún más en conocerse.

Entra aquí la Ley del Conteo Electoral de 1887, llamada también ECA por sus siglas en inglés, la cual requiere que los electores sean elegidos para el Colegio Electoral, el organismo constitucionalmente establecido para elegir al presidente, no más de 41 días después del día de las elecciones. Esto es, el 14 de diciembre próximo.

Por varios motivos -como pueden ser los retrasos en los conteos, las boletas ausentes o eventuales disputas sobre la validez de ciertas papeletas-, Estados Unidos podría llegar a dicha fecha sin conocer a sus delegados. En ese momento, la ley delega a cada estado el deber de determinar quiénes serán sus electores para el Colegio Electoral.

¿Uso malicioso?

El problema es que si algún partido quisiera hacer mal uso de esta ley para beneficiar a su candidato, existen algunos puntos ciegos que esta normativa no tiene cubiertos.

¿Qué pasaría si un estado, donde tanto el gobernador como los legisladores apoyan a un cierto candidato, se ve sumido en un conflicto al momento de contar sus votos que demore tantos días que deban asumir ellos el rol de seleccionar a los electores (en caso de que se supere el 14 de diciembre)?

Aunque en las urnas haya ganado algún candidato en específico, los electores que acudan a manifestar su posición podrían ser aquellos que elijan los representantes del estado en cuestión.

Por otro lado, ¿qué pasaría si, llegada la fecha límite y sin tener aún certeza del conteo de los votos, el gobernador y los legisladores apoyaran candidaturas diferentes?

Ahí la situación sería igualmente compleja y el estado se vería entrampado en un punto muerto, donde los legisladores presentarían a sus electores y el gobernador podría intentar presentar los suyos, teniendo que pasar alguno de estos grupos por la aprobación de un congreso. Un congreso bicameral que a su vez podría estar dividido. ¿Qué pasaría entonces? La designación de electores en dicho estado podría entrar en un loop de magnitudes importantes y ante las cuales la Ley ECA no tiene una solución estipulada.