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Contraloría dice que Salud Pública no tiene injerencia en las licencias médicas

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Agencia Uno
POR Cecilia Andrea |

Un oficio enfrentó al Gobierno con varios sindicatos y parlamentarios del Frente Amplio. El Contralor tuvo la última palabra.

“Dictaminamos que la Subsecretaría de Salud Pública, no se encuentra facultada para dictar instrucciones en relación a licencias médicas, al tratarse de un beneficio de seguridad social, que se encuentra protegida por la garantía constitucional del art. 19 N18″. 

Con esa declaración, la Contraloría cerró el capítulo que enfrentó al Gobierno con los sindicatos y buena parte de la oposición. El 19 de marzo se publicó una circular que decía que los trabajadores catalogados como contactos estrechos podrían “de común acuerdo con su empleador” trabajar a distancia sin necesidad de una licencia médica. Lo mismo aplicaba para los casos confirmados, probable y sospechosos. 

El Frente Amplio acudió a Contraloría por aquello. Y ganaron. 

El dictamen de Contraloría

“Es absolutamente protrabajador porque hay una licencia que entrega el médico y no necesita que el trabajador diga ‘sí o no’, ya está entregada. Además, lo que está diciendo esa circular es que al ser, por ejemplo, un caso sospechoso, igual puede tomar esa licencia y, entonces, le está traspasando una ventaja a ese trabajador en ser protegido frente a esos mismos derechos”, había dicho el ministro vocero de Gobierno, Jaime Bellolio.

No obstante, el 23 de marzo el ministro Juan José Ossa aclaró que la subsecretaria Paula Daza “enmendaría” el oficio.

Pero un grupo de diputados del FA presentaron un requerimiento ante Contraloría para que se pronunciara sobre si Salud Pública tenía derecho a hacer aquella modificación en primer lugar y este jueves 8 de abril el órgano dirigido por Jorge Bermúdez se pronunció.

En concreto, lo que dice el dictamen es que “el oficio B10 N° 1.047, de 19 de marzo de 2021, de la Subsecretaría de Salud Pública no se encuentra ajustado a derecho, por cuanto afecta la garantía de seguridad social consagrada en el artículo 19, N° 18, de la Constitución Política de la República y la regulación propia de la licencia médica en cuanto mecanismo destinado a la recuperación de la salud, al permitir que los trabajadores negocien y renuncien a la presentación de sus licencias médicas con su empleador, excediendo además las atribuciones de la anotada entidad e invadiendo las de la Suseso, por lo que dicha subsecretaría deberá ajustar su actuación al ordenamiento jurídico”.

Consultada por el tema este jueves, Daza respondió que “quiero recordarles que al día siguiente que sale ese oficio fue reemplazado rápidamente y se dejó sin efecto toda instrucción. Ese ordinario está fuera y no es un instructivo que permanezca activo”.