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Convención Constitucional aprueba primeros artículos sobre el derecho de propiedad

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Agencia Uno
POR Paul Follert |

Materias como la restitución de tierras a pueblos indígenas son devueltas a la comisión de Derechos Fundamentales para su revisión.

En una accidentada votación, el Pleno de la Convención Constitucional votó el Informe de Reemplazo sobre Derechos Fundamentales. Las 163 indicaciones ingresadas al documento, casi en su totalidad de la derecha, generó la molestia de varios convencionales que acusaron a ese sector de obstaculizar el proceso. En la derecha, en tanto, defendieron su derecho a la renovación de indicaciones. 

El debate retrasó las votaciones y se proyectó que el despacho del informe podría terminar a las nueve de la mañana del jueves 31 de marzo, lo que implicaría casi 20 horas seguidas de sesión. Sin embargo, la Mesa optó por terminar la sesión a las 00:00 horas y continuar al día siguiente.

En el informe se incluían una serie de propuestas reformuladas por la Comisión, luego de que fueran rechazadas en una primera instancia por el Pleno. Entre las materias que se proponían aparecía el derecho de propiedad, expropiación, libertad de expresión, entre otras. 

Función social y ecológica

El Pleno comenzó votando el artículo referido al derecho de propiedad. Sobre esta materia se aprobó que “Toda persona, natural o jurídica, tiene derecho de propiedad en todas sus especies y sobre toda clase de bienes, salvo aquellos que la naturaleza ha hecho comunes a todas las personas y los que la Constitución o la ley declaren inapropiables”. Este inciso obtuvo 132 votos a favor, 10 en contra y ocho abstenciones. No apoyaron esta propuesta algunos convencionales de Independientes-UDI, el PC, la Coordinadora Plurinacional, Pueblo Constituyente, INN y MSC.

Además, se incorporó al borrador de nueva Constitución un inciso donde se señala que “Corresponderá a la ley determinar el modo de adquirir la propiedad, su contenido, límites y deberes, conforme con su función social y ecológica”. Fue aprobado por 110 votos a favor, 32 en contra y seis abstenciones. Nuevamente se restaron de apoyar esta norma algunos convencionales de Independientes-UDI, la Coordinadora Plurinacional, Pueblo Constituyente e INN.

El artículo proponía, además, un inciso donde se indica que el “Estado tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de todas las minas”. Una redacción que era una reproducción de la norma actual, que surgía de la nacionalización del cobre en 1971. El inciso solo obtuvo 54 votos a favor, lo cual se explica porque es una materia que está abordando la comisión de Medio Ambiente.

Propiedad indígena y expropiación

Respecto del artículo referido a la expropiación, el Pleno aprobó por 107 votos a favor el inciso donde se fija que “Ninguna persona puede ser privada de su propiedad, sino en virtud de una ley que autorice la expropiación por causa de utilidad pública o interés general declarado por el legislador”. Se trata de una redacción similar a la Constitución actual, donde también se incluyen como excepciones para la expropiación las causas sobre utilidad pública o interés general. 

Sobre esta materia deberá volver a la comisión el inciso que buscaba que la ley determinara los criterios para “definir el justo monto del pago, su forma y oportunidad, debiendo considerar tanto el interés público como el del titular”.

El convencional Bernardo Fontaine (Ind.-RN) comentó que la propuesta buscaba que “el mismo Estado, los mismos políticos, con una ley, van a fijar el valor de la indemnización, la que quieran, que puede ser menor al valor de la casa y además, le van a poder quitar la propiedad antes de pagarle la indemnización. Eso es injusto”.

En esa misma línea, el convencional Felipe Harboe (Col. Apruebo), integrante de la comisión de Derechos Fundamentales, valoró el rechazo de estos incisos, ya que según comenta “sacaban el monto y oportunidad de pago de indemnización en caso de expropiación. Debilitar la propiedad no es el camino. Hay quienes confunden propiedad con riqueza. Espero que la comisión entienda de una vez y reponga esos elementos en el texto constitucional”.

También deberá volver a comisión el inciso donde se fija que “La persona expropiada podrá reclamar de la legalidad del acto expropiatorio y de su monto ante los tribunales que determine la ley”. El mismo destino tendrá el artículo completo referido al “Derecho colectivo indígena a sus tierras y territorios”.

Sobre esta materia, la constituyente Rosa Catrileo (mapuche) dijo en el debate que “los pueblos indígenas no estamos en contra de la propiedad, de hecho somos propietarios, de pequeñas hijuelas en el caso mapuche, de en promedio media hectárea, que es lo que nos dejó el sector que ahora nos llama privilegiados. La restitución territorial es una medida de reparación al despojo que el Estado produjo, despojo que no es de hace 500 años atrás, estamos hablando de hace 100 años atrás”.

La sesión continuará a las 09:30 de este jueves 31 de marzo, donde se terminarán de votar en particular el resto de los artículos contenidos en el Informe de reemplazo.