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Comisión aprueba que el Estado defina la política de seguridad social

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Agencia Uno/PAUTA
POR Paul Follert |

C. de Derechos Fundamentales respalda que organizaciones sindicales y de empleadores tengan “derecho a participar en la administración del sistema de seguridad social”. Pasa al Pleno.

La Comisión de Derechos Fundamentales continuó la votación en particular del segundo informe que será derivado al Pleno. El jueves 7 de abril se aprobaron artículos referidos al derecho a la memoria y el derecho a la vivienda digna. Este viernes 8, la comisión abordó los temas referidos a la seguridad social. 

En ese contexto, la comisión aprobó en particular el artículo donde se establece que “la Constitución garantiza a toda persona el derecho a la seguridad social, fundada en los principios de universalidad, solidaridad, integralidad, unidad, igualdad, suficiencia, participación, sostenibilidad y oportunidad”. Dicho inciso tuvo 24 votos a favor, ocho en contra y una abstención. La propuesta no obtuvo el apoyo de la derecha, tampoco de Luis Barceló (Col. Apruebo) ni de María Rivera (Coord. Plurinacional).

También se aprobó (24 votos a favor) el segundo inciso, donde se señala que “la ley establecerá un Sistema de Seguridad Social público, que otorgue protección en caso de enfermedad, vejez, discapacidad, supervivencia, maternidad y paternidad, desempleo, accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y en las demás contingencias sociales de falta o disminución de medios de subsistencia o de capacidad para el trabajo. En particular, este sistema asegurará la cobertura de prestaciones a las personas que ejerzan trabajos domésticos y de cuidados”.

El tercer inciso de este artículo dice que “le corresponderá al Estado definir la política de seguridad social“. Asimismo, agrega que esta política se financiará por “trabajadores y empleadores, a través de cotizaciones obligatorias, y por rentas generales de la nación. Los recursos con que se financie la seguridad social no podrán ser destinados a fines distintos que el pago de los beneficios que establezca el sistema”.

También se aprobó que el sistema de seguridad social “garantizará un sistema de pensiones que establezca prestaciones definidas, oportunas y suficientes que den certeza respecto del monto recibido”. Se incluyó además que las “organizaciones sindicales y de empleadores tendrán derecho a participar en la administración del sistema de seguridad social, en las formas que señale la ley”. En el caso de los trabajadores rurales, se considerarán las condiciones específicas de su actividad.

Durante la votación se rechazó la indicación ingresada por la convencional Elsa Labraña (Coord. Plurinacional) donde se establecía que “la gestión y administración del sistema será pública y recaerá en entes públicos, autónomos cuyo directorio estará integrado por representantes del Estado, los empleadores y los trabajadores”. 

El artículo ahora debe pasar por el Pleno para que sea debatido y votado en general.

Las reacciones a lo aprobado

Tras la votación la convencional, Janis Meneses (MSC) dijo que es evidente que la Convención tiene una mirada donde el Estado tiene que estar presente en materia de derechos sociales. “En Chile lamentablemente tenemos un modelo donde la privatización está tan alta que no ha permitido que el Estado cumpla su rol, nosotros no creemos que eso signifique que los privados no existan, estamos diciendo que el Estado tiene que tener un rol preponderante en estas materias y pro supuesto un rol preferente con sus instituciones”, dijo.

Por su parte el convencional César Valenzuela (Col. Socialista) afirmó que esta es una norma que se hace cargo de la seguridad social y no en particular del sistema de pensiones.

Sobre este punto, explicó que la única referencia que se hace al sistema de pensiones es respecto a elementos que “todos entendemos que son comunes y compartidos, de que las pensiones tienen que ser suficientes de modo que permitan a todas las personas poder vivir, pero esa pregunta respecto de la participación de los privados no le corresponde a la Convención, nosotros no estamos diseñando un sistema de pensiones, eso le corresponderá a la ley”.

En la otra vereda, el convencional Bernardo Fontaine (Ind. RN) dice que la norma no deja claro si va a permitir o no la participación de entidades privadas. Agregó que “es esencial dar certeza a la población e incorporar en la Constitución que los ahorros tienen que ser propiedad de los trabajadores y tienen que poder elegir administrador”.