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Comisión de Derechos Fundamentales aprueba en particular el derecho a una vivienda digna

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Agencia Uno/PAUTA
POR Paul Follert |

El segundo informe que la Comisión enviará al Pleno también incluye hasta el momento temas como el derecho a la memoria.

La Comisión de Derechos Fundamentales comenzó la votación en particular del segundo informe que será derivado al Pleno. En este se aborda una serie de temas que incluyen derecho a la vivienda, el reconocimiento del trabajo doméstico y el sistema previsional.

Justamente el derecho a la vivienda fue uno de los primeros artículos en votarse. Sobre este tema, tal como lo adelantó PAUTA en su especial “Anticipo a la Convención”, hubo un amplio respaldo. Con 29 votos a favor y cuatro abstenciones, se aprobó que “toda persona tiene el derecho a una vivienda digna y adecuada, que permita el libre desarrollo de una vida personal, familiar y comunitaria”. Solo se abstuvieron las convencionales ligadas a Ind-UDI, Katerine Montealegre, Teresa MarinovicRocío Cantuarias, además de Fernando Tirado (chango).

El artículo agrega que el Estado deberá tomar “todas las medidas necesarias para asegurar el goce universal y oportuno de este derecho”, entre ellas se enumeran la “habitabilidad, el espacio y equipamiento suficiente, doméstico y comunitario para la producción y reproducción de la vida, la disponibilidad de servicios, la asequibilidad, la accesibilidad, la ubicación apropiada, la seguridad de la tenencia y la pertinencia cultural de las viviendas, de conformidad a la ley”.

Además, el Estado deberá participar en etapas como el diseño, construcción y la distribución de la vivienda, del equipamiento urbano y de los servicios básicos. Junto con esto, se aprobó que se consideren especialmente en el diseño de los planes de vivienda “a personas con bajos ingresos económicos y otras que establezca la ley”. Se incluyó que estas viviendas estén exentas del pago de cualquier tipo de contribuciones, que sean inembargables y que se tenga en especial consideración la cultura y tradiciones de los pueblos indígenas.

Por último, se aprobó que el Estado “garantizará la creación de viviendas de acogida para la protección integral a los adultos mayores, infancia, mujeres, disidencias y diversidades sexuales frente a la violencia de género y otras formas de vulneración que atenten contra la vida digna”.

El derecho a la vivienda no está contenido en la Constitución vigente. Sí aparece en varios tratados internacionales que Chile ha firmado y ratificado, como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966) de la ONU.

El convencional César Valenzuela (Col. Socialista) comentó que “este es un derecho nuevo, no es parte de la Constitución actual […] hay que recordar siempre que esto está sujeto a la regla de progresividad. Evidentemente que con una norma de esta materia no es que se vaya a solucionar el problema habitacional de un momento a otro, pero sí traza un camino”. 

En tanto, la convencional Janis Meneses (MSC) dijo que la norma aprobada “tiene algunos elementos como un rol activo de parte del Estado en poder garantizar este derecho social para las personas […] tiene algunas característica como que sea un vivienda adecuada, también tiene una perspectiva feminista porque habla de la producción y reproducción de la vida”.

El derecho a la memoria

La comisión también aprobó el artículo primero relacionado con violaciones de los derechos humanos, donde se incluye el derecho a una reparación integral. En la misma línea, se indicó en el artículo n° 2 que las víctimas tienen el derecho también al esclarecimiento y conocimiento de la verdad, especialmente, en casos de crímenes de lesa humanidad, crisis de guerra, genocidio o despojo territorial.

El 11 de septiembre del 2021, el director del Museo de la Memoria, Francisco Estévez, adelantaba la necesidad de incorporar un artículo relacionado con el derecho a la memoria. “Hay que poner como un acento muy principal en que en la Constitución quede contemplado el derecho a la memoria y el deber de recordar. Que quede escrito en la Constitución. Eso hoy no existe. Es el derecho a la memoria como derecho humano y el deber de recordar como una responsabilidad pública”, dijo.

En la votación de la comisión también se aprobó el artículo que estipula el “derecho a recordar el pasado y relacionarlo con el presente, a través de la construcción, expresión y transmisión de memorias respecto de graves violaciones a los derechos humanos”. Se escribió en sus incisos que el Estado deberá garantizar este derecho desde un enfoque integral relacionado con los derechos a la verdad, la justicia, la reparación integral y garantías de no repetición.

En la misma línea, el tercer inciso del artículo señala que “el Estado tiene el deber de recuperar, preservar y garantizar el acceso público a pruebas documentales y espacios de memoria construidos, recuperados o significativos para una comunidad, que den testimonio o constituyan vestigios de graves violaciones a los derechos humanos”.