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Ley antisaqueo: los tres puntos centrales que debe zanjar la Cámara

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POR Maria Catalina |

Los diputados votarán hoy la iniciativa, que ha generado airadas defensas y ácidas críticas, y que ya se modificó ampliamente en el Senado.

A las 10:00 de este jueves 16 de enero comenzará la sesión de la Cámara de Diputados donde se terminará de revisar, en tercer trámite, el denominado proyecto de ley antisaqueo. Una iniciativa que busca modificar el Código Penal para tipificar “acciones que atenten contra la libertad de circulación de las personas en la vía pública a través de medios violentos e intimidatorios” y fijar nuevas penas a “saqueos” ocurridos en contextos de “conmoción social”.

Quienes han defendido la iniciativa sostienen que se hace cargo de sancionar comportamientos que proliferaron desde el estallido social, como la instalación de barricadas, los saqueos y algunas prácticas, como el polémico “el que baila pasa”.

Se trata de un proyecto de los diputados Miguel Ángel Calisto (DC), Gonzalo Fuenzalida (RN), Marcela Sabat (RN), Gabriel Silber (DC) y Matías Walker (DC), pero que fue patrocinado por el Ejecutivo y es parte de la agenda de seguridad que promueven, por lo que tiene urgencia de discusión inmediata.

Desde su presentación, el pasado 25 de noviembre, la moción ha sido modificada en sus distintos puntos, principalmente durante el segundo trámite en la Comisión de Seguridad Pública del Senado. Ahora, será la Cámara la que deberá zanjar si ratifica las modificaciones, con lo que el proyecto quedaría en condiciones de ser ley, o lo pasa a Comisión Mixta. Considerando la división que ha generado la propuesta, aún no hay certezas sobre su futuro.

La sesión de este jueves se anticipa intensa. Hay solicitadas 41 intervenciones de diputados y el Frente Amplio ya advirtió que, en caso de ser derrotada su posición, acudirán al Tribunal Constitucional (TC) para impugnar esta legislación.

Barricadas y “el que baila pasa”

El proyecto agrega un nuevo artículo al Código Penal. Este establece penas contra quien “sin estar autorizado, interrumpa completamente la libre circulación de personas o vehículos en la vía pública, mediante violencia o intimidación en las personas o la instalación de obstáculos”. Quien protagonice estos actos, plantea la iniciativa, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado mínimo; esto es, desde 61 a 541 días de cárcel.

Se trata de la misma pena que se impondrá a los que, “sin mediar accidente o desperfecto mecánico, interpongan sus vehículos en la vía en términos tales de hacer imposible la circulación de otros por ésta”.

Así, queda establecido que no siempre las barricadas o bloqueos serán sancionados, sino que deberán ponderarse en qué circunstancias se realiza y de qué forma.

Saqueos

Introduce nuevos artículos al Código Penal para que se aumente la pena privativa de libertad en un grado (de cinco a diez años), a quien sea sancionado por saqueos perpetrados “con ocasión de calamidad pública o alteración del orden público, sea que se actúe en grupo o individualmente, pero amparado en éste”.

Se precisa que se entiende por saqueo “la sustracción o destrucción de todo o la mayor parte de aquello que había o se guardaba en algún establecimiento de comercio o industrial o del propio establecimiento”.

Piedrazos

Se busca castigar con la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio, a quien “lanzare a personas o vehículos que se encontraren en la vía pública instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes potencialmente aptos para causar la muerte o producir lesiones corporales, a menos que el hecho constituya un delito más grave”.

La idea es que el determinado tribunal pondere la peligrosidad del elemento lanzado a la hora de fijar algún tipo de sanción.