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La fórmula de los académicos para evitar “casos Oviedo” en el TC

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Presidente del Tribunal Constitucional, Iván Aróstica. Créditos: Agencia Uno
POR Ana María |

La paralización de la causa contra el general (r) que indaga la jueza Rutherford puso de nuevo en la mira al Tribunal Constitucional. ¿Qué hay tras la demora en sus resoluciones?

La polémica situación que se vive frente al caso del general (r) Humberto Oviedo, excomandante en jefe del Ejército, procesado por presunta malversación de $4.500 millones, y cuya causa fue paralizada por el Tribunal Constitucional a petición de su defensa, fue advertida en el informe que acaba de terminar un grupo transversal de 16 constitucionalistas liderado por el abogado Gastón Gómez. El documento contiene 25 propuestas para reformar el TC y que será entregado al Presidente Sebastián Piñera.

Entre los varios puntos que contiene la propuesta —elevar el número de miembros del tribunal de 10 a 12 y eliminar el control preventivo de las leyes, entre otros—, los académicos plantean un mecanismo para agilizar la tramitación de las causas.

Es más, abordan cómo evitar la dilación de los casos que se tramitan en el Poder Judicial cuando llegan al TC a través de la presentación de recursos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad. Esa propuesta acierta al centro del caso que hoy tiene paralizada la causa de Oviedo, a quien la medianoche del pasado sábado 30 de junio la ministra de la Corte Marcial Rommy Rutherford procesó por malversación reiterada de fondos públicos en la arista agencias de turismo de su indagatoria sobre uso indebido de gastos reservados. Es la misma hebra por la que ya encausó a Juan Miguel Fuente-Alba, otro general (r) excomandante en jefe del Ejército.

Así, si bien la magistrada entendía que solo estaba paralizada la cuerda relativa a agencias de turismo, cuyo recurso para paralizar lo presentó la defensa en enero, ahora el TC congeló todas las acciones que vengan en adelante hacia Oviedo.

Sin embargo, la Primera Sala del TC, tras una petición de aclaración de la defensa del uniformado —liderada el abogado Gonzalo Rodríguez—, despejó que el caso de Oviedo está paralizado en su totalidad. La situación se resolverá cuando el pleno del Tribunal Constitucional tome una decisión al respecto: por ahora el recurso solo está declarado admisible, pero el fondo no se dilucidará sino hasta que el presidente del TC, Iván Aróstica, decida ponerlo en tabla. Por ello, la causa se encuentra “entrampada” en el ámbito procesal.

Las duras críticas de la oposición

La resolución del TC fue tema clave en el cónclave de senadores de la oposición que se realizó el jueves 4, donde por unanimidad se acordó llamar a una sesión especial en la Cámara Alta para evaluar el rol del tribunal.

Excomandante en jefe del Ejército, general (r) Humberto Oviedo. Créditos: Agencia Uno

Carlos Montes, jefe de bancada de los senadores PS, dijo que “es una expresión más del abuso de ciertas facultades por parte del Tribunal Constitucional. Esperamos que esto sea rectificado por el pleno del tribunal, pues la verdad es que esto provoca un daño muy fuerte a la credibilidad de cómo venía operando la jueza Rutherford”.

Revise las declaraciones del senador Carlos Montes en Pauta en Desarrollo:

La propia magistrada Rutherford se había quejado ante el TC por lo que consideró una demora del Ejército en la entrega de los antecedentes de sus excomandantes en jefe bajo investigación, según consignó La Tercera.

El vicepresidente del Senado, Alfonso De Urresti (PS), miembro de la Comisión de Constitución, expresó que resulta “inadmisible” el comportamiento del TC. “No solo se ha convertido en una tercera cámara, modificando acuerdos del Congreso, sino que hoy día se ha convertido en cómplice de investigaciones que están llevándose a cabo en el procesamiento de altos mandos del Ejército. Se han convertido en un tribunal de la impunidad y de la protección de delincuentes que se han amparado en el Ejército para saquear los gastos reservados”.

Tensión con el Poder Judicial

Tras el nuevo impase con el TC, la Sala Penal de la Corte Suprema, antes de revisar un recurso de amparo presentado por Oviedo, pidió a la Primera Sala del Tribunal Constitucional el fallo en que se decidió paralizar la causa de Oviedo. Esto, para despejar si la interpretación de la jueza Rutheford va o no en línea, según informó La Tercera.

La paralización de causas por recursos de inaplicabilidad ya había sido advertida por el presidente de la Corte Suprema, Haroldo Brito, en su discurso de inauguración del Año judicial el 1 de marzo pasado. Allí, en la sala de Pleno del máximo tribunal, e incluso ante el Presidente Sebastián Piñera y los ministros del TC, dejó en evidencia la tirantez entre ambas instituciones. Llamó “a superar un estado de tensión que, de ser exacerbado, puede afectar la estabilidad y seguridad jurídica”.

Brito no solo ejemplificó esta tensión con fallos de la Sala Laboral que llegaron al TC, sino también enfatizó que de las 245 causas de violaciones a los derechos humanos que se iniciaron en 2018, 25 fueron paralizadas por el Tribunal Constitucional (en un promedio de 238 días) por recursos de inaplicabilidad. De ellas, 16 se rechazaron.

En el caso de Oviedo —tal como ocurre con las causas de derechos humanos que están en el sistema antiguo de justicia, es decir, bajo secreto de sumario—, su defensa ha alegado “graves vulneraciones al debido proceso” al no tener acceso a los tomos de la investigación de Rutherford, razón por la que recurrió al TC. Esto, porque la justicia militar opera con los mismos códigos del viejo sistema procesal penal: sin derecho a guardar silencio, a declarar sin la presencia de un abogado y con la mantención de la reserva de la indagatoria.

En el caso de Oviedo, su abogado solo impugó el no tener acceso al sumario, que es el punto que pidió que se declarara inaplicable.

La ministra Rommy Rutherford. Créditos: Agencia Uno

El fallo de la polémica en cuestión ocurrió en la Primera Sala del Tribunal Constitucional, y contó con tres votos a favor de la paralización de la causa: Iván Aróstica (quien preside el TC), José Ignacio Vásquez y Juan José Romero-, y dos en contra: María Pía Silva y Domingo Hernández.

Aróstica, Vásquez y Romero han mantenido el mismo criterio en otras causas violaciones a los derechos humanos y de militares que están bajo la investigación de Rommy Rutherford, cuyo turno como magistrada de la Corte Marcial termina en marzo de 2020, para luego regresar como ministra de la Corte de Apelaciones de Santiago.

Que resuelvan dos salas del TC

La propuesta de los académicos está respaldada por 16 nombres de prestigio en la plaza. Aparte de Gómez, se suman Patricio Zapata, Luis Cordero, Francisco Zúñiga, Arturo Fermandois, Isabel Aninat, Jaime Gajardo, Miriam HenríquezTeodoro Ribera y Pablo Ruiz-Tagle.

En el documento se indica que una fórmula para hacer más expedita la tramitación de los recursos de inaplicabilidad apunta a que estos casos sean vistos no por una, sino por dos salas del Tribunal Constitucional. De esa forma, se dejaría fuera de la decisión al pleno del TC, el que solo tendría competencia para unificar los criterios si es que hubiese diferencias entre las dos salas.

“Sacar al pleno del pronunciamiento de fondo es una medida para agilizar la tramitación de las causas”, explica el constitucionalista Francisco Zúñiga, parte de la comisión de expertos que redactaron el texto “25 propuestas para un Tribunal Constitucional del siglo XXl”.

Hay que esperar que estos recursos sean puestos en tabla, lo que puede llegar a demorar casi un año, según lo explicó el propio presidente de la Suprema en marzo. De hecho, esa es justamente la razón que hoy tiene paralizada la investigación de la ministra Rutherford.

Luis Cordero, quien también es parte de la propuesta, explica que “cuando se interpone una inaplicabilidad, se puede suspender la tramitación con la finalidad de que el TC resuelva para que, a continuación, continúe la tramitación judicial. La definición final de la aplicación de la ley del fondo le sigue correspondiendo al juez que está a cargo. Entonces, el problema estructural que hoy existe es que el TC se está demorando mucho entre que declara admisible y resuelve el fondo”. Y agrega: “Muchos especulan no con la finalidad de ganar los casos, sino que mientras en el TC se está disctutiendo su admisión a trámite, el procedimiento queda suspendido”.

Zúñiga acepta, en todo caso, que “es un derecho de los litigantes en un Estado de Derecho recurrir de inaplicabilidad ante el TC cuando se impugne la constitucionalidad de la ley”.

Sobre los plazos, Cordero explica que la propuesta de reforma “lo que trata de hacer es que, ante la congestión, las inaplicabilidades debieran irse a las salas para que su tramitación sea expedita y así evitar la especulación de los litigantes”. 

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Para Zúñiga, la demora tiene una razón. “El problema de fondo es la lentitud del TC, pero es un problema que no atañe al funcionamiento del tribunal necesariamente, sino al incremento en el número de causas de inaplicabilidad”. Y añade: “Con la reforma de 2005, que le entrega la inaplicabilidad al TC, se produjo una reconfiguración, por lo que hoy es básicamente un tribunal de inaplicabilidades, de control concreto de constitucionalidad de las leyes”.

El constitucionalista entrega cifras: “Antes de la reforma de 2005, entre 1981 y 2005, en el Tribunal Constitucional hubo un ingreso promedio de 25 causas al año. Y a partir de 2006, hubo un aumento exponencial en ascenso escalonado hasta hoy, que se traduce en que la proyección a 2019 es 2.000 causas al año”.

Así, ante el retraso, los expertos proponen que una sala vea la admisión a trámite de los requerimientos de inaplicabilidad y que otra (el TC tiene solo dos salas) se haga cargo del conflicto de fondo, y así evitar que los recursos lleguen al pleno, pues eso es lo que provoca la demora. “Eso evita contaminar al que decide el fondo, pero al mismo tiempo también le da agilidad”, apunta Cordero, académico de la Universidad de Chile.

Según el texto, que fue terminado por el grupo de académicos a fines de junio, de esta forma “el pleno tendrá solo la competencia para unificar la jurisprudencia cuando se produzcan interpretaciones contradictorias entre las salas, sea en criterios formales (admisión a trámite, admisibilidad o suspensiones) como de fondo. Proponemos que la admisión a trámite y la admisibilidad sean vistas por una sala, y la revisión y resolución del fondo del recurso, sea conocido por la otra sala”.